Las subastas del BOE: la forma más económica de adquirir una vivienda

Las subastas del BOE en el territorio español se realizan a través de un sistema de subastas electrónicas, según lo establecido en la Ley 19/2015.

A este sistema se puede acceder a través del portal web de subastas judiciales y administrativas perteneciente a la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado y nosotros te podemos ayudar a participar.

Las subastas del BOE son una forma de convertir los bienes embargados en dinero para que el deudor pueda pagar sus deudas.

La subasta judicial de bienes muebles y bienes inmuebles muy rentable para inversores que desean comprar una vivienda libre de cargas.

Para ello, en Rodenas Abogados analizamos todas las cargas registrales si la hubiera y te damos la mejor recomendación según nuestra experiencia.

¿Cómo funciona las subastas del BOE?

La subasta pública tiene como objetivo la venta de bienes o lotes de bienes, la determinación de estos corresponde al Secretario judicial. Las partes tendrán cinco días antes de la subasta para alegar lo que consideren pertinente en relación con la preparación de los lotes.

Cuando ya se hayan preparado los lotes o bienes a subastar el Secretario judicial realiza la convocatoria a través de un decreto.

La publicidad, el anuncio y el contenido de la subasta judicial se realizan a través del Boletín Oficial del Estado y en el Portal de la Administración de Justicia.

El ejecutante y el ejecutado pueden solicitar que se haga pública la convocatoria en otros medios privados y públicos. Pero esto sólo puede ser autorizado por el Secretario Judicial si lo considera conveniente.

Los gastos correspondientes a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado serán sumados a la tasación de costas. Pero los gastos de la publicación del anuncio de la subasta en otros medios los debe asumir quien lo haya solicitado.

El contenido de los anuncios a publicar sobre la subasta judicial se encuentra establecido en el artículo 646 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Esta normativa es aplicable para los anuncios de las subastas publicados en el Boletín Oficial del Estado y en el Portal web de subastas.

Requisitos para pujar en una subasta judicial del BOE

Para que una persona pueda participar en una subasta judicial debe cumplir con lo siguiente:

  1. Lo primero es registrarse en el portal web de subastas judiciales y administrativas de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Para lo que necesita el certificado electrónico o la Cl@ve que permite una correcta identificación.
  2. Al cumplir con el registro puede ver todos los bienes que están disponibles para subastas. Si selecciona alguna debe hacer una declaración de que conoce las condiciones particulares y generales del proceso de subasta.
  3. Para pujar se debe primero hacer un depósito del 5% del importe fijado al bien objeto de subasta. Para realizar el depósito se tiene que ingresar al portal de subasta, hacer la selección de la subasta donde deseas participar y a continuación seleccionar la sección de pujas.
  4. Lo siguiente es seleccionar la opción constituir depósito y de inmediato muestra la cantidad que se debe depositar. El depósito es un requisito indispensable para poder hacer la puja y participar en la subasta.

¿Cómo hacer la puja en la subasta pública?

La puja se realiza de forma electrónica al igual que todo el proceso a través del Portal de Subastas de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

Esta se podrá realizar cuando sea abierta la subasta y tendrá una duración de veinte días hábiles contados a partir de la apertura.

Las pujas son enviadas de forma electrónica al Portal por medio de sistemas seguros de comunicación. El cual devolverá una notificación técnica con sello electrónico que permite garantizar la cantidad de la puja y el momento exacto en que se recibió. 

Cuando esto ocurra será publicada la puja en el sitio web y en caso de que la puja supere a otra el postor afectado recibirá una notificación del sistema.

El portal acepta pujas por un valor igual, menor o mayor a la puja más alta recibida.

Las pujas menores o iguales pueden ser reservadas en caso de que el postor que haya hecho la puja más alta no ingrese el precio del bien adjudicado. Cuando hay pujas por la misma cantidad se escoge la haya realizado primero la oferta.

Las ofertas serán recibidas hasta las 24:00 horas del último día que vence el plazo inicial. Pero el sistema no se cerrará si recibe una puja mayor a la mejor realizada hasta este momento y el plazo será ampliado hasta un máximo de 24 horas.

La ampliación del plazo tiene como objetivo darles la oportunidad a los participantes para que ofrezcan una cantidad mayor. Pero si en ese lapso de tiempo nadie más participa el proceso de subasta es cerrado.

