separación bienes o gananciales

¿Has terminado la relación con tu pareja y no sabes si te conviene la separación de bienes o gananciales? En este artículo saldrás de dudas. La separación de bienes es lo más conveniente si lo que quieres es ser el dueño privativo de tu patrimonio y no quieres compartir beneficios con tu cónyuge.

El patrimonio es el formado antes y después del matrimonio y a cada uno le corresponde el uso y disfrute de dichos bienes.

Con el régimen económico de separación de bienes cada uno de los cónyuges puede disponer libremente de su patrimonio, además de estar diferenciados.

Esto no es impedimento para que tengan bienes comunes que hayan adquirido en conjunto durante el matrimonio o que puedan demostrar la titularidad.

En Rodenas Abogados contamos con un equipo de profesionales altamente cualificados en Derecho de Familia, donde estaremos encantados de atenderte de manera personalizada:

Bienes gananciales o privativos: ¿Qué elegir?

El matrimonio es una de las decisiones más trascendentales para una persona, y evidentemente su consorte. Este particular contrato que se inicia fundamentado en el afecto y compromiso común, se hace con vísperas toda la vida.

No obstante, existen variables que pueden incidir en la comunidad conyugal. Por eso, es importante delimitar desde el inicio bajo cual régimen los contrayentes se casarán. Estoy vislumbrando cualquier panorama; por eso es prudente saber elegir entre separación de bienes o gananciales.

Cómo hacer la separación de bienes

La separación de bienes viene regulada en los artículos 1435 al 1444 del Código Civil:

Existirá entre los cónyuges separación de bienes.

1.° Cuando así lo hubiesen convenido.

2.° Cuando los cónyuges hubieren pactado en capitulaciones matrimoniales que no regirá entre ellos la sociedad de gananciales, sin expresar las reglas por que hayan de regirse sus bienes.

3.° Cuando se extinga, constante matrimonio, la sociedad de gananciales o el régimen de participación, salvo que por voluntad de los interesados fuesen sustituidos por otro régimen distinto.

Artículo 1435 del Código Civil

Por lo general, los nuevos cónyuges no prestan mayor atención a estos parámetros para casarse. Sin embargo, hoy por hoy es claro que el mundo cambió su dinamismo con la intervención activa de la mujer en las comunidades conyugales.

Conocer la diferencia entre separación de bienes y gananciales es importante para decidir conscientemente la forma más conveniente de administrar los bienes de cada una de los cónyuges.

Ventajas de la separación de bienes                     

Los bienes privativos en la separación de bienes

Conforme al artículo 1437 del Código Civil cuando se opta por el régimen de separación de bienes, los bienes privativos prevalecen durante todo el matrimonio y después de él.

La separación de bienes funciona como una clara especificación de lo que pertenece a cada una de las partes desde el momento de iniciar la nueva comunidad conyugal, y durante su vigencia. Pero también es más beneficiosa en el momento de disolver un matrimonio.

La celebración de este contrato nupcial bajo régimen de separación de bienes debe hacerse de mutuo acuerdo y además debidamente registrado bajo capitulaciones matrimoniales. Con ello queda establecido que cada cónyuge es propietario único de los bienes que poseía antes y los adquiridos durante la comunidad conyugal.

¿Qué otras especificaciones aplican en estas comunidades que viven bajo estos regímenes? Continua leyendo para resolver cualquier duda sobre este interesante tema, antes de decidir entre separación de bienes o gananciales.

Estilo de vida independiente

Como mencionamos anteriormente la sociedad ha cambiado conforme han surgido estilos de vida adecuados a las necesidades. Las capacidades de cada miembro de una pareja son evidentes a todo nivel y ámbito, y se evidencian en su poder, liderazgo y por supuesto, capacidad económica.

De aquí que existan claras ventajas de la separación de bienes, sobre todo porque las mujeres tienen en la actualidad su propio caudal o patrimonio. De esta forma los cónyuges protegen sus bienes cuando entran a una nueva unión.

Las cargas en la separación de bienes

Una de las principales diferencias es que los cónyuges pueden hacer uso de sus bienes sin consentimiento del otro.

Además, conforme menciona el artículo 1440 del Código Civil, los bienes no quedan comprometidos si uno de los consortes acarrea en asuntos de deudas o cargas.

En tal sentido, se exonera de responsabilidad contra terceros por asuntos financieros y comerciales al cónyuge que no participe en estos. Las declaraciones fiscales se ven menos afectadas cuando se trata de matrimonios bajo régimen de separación de bienes.

Y no menos importante, resulta menos conflictivo si se produce una separación o divorcio debido a que no existen, mayores bienes que liquidar producto de la comunidad conyugal.

