¿Sabes en qué consiste la venta de derechos hereditarios? Es posible que poseas bienes dentro de una herencia, pero necesitas obtener liquidez de manera inmediata, quizás para hacer frente a deudas u otras obligaciones.
En la actualidad, la falta de liquidez es un problema común en muchas familias, pero no todas las situaciones requieren recurrir a la venta de derechos hereditarios. Explicaremos esto con más detalle más adelante.
Por lo tanto, para evitar cualquier perjuicio, es recomendable que busques el asesoramiento de los mejores abogados de herencias en Madrid.
Tabla de contenido
- 1 ¿Sabes en qué consiste un derecho hereditario?
- 2 Qué bienes incluyen la venta de derechos hereditarios
- 3 ¿Se pueden vender los derechos hereditarios si existen coherederos?
- 4 El procedimiento para vender los derechos hereditarios
- 5 Efectos de la venta de derechos hereditarios
- 6 ¿Cómo afecta la venta de derechos hereditarios?
- 7 ¿Cómo se regula la venta de los derechos hereditarios?
- 8 Motivos por los que los herederos venden sus derechos
- 9 Conclusiones a la hora de vender los derechos hereditarios
¿Sabes en qué consiste un derecho hereditario?
Se puede definir como derecho hereditario como aquel que posee un individuo para acceder a los bienes, derechos y obligaciones de una persona por la muerte del causante.
Este derecho puede provenir de un testamento, ya que le corresponde una parte legítima del caudal hereditario.
Los estudiosos en el tema describen el derecho hereditario como la transferencia de obligaciones, bienes y derechos del testador.
Por su parte, el derecho de sucesión es mucho más extenso, debido a que vincula esta decisión, así como también, todo el procedimiento para la partición de los bienes.
Qué bienes incluyen la venta de derechos hereditarios
La venta de los derechos hereditarios no se trata de una renuncia de la herencia, ya que este seguirá siendo el mismo.
Más bien, lo que conlleva es la venta de los bienes que le corresponde como heredado como una totalidad y, donde no se ha determinado todavía el objeto de ella.
Para poder vender los derechos hereditarios, el beneficiario en primera instancia debe proceder con la aceptación de la herencia y antes de la división del caudal hereditario vende los derechos que por ley le corresponden a una tercera persona.
La venta del derecho hereditario, no recae sobre un bien específico, ya que, estos bienes puntuales del caudal hereditario.
Sólo podrán venderse cuando hayan sido entregados mediante la partición de la herencia correspondiente, momento en el que el heredero ya es dueño de los bienes que se adjudican.
¿Se pueden vender los derechos hereditarios si existen coherederos?
La respuesta es sí. El individuo es quien debe tomar la decisión con relación a la venta de la herencia que ha recibido o no.
Sin embargo, cuando hay coherederos en la herencia y uno de los herederos decide vender sus derechos a una tercera persona, antes de la partición, se debe notificar con antelación a los coherederos restantes para que estos manifiesten su aprobación.
Es necesario tener en consideración que los demás coherederos cuentan con la potestad para subrogarse como beneficiario y optimizar su alícuota o porción adjudicada. Es lo que se define como derecho a acrecer en la herencia.
En el supuesto que opten por figurar como compradores, ellos deben de pagar el importe en el periodo de tiempo de un mes desde que se notifique la venta.
El procedimiento para vender los derechos hereditarios
La venta de los derechos de transferencia o cesión debe ser registrada mediante un contrato de cesión de derechos hereditarios.
Lo más idóneo es que el contrato sea elaborado mediante la supervisión de un notario para que de este modo tenga las bases legales necesarias.
Con el documento antes señalado, el individuo que se beneficia de una herencia puede conceder el total de los bienes económicos, considerando tanto activos como pasivos, a un tercero.
De esta manera, no solo se entrega el patrimonio, sino también las cargas y demás responsabilidades.
Para que el contrato de cesión de derechos hereditarios, sea válido judicialmente se tiene que:
- Identificar a las partes intervinientes.
- Detallar los bienes que constituyen el caudal hereditario.
- El tipo de cesión que se está llevando a cabo, es decir, si es una donación, permuta o compraventa.
- La fecha de operación.
- Y también la forma de pago y el precio.
Para poder realizarse la venta de los derechos hereditarios, el testador debe haber muerto con antelación, ya que si se lleva a cabo antes del deceso será considerado nulo por ley.
Además, el vendedor o cedente debe ser heredero. Si el individuo está en posición de legatario, no puede ejecutar este proceso.
La cesión de derecho a heredar puede determinarse a cambio de un importe, permuta o a título gratuito. Este proceso debe darse en su totalidad, nunca en modo parcial ni en partes. Debe ser entregada la totalidad de la porción que se ha heredado.