Procedimiento después de la subasta pública

Cuando se cierra el plazo de recepción de puja, el Secretario judicial procede a la apertura y lectura pública de las pujas recibidas.  El bien será adjudicado a la puja más alta, la cual no puede ser inferior al precio fijado.

El postor que resulte adjudicatario tendrá un plazo de 40 días hábiles para ingresar la diferencia entre el precio de la adjudicación y el depósito.

Este plazo se computará a partir del día que el postor recibe la notificación del resultado de la subasta.

Con la notificación se le hace entrega del documento de ingreso, el cual le indica las instituciones financieras donde puede hacer efectivo el ingreso.

En caso de no realizar el pago correspondiente a la diferencia en el plazo dado perderá la cantidad abonada por el depósito.

Cuando el adjudicatario realiza el pago de la diferencia sólo tiene que esperar que se dicte el decreto de adjudicación y le sea entregado. Este documento es entregado en la Oficina Tributaria que se encarga de la gestión del expediente y también le hará entrega del mandamiento de cancelación de cargas no preferentes.

El decreto de adjudicación le sirve para realizar la inscripción del bien en el Registro de la Propiedad.

Al recibir este documento el adjudicatario debe pagar los impuestos correspondientes, como es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.

Lo que también debe pagar el adjudicatario son gastos notariales y registrales, que se originen del otorgamiento de la escritura de adjudicación.

Debe pagar también los gastos originados por la inscripción del mandamiento de cancelación de cargas posteriores en el Registro correspondiente.

El adjudicatario se tiene que hacer cargo de otros gravámenes o posibles que pueda tener el bien, entre ellos están los gastos de comunidad.

¿Quieres participar en subastas del BOE de la Tesorería General de la Seguridad Social?

En estas subastas del BOE no se puede participar vía Online, pero se puede hacer de forma no presencial a través de una carta ordinaria. Los bienes subastados por este organismo sólo se conocen breve descripción.

Para participar en las subastas de la Tesorería General de la Seguridad Social se debe enviar la oferta a través de una carta certificada. La carta se debe remitir a la dirección que indique la ficha del bien subastado y debe ir dirigida a la atención de Subastas de la Tesorería General de la Seguridad Social.

La carta certificada para participar en la subasta debe ir en un sobre cerrado y su contenido debe ser el siguiente:

  1. La fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
  2. El depósito que en este caso se hace a través de un cheque que debe estar a nombre de la Tesorería general de la Seguridad Social. La cantidad de este cheque debe ser por el 25% del importe del bien a subastar.
  3. Para que el cheque sea devuelto en caso de no resultar ganador en la subasta, se debe indicar en la carta. Se debe colocar la dirección de retorno, para que un plazo máximo de quince días sea devuelto el cheque sin coste adicional.
  4. En la carta se debe indicar el número de expediente del bien y cualquier otro dato que permita identificarlo. Se debe indicar también el correo electrónico y un número de teléfono para una fácil y rápida comunicación.

¿Quieres que te ayudemos con alertas de subastas a la medida?

La forma más sencilla y segura de conocer las subastas disponibles es a través del Portal de Subastas del BOE

En este sitio web se encuentra la información de las subastas notariales, las subastas judiciales y de las subastas públicas de la Agencia Tributaria.

Existen otros sitios web donde se puede conocer cuáles son las próximas subastas públicas. Estos sitios son los portales del Ministerio de Interior, de las Diputaciones Provinciales y de la Tesorería de la Seguridad Social, también hay algunas plataformas que tienen información de todas las subastas públicas activas.

Estos sitios web tienen información sobre las fechas de inicio y finalización del proceso, valor de la subasta y de tasación. La ciudad donde se encuentra el bien, lotes, la puja mínima y los tramos que hay entre pujas.

¿Quién puede participar en las subastas?

En las subastas puede participar cualquier persona que no tenga restricción o impedimento legal y que tenga capacidad económica para hacerlo.

En las subastas públicas no pueden participar los funcionarios y personal que tenga una relación directa con el expediente de dicha subasta.

Las personas pueden participar en las subastas públicas en nombre propio, en representación de un tercero o a través de un representante. Para lo cual se necesitan los correspondientes poderes de autorización.

El ejecutado y el ejecutante no pueden participar de forma directa en la subasta, pero pueden presentar a otra persona que lo haga.

Otras ciudades donde también prestamos servicios en Subastas del BOE:

¿Te ha gustado el artículo?

5/5 - (6 votos)
Scroll al inicio