Desventajas de la separación de bienes

Ahora bien, avanzando en este pequeño análisis en relación a bienes gananciales o separación de bienes, asimismo se deben precisar las posibles desventajas de la separación de bienes. Es claro que todo tiene de la misma forma aspectos positivos, y otros que necesitan ser evaluados.

Es notorio que para la persona con más dinero de una pareja le resulte favorable el régimen de separación de bienes, para salvarguardar su patrimonio; ante un posible divorcio contencioso.

Por tanto, ¿qué ocurre cuando uno de los cónyuges es menos solvente económicamente?

Esta es una clara desventaja de este régimen, pues desdice el carácter solidario y de entrega que un matrimonio supone.

En este sentido, si uno de los miembros dejó de acrecentar su patrimonio por dedicarse por ejemplo en exclusiva al cuidado del hogar y la familia y, seguramente se verá perjudicada por el régimen de separación de bienes.

Aun cuando este régimen procura la independencia de bienes materiales y económicos, una comunidad conyugal siempre conquista nuevos patrimonios en conjunto. En este caso, quedará posiblemente desprotegido aquel que no aparezca como propietario de ellos.

Un factor limitante se observa de la misma forma al referirnos al uso de la vivienda familiar, si se adquirió bajo matrimonio, aun en régimen de separación de bienes. Es necesario el consentimiento de ambos para su venta o disposición.

Y desde el punto de vista humano y de convivencia, este tipo de régimen puede fomentar las individualidades y competitividad en la pareja, lo que puede ser una señal de contradicción y fractura entre ella, por sí misma. Además, que no existe obligación de declarar al otro el estatus económico o gastos.

¿Qué es la separación de bienes?

La separación de bienes es un régimen económico establecido antes del matrimonio, con la finalidad de diferenciar el patrimonio de cada uno de los cónyuges. Con este régimen cada uno de los cónyuges puede administrar y gestionar sus bienes y derechos.

Este régimen se suele usar cuando uno de los cónyuges realiza una actividad comercial o profesional que puede poner en riesgo su patrimonio. Con este régimen se evita el riesgo de que se vea perjudicado el patrimonio del otro por alguna falta en que incurra el cónyuge.

Características de la separación de bienes

El régimen de separación de bienes permite que los ingresos que se obtengan durante el matrimonio sean del cónyuge que los adquirió. Con este régimen un cónyuge no tiene participación en las ganancias del otro.

Los cónyuges tienen la obligación a contribuir con los gastos familiares así los patrimonios se mantengan separados. En caso de existir deudas domésticas ambos cónyuges serán responsables y actuar de forma solidaria.

Los gastos que son responsabilidad de ambos cónyuges de la carga familiar, son:

  • Asistencia médica.
  • Alimentación.
  • Educación, sustento y todos aquellos que surjan por los hijos.

El hogar familiar estará sometido régimen de protección independientemente de su dueño, los cónyuges están en el deber de realizar actos para mantener la vivienda familiar. Esta no se podrá vender sin el consentimiento del cónyuge no propietario, en caso de ocurrir el contrato puede ser anulado.

Los casados con régimen de separación de bienes pueden donar, vender, donar o disponer de los bienes de su propiedad, sin requerir del consentimiento del cónyuge.

Las deudas y obligaciones serán responsabilidad de cada cónyuge, pero las contraídas por uno de los cónyuges para los gastos del hogar serán responsabilidad de ambos.

Cómo funcionan los bienes gananciales

Conforme estipula el artículo 1347 del Código Civil cuando hablamos de bienes gananciales nos referimos a aquellos bienes que de manera conjunta formarán parte del patrimonio conyugal:

Son bienes gananciales:

1.° Los obtenidos por el trabajo o la industria de cualquiera de los cónyuges.

2.° Los frutos, rentas o intereses que produzcan tanto los bienes privativos como los gananciales.

3.° Los adquiridos a título oneroso a costa del caudal común, bien se haga la adquisición para la comunidad, bien para uno solo de los esposos.

4.° Los adquiridos por derecho de retracto de carácter ganancial, aun cuando lo fueran con fondos privativos, en cuyo caso la sociedad será deudora del cónyuge por el valor satisfecho.

5.° Las Empresas y establecimientos fundados durante la vigencia de la sociedad por uno cualquiera de los cónyuges a expensas de los bienes comunes. Si a la formación de la Empresa o establecimiento concurren capital privativo y capital común, se aplicará lo dispuesto en el artículo 1354.