Finalmente, es importante mencionar también que el precio de compraventa debe ser elevado para evitar pérdidas patrimoniales.
Efectos de la venta de derechos hereditarios
Tras producirse la compraventa, donación o permuta, el receptor (cesionario) de los bienes asume la posición jurídica que tenía el emisor (cedente).
En este sentido, se le adjudican los mismos bienes y también las mismas obligaciones.
Quien recibe los bienes o cesionario, cuenta con los mismos derechos que los demás coherederos. Por ello, tiene la potestad de poder requerir la participación del caudal hereditario.
También, podrá efectuar actos de solicitud de herencia, reforma de testamento y requerir la propiedad efectiva de los bienes.
De igual manera, tendrá que hacerse responsable de todas y cada una de las deudas que haya dejado el causante, ya sean hereditarias o testamentarias.
¿Cómo afecta la venta de derechos hereditarios?
En esta instancia, se deberá proceder con el sufragio de los dos impuestos directos y, a pesar de que parezca discordante no hay ninguna sospecha de doble tributación.
En primera instancia, es necesario indemnizar en Impuestos de Sucesiones, haciendo uso de la porción correspondiente. Este impuesto directo grava los bienes del testador, no el del heredero. Es la transferencia de esos elementos por fallecimiento o muerte.
En segundo lugar, cuando se debe llevar a cabo la Declaración de la Renta (IRPF). De esta gestión se obtiene una ganancia o pérdida patrimonial.
En palabras más simples, cuando se ha realizado la gestión de compraventa, por ejemplo, el 1 día de febrero del 2020, tendrá que hacerse en la Renta de 2020 que se realiza en 2021 a partir del mes de abril.
Por lo tanto, al efectuar la Renta, se debe apartar las ganancias y las pérdidas del patrimonio y calcular lo que corresponde, considerando los costos de transmisión y restándole al importe de adquisición.
Además, si se toma la decisión de vender los derechos hereditarios, quien compre deberá sufragar un impuesto, pero en este caso es indirecto que es el de Transmisiones Patrimoniales Onerosas (ITP).
¿Cómo se regula la venta de los derechos hereditarios?
El Código Civil, la venta de derecho hereditarios figura en los siguientes artículos:
El artículo 1531 del Código Civil dice lo siguiente:
«Quien disponga vender una herencia sin hacer la enumeración de las cosas que la componen, solo estará en obligación a responder de su potestad de heredero».
El artículo 1067 del Código Civil dice lo siguiente:
«Si alguno de los beneficiarios vendiera su derecho hereditario a un extraño antes de realizarse la partición de los bienes, todos podrán subrogarse el lugar del comprador, regresándole el valor de la compra con tal que lo validen en término de 1 mes, que se cuenta a partir del momento en que este hecho se haga saber».
En este artículo se determina, para el escenario de que alguno de los beneficiarios realizara la venta de su derecho, cualquiera de los demás herederos pueda efectuar la acción del retracto de coherederos, acto parecido, pero no igual al de retracto de comuneros.
El derecho hereditario consiste en un modo global de definir a todos los bienes que forman parte de la herencia y es el derecho con el que cuenta el heredero antes de la partición.
Motivos por los que los herederos venden sus derechos
Las razones por las que un heredero vende sus derechos pueden ser:
1. Necesidad de liquidez inmediata
El proceso es muy corto después de la venta. Es un modo de contar con el dinero rápidamente y evitar también, deudas, impuestos y trámites de sucesiones.
2. Conflicto entre herederos y complejidad de procesos
La venta de los derechos hereditarios evita problemas con los demás coherederos que suelen concluir ante el juzgado.
Sin embargo, cuando los derechos son vendidos el beneficiario evita cualquier posible situación de conflicto. Una vez que venda su herencia, otra persona deberá encargarse de la responsabilidad que recaía sobre el heredero.
3. Barreras internacionales
Otro de los motivos es cuando los bienes están en otro país, si la localización del caudal hereditario o los beneficiarios están en otro país.
Resulta mucho más factible vender los derechos hereditarios para evitar tener que viajar con el fin de tomar posesión de los bienes que le han otorgado.
4. Imposibilidad de pago de impuestos
Esta es una de las principales causas que motivan al beneficiario a renunciar a la herencia. Se trata del hecho de no poder asumir pagos por concepto de impuestos.
Al no conocer la opción de venta de derechos hereditarios, repudian la herencia.
Conclusiones a la hora de vender los derechos hereditarios
Como hemos podido ver a lo largo de este artículo, si se vende o se ceden los derechos hereditarios, es imperante aceptar la herencia en primer lugar y, posteriormente cederla a una tercera persona.
Para esto, es necesario solicitar la aprobación de los coherederos.
Con respecto al tema fiscal, se debe tributar por el concepto de impuesto de sucesiones y tenerlo presente en la Renta.