testamento abierto - qué es

El testamento abierto es un documento donde un testador expresa en presencia de quienes deben autorizar este acto notarial su última voluntad. Estas personas quedarán enteradas del contenido del testamento y dejará de ser un documento secreto.

Este tipo de testamento puede ser otorgado por cualquier persona física mayor de 14 años que se encuentre en su sano juicio.

También debe tener la capacidad intelectual suficiente necesaria, según lo establecido en el artículo 663 del Código Civil.

¿Qué es un testamento abierto?

Se encuentra regulado en el artículo 679 del Código Civil y es el que se otorga ante un notario en escritura pública.

Este documento se considera abierto cuando el testador manifieste su última voluntad en presencia de quienes están capacitados deben autorizar el acto, que serán quien conozca lo que en él se dispone.

Este tipo de testamento tiene un coste, pero es más beneficioso que otros y aporta muchas ventajas. Para la redacción del testamento abierto notarial el testador cuenta con la asesoría jurídica del notario.

Esto garantiza que el testamento no sea anulado por no cumplir con lo establecido en la ley o por defectos de forma.

El original queda bajo custodia del notario, el cual lo inscribirá en el Registro General de Últimas Voluntades. Esto garantiza la integridad, confidencialidad y accesibilidad del testamento.

Clasificación del testamento abierto

Se clasifica en ordinario y extraordinario.

1. Testamento abierto ordinario

Es el que se otorga ante la presencia de un notario cumpliendo con los requisitos y todo lo que establece la ley.

2. Testamento abierto extraordinario

Sólo se hace cuando se presenta alguna de las siguientes situaciones:

a. Peligro de muerte del testador:

Puede ser otorgado cuando el testador se encuentra en peligro inminente de muerte ante la presencia de cinco testigos. Cuando se cumple con este requisito no es necesario que esté ante un notario.

b. Testamento en tiemp de epidemia:

Cuando existe una epidemia, también se puede hacer un testamento abierto y no es necesario presentarse ante ningún notario. Lo único que se requiere es que se haga ante tres testigos que sean mayores de 16 años.

El testamento abierto: requisitos

La redacción tiene que realizarse ante la presencia de un notario que será el encargado de redactar el documento. El testador tiene que expresar en forma oral cuál es su voluntad al notario para que este proceda a la redacción.

El Notario cuando redacte el documento, tiene que indicar el lugar y la fecha en que se haya otorgado el testamento.

Los requisitos que se deben cumplir para que un testamento sea considerado abierto son los siguientes:

  1. Lo primero es que debe cumplir la persona que otorga testamento es que esté en pleno uso de sus capacidades intelectuales. Además debe ser mayor de 14 años y estar en su sano juicio.
  2. El segundo requisito que debe cumplirse es que el notario se encuentre habilitado para ejercer este acto, lo cual está regulado en la Ley del Notariado.
  3. El notario al escuchar la voluntad del testador redacta y autoriza el testamento abierto y procede a su incorporación  al protocolo de la Notaría donde permanecerá.

El notario está en la obligación de informar del acto de última voluntad al Registro General el cual se lleva en la Dirección General de Registros y del Notariado.

Este registro tiene la finalidad de facilitar información sobre si alguna persona ha otorgado actos de última voluntad.

La información la emite el Registro General a través del certificado de los actos de última voluntad. Pero solo se expiden cuando la solicita un juez, el propio testador o alguna persona con un poder especial que haya otorgado un notario.

El certificado también se expide cuando lo solicita cualquier otra persona si acredita el fallecimiento del testador. Pero esta solicitud la debe hacer cuando hayan pasado 15 días desde el fallecimiento.

Otros requisitos

Los testigos sólo son obligatorios en aquellas circunstancias o situaciones especiales que dificulten o impidan al testador otorgar el testamento de una forma normal.

Estos casos son cuando el testador no sabe firmar o no puede hacerlo, para estos casos firmará un testigo por quien otorga el testamento.

Cuando es un incapacitado el que desea presentarlo, el notario debe asignar a dos médicos para que lo evalué antes de hacer el testamento.