Artículo 1347 del Código Civil

Dicho de otra forma, no se admiten distinciones entre los bienes materiales de uno u otro en función del matrimonio celebrado bajo este régimen.

Seguimos precisando ciertas diferencias entre bienes gananciales y separación de bienes, a fin de que los futuros contrayentes puedan decidir conscientemente entre separación de bienes o gananciales.

De esta forma, según los gananciales, desde la celebración del matrimonio los cónyuges serán socios igualitarios en dicha comunidad y posteriormente habrá que liquidar la sociedad de gananciales. Esto implica e infiere que tendrán los mismos deberes y derechos a partes idénticas durante el matrimonio.

En los regímenes de gananciales subsisten tres tipos de patrimonios; esto obedece a que cada miembro de la comunidad preserva de manera particular los bienes privativos productos de donaciones o herencias. Coexistiendo con estos los propios bienes alcanzados durante el matrimonio con gananciales.

Cómo hacer la separación de bienes

El procedimiento para cada caso

El régimen de separación de bienes puede hacerse antes del matrimonio o después de casarse. En los dos casos se realiza a través de capitulaciones matrimoniales, que se realizan por escritura pública frente a un notario.

Antes del matrimonio

La separación de bienes antes del matrimonio lleva un procedimiento muy sencillo, se hace a través de escritura de capitulaciones matrimoniales. En la escritura se establecen todas las particularidades que se requieran en relación con los bienes aportados y los que puedan ser adquiridos durante el matrimonio.

Después del matrimonio

El proceso para la separación de bienes después del matrimonio, es un poco más complicado porque puede conllevar a una liquidación de los bienes existentes. Esto se debe a que en la escritura de capitulaciones matrimoniales sólo se refleja la voluntad de establecer un régimen de separación de bienes.

La separación de bienes se fija en las capitulaciones matrimoniales, que son el contrato donde se establecen las normas que regirán la relación económica del matrimonio. Esta puede ser firmada un año antes del matrimonio o durante la vigencia del mismo y se hace ante un notario.

La escritura se recogen en un documento público, esta es necesaria para acogerse al régimen de separación.

Formas de separación de bienes

Las formas de separación de bienes entre los cónyuges son las siguientes:

  • Cuando lo establezcan de mutuo acuerdo en capitulaciones matrimoniales.
  • Cuando los cónyuges acuerden en capitulaciones matrimoniales que no administrará la sociedad de gananciales, pero no hayan definido las reglas la administración de sus bienes.
  • Si durante el matrimonio se liquida el régimen de participación o la sociedad de gananciales, puede solicitarse la separación de bienes.

Recomendaciones para hacer una separación de bienes

El documento de capitulaciones matrimoniales debe ser redactado por un abogado de Derecho civil especialista en derecho de familia o un notario. En Rodenas Abogados están los mejores especialistas en Derecho de familia, con la experiencia y los conocimientos necesarios dispuestos a ayudarle en todos los trámites.

El documento de capitulaciones matrimoniales debe llevarse a la notaría con la finalidad de su elevación a público. Presentarse al registro civil junto con el cónyuge para inscribirse bajo el régimen de separación de bienes.

Cuando la pareja decide acudir a este régimen de hacerlo de mutuo acuerdo para que en un futuro no se presente problemas. Es recomendable buscar la asesoría de profesionales especializados antes de hacer cualquier trámite. Después de cumplir con todos estos trámites, se puede hacer efectivo el régimen de separación de bienes.

Ventajas del régimen de bienes gananciales

La opción de los matrimonios por gananciales es la más común, esto obedece a que pocas parejas se detienen en la importancia de definir el destino de la masa conyugal. En este sentido, el régimen de bienes gananciales se aplica por defecto, quedando entendido que la nueva comunidad tendrá las mismas obligaciones y beneficios sin resquemor.

En este sentido, se valora como más solidario por tratarse de copartícipes de una misma sociedad. Esta es una de las ventajas del régimen de bienes gananciales, pues no deja vulnerable a ninguno de los cónyuges.

  • El régimen de separación de bienes es más seguro, porque las deudas que se contraigan no pondrán en riesgo el patrimonio de los cónyuges.
  • La separación de bienes es más práctica, porque permite a los cónyuges disponer de sus bienes en cualquier momento sin el consentimiento del otro.
  • Es una ventaja en caso de divorcio, debido a que la partición patrimonial solo se hará con los bienes comunes. Por esta razón la separación de bienes es más sencilla en caso de divorcio.
  • Este régimen es recomendado para personas que realicen actividades profesionales o económicas de riesgo y para las personas un gran patrimonio antes de casarse.

Los bienes privativos en la sociedad de gananciales

Según el artículo 1346 del Código Civil, bienes gananciales con carácter privativo quedan exonerados de la comunidad conyugal y se mantienen como bienes privados. Asimismo, se tratarán los bienes que sean adquiridos por una parte del matrimonio antes de su celebración, por derecho de retracto o por donación o o herencia.

Los bienes gananciales deberán dividirse a partes iguales entre ambos consortes y la casa familiar será objeto de venta solo bajo el acuerdo de ambos. Si existe el abandono de una de las partes, o alguna incapacidad, el otro cónyuge podrá bajo derecho lícito previo, ser el administrador de las cargas de los bienes gananciales y gestionarlos.

Desventajas del régimen de bienes gananciales

Si durante el matrimonio se adquieren bienes en conjunto y están a nombre de uno de los cónyuges el otro lo perderá al momento del divorcio.

Si durante el matrimonio uno de los cónyuges no aumenta su patrimonio, podrá quedar desprotegido en caso de divorcio.

Así como los bienes gananciales procuran ciertos beneficios a ambas partes de una comunidad conyugal, también los sujeta a la misma suerte. En este sentido existen claras desventajas del régimen de bienes gananciales.

El caudal patrimonial que pertenezca al matrimonio no se verá afectado por las adeudas que contraiga uno de los cónyuges, excepto si se trata de uno de los motivos del artículo 1362 del Código Civil. Es decir, en estos casos la deuda será parte así mismo de la comunidad conyugal y susceptible a obligaciones con terceros de manera ineludible.

En este sentido las deudas serán asumidas por ambos a partes iguales, aun si el caso implica desconocimiento de la deuda o desacuerdo en su obtención. Otra de las desventajas que supone este régimen está relacionada a los procesos fiscales.

Esto porque el caudal de ambos conjuntamente supone una tasa fiscal mayor incidiendo en la renta que debe cancelarse. Ya que todo bien patrimonial está expuesto y sujeto de ambas partes.

Una desventaja clara se pone de manifiesto al momento de un divorcio, pues es necesario que se liquiden los bienes gananciales para lograr dividir con equidad los mismos. En este particular se generan diatribas y grandes conflictos, pues por lo general no se llegan a acuerdos con facilidad.

Diferencia entre separación de bienes y gananciales

En este punto hemos logrado esclarecer dudas relacionadas con las diferencias entre bienes gananciales y separación de bienes. Esto para ayudar al lector si está dilucidando qué régimen utilizar si está próximo a contraer nupcias.

En la actualidad, a pesar que por defecto como hemos dicho, el régimen de gananciales es el que se utiliza, bien por la naturaleza entregada propia de los enamorados y futuros cónyuges, o por desconocimiento; los bienes separados están siendo considerados actualmente con mayor regularidad.

Una de las primordiales diferencias para acceder a uno u otro, es valorar la capacidad de independencia patrimonial. Esto supone que aun sin haber separación o divorcio no se compromete el patrimonio conyugal bajo régimen de separación de bienes.

Para efectos de una sociedad conyugal con régimen de gananciales la procedencia de los aportes son indistintos, pues todo contabiliza como patrimonio común a diferencia de los bienes separados donde cada quien aporta desde su peculio.

Una sociedad bajo gananciales podrá cambiar bajo capitulaciones tal disposición, cuando así lo requiera. En este sentido ponemos a disposición nuestros más especializados y eficientes profesionales en derecho civil para aclarar cualquier duda y ayudarle en las diligencias necesarias si ya ha elegido entre separación de bienes o gananciales..

¿Cómo liquidar la sociedad de gananciales con deuda?

La sociedad de ganaciales es un sistema económico matrimonial donde los cónyuges ponen en común los beneficios y las ganancias. Las cuales hayan sido obtenidas durante el matrimonio por cualquiera de ellos.

La sociedad de gananciales se puede establecer antes o después del matrimonio y puede disolverse a solicitud de las partes o ipso iure. Este último procedimiento se hace de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1392 del Código Civil.

La disolución de la sociedad de gananciales es lo que permite la liquidación, la cual comenzará por un inventario del pasivo y activo de la sociedad. Esto se hará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1396 del Código Civil.

Cuando se realiza el inventario, lo primero que se debe hacer es pagar las deudas adquiridas por la sociedad. En caso de que las deudas sean mayores que el activo del inventario, los acreedores pueden adjudicarse bienes gananciales.

Los acreedores también pueden solicitar la venta de los bienes para que con el dinero obtenido le cancelen las deudas. Los acreedores de la sociedad de gananciales tienen los mismos derechos que establecen las leyes para la liquidación de las herencias y la liquidación de partición.

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