El notario autorizará el testamento después que lo médicos lo reconozcan y respondan de forma positiva sobre la capacidad del solicitante.

Y puede manifestarse de forma escrita o verbal; Si lo hace por escrito, debe entregarse la redacción de las últimas voluntades al notario, lo cual puede hacer un tercero.

En estos casos el notario tiene que validar con el testador lo que expone en el texto.

Cuando se hace de forma verbal la persona que otorga el testamento tiene que explicar al notario lo que quiere.

Esto también lo puede hacer una tercera persona que intervenga en nombre del testador, pero el notario previamente debe saber realmente la voluntad del testador que es la que va a manifestar esa tercera persona.

La única persona autorizada para redactarlo es el notario de acuerdo con lo manifestado por el testador ya sea de forma verbal o escrita.

El notario antes de autorizar el testamento tiene que identificar al testador para saber que es quién dice ser y debe verificar que está en pleno uso de sus capacidades mentales.

El otro requisito que debe cumplir muy importante es que debe indicar el día, mes, año, el lugar donde se hace y la hora del otorgamiento.

El incumplimiento de estos requisitos hace que el testamento abierto sea calificado como nulo.

¿Qué es el otorgamiento del testamento abierto?

Este es el acto mediante el cual el notario procede a la lectura del testamento, lo cual hace en voz alta.

Esto tiene como propósito que la persona que otorga el testamento y los testigos en caso de que los haya ratifiquen que si se manifiestan las voluntades del testador.

La lectura del testamento abierto notarial también puede hacer el mismo testador y ratificar que se encuentran todas sus voluntades.

Cuando se haya leído el testamento, el testador debe aprobarlo y dar su conformidad de forma clara y dejar constancia que son sus últimas voluntades que desea dejar por escrito.

Después que se ha leído el testamento y el testador ha manifestado su consentimiento lo que sigue es que el testador firme.

En caso de que el testador no firme porque no sabe o no puede, deberán firmar dos testigos.

El artículo 699 del Código Civil establece que el testamento abierto notarial debe hacerse en un solo acto.

En el cual se lee, se confirma que el contenido del testamento es correcto y se firma, no puede haber ninguna interrupción y en caso de que la haya el testamento será considerado nulo.

¿Qué es mejor el testamento abierto o cerrado?

El testamento notarial abierto es más seguro de que cumpla con las formalidades exige la ley para que sea válido. El notario debe conocer el procedimiento y plasmar cada palabra que manifieste el testador.

Esto hace que el contenido del testamento se ajuste a Derecho y a las últimas voluntades del testador.

El testador tiene la oportunidad recibir su asesoría directa del notario para conocer aspectos tributarios, fiscales y sobre todo lo relacionados con reparto legal de sus bienes.

El testamento queda en poder del notario y esto hace que sea más fácil encontrar el documento en el Registro de Últimas Voluntades para verificar su existencia.

La única desventaja que tiene con los otros tipos de testamento es que no es secreto y mucho menos si se hace ante la presencia de testigos.

Aunque es bueno recordar que el notario es un jurista comprometido con el derecho a la intimidad familiar, personal y con la propia imagen del cliente, también está comprometido con el secreto de protocolo.

Testamento abierto: modelo

El formato es el mismo que se utiliza para los otros tipos de testamentos. Lo primero que se escribe es la fecha, a continuación se hace una declaración de voluntad y se deja constancia de la capacidad legal del testador junto con los datos personales.

Lo siguiente que debe escribirse son todas las disposiciones relacionadas con la herencia, las voluntades y se designa al responsable.

También se puede manifestar lo que el testador desea respecto al funeral, lo último que lleva son las firmas del notario y del testador.

Ejemplo de testamento abierto

Lo primero que debes hacer es acudir a la Notaría para otorgar testamento es narrar ante el notario tus disposiciones para que pueda recogerlas.

Este cuenta con la autoridad para aclarar las dudas que se presente para garantizar que se adapta en fondo y forma a la normativa vigente. Esto será lo que garantice la validez del documento.

Es importante que cuando acudas a Notaría tengas las ideas claras de cómo deseas disponer de tus bienes.

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