Responsabilidad contractual - Hacemos las reclamaciones por incumplimiento de contrato

La responsabilidad contractual o responsabilidad civil contractual como también se conoce son las obligaciones que se originan por la firma de un contrato. Este es un documento que cuando se celebra legalmente tiene fuerza de ley para las partes contratantes.

La responsabilidad contractual se origina por el incumplimiento de una obligación que se estableció en un contrato. El incumplimiento del contrato puede causar daño a una de las partes lo que genera una indemnización para resarcir los daños ocasionados.

¿Qué es la responsabilidad civil contractual?

La responsabilidad civil es la obligación que tiene toda persona de pagar por los daños y perjuicios que ocasione en otra persona o el patrimonio de esa otra persona. El origen de esta responsabilidad puede ser de dos tipos: responsabilidad civil contractual o responsabilidad extracontractual.

La responsabilidad civil contractual es una acción pactada entre las partes que intervienen en un contrato en caso de que una de ellas no cumpla con sus obligaciones. Este tipo de responsabilidad surge de la firma de un contrato que cumple con todos los requerimientos que establece la ley.

La principal regulación de la responsabilidad civil contractual está en el artículo 1101 del Código Civil:

Quedan sujetos a la indemnización de los daños y perjuicios causados los que en el cumplimiento de sus obligaciones incurrieren en dolo, negligencia o morosidad, y los que de cualquier modo contravinieren al tenor de aquéllas.

Artículo 1101 del Código Civil

La responsabilidad contractual Código Civil establece que las partes que intervienen en un contrato deben cumplir con lo acordado en el mismo. El incumplimiento bien sea por dolo o por culpa conlleva a una indemnización por daños y perjuicios.

El mismo código establece que no es necesario que exista engaño, dolo o mala fe en el cumplimiento del contrato para estar sujeto a responsabilidad. Porque sólo es necesario que de forma culposa se incumpla con el contrato para que exista la obligación de indemnizar.

¿Cuáles son las condiciones para que haya responsabilidad civil contractual?

Para que haya responsabilidad civil contractual se requiere de la existencia de algunos elementos, ellos son:

Lo primero es la existencia de un contrato, este contrato tiene que ser válido, esto significa que no puede haber violado las leyes objetivas. La otra condición que debe haber es que las partes involucradas en el contrato una tiene que ser responsable del daño y la otra la víctima.

¿Cuáles son los tipos de cumplimiento de los contratos?

El cumplimiento de la responsabilidad civil contractual tiene solo dos formas básicas, ellas son:

Forzoso

Cuando ocurre el incumplimiento del contrato se ejecuta una acción que origina una obligación que debe ser cumplida,

Voluntario

Las partes relacionadas por contrato cumplen de forma efectiva con las obligaciones estipuladas en el contrato sin tener que mediar una coacción.

¿Cuáles son los tipos de incumplimiento en los contratos?

El incumplimiento de contrato se puede originar por una o las dos partes que intervienen en la relación contractual. Los tipos de incumplimiento son los siguientes:

1. Incumplimiento unilateral

Este tipo de incumplimiento ocurre cuando una sola de las partes infringe algo de lo acordado en el contrato.

2. Incumplimiento unilateral pasivo

El deudor de forma voluntaria, se niega a cumplir con las obligaciones de manera íntegra, oportuna y exacta. Cuando esta situación se presenta la otra parte tiene todo el derecho de demandar una ejecución forzosa y en caso que corresponda reclamar una indemnización.

3. Incumplimiento unilateral activo

Este tipo de incumplimiento es causado por el acreedor que no cumple con lo acordado expresamente. La situación más común que se presenta en este caso es la negativa a recibir un pago o la no comparecencia.

4. Incumplimiento recíproco

Este tipo de incumplimiento ocurre cuando las dos partes muestran una inactividad para cumplir con las obligaciones.

¿Por qué no se cumple con la relación contractual?

Las obligaciones contractuales no se cumplen según lo establecido en el Código Civil cuando existe un quebrantamiento de lo convenido o firmado entre las partes. Lo cual puede originarse porque existe el dolo, negligencia o por morosidad.

Cualesquiera que sean los motivos por los que se origina el incumplimiento de la relación contractual tiene consecuencias jurídicas. Entre las consecuencias jurídicas se encuentra la indemnización por los daños y perjuicios causados, según el artículo 1101 del Código Civil.

La prescripción de la responsabilidad civil contractual

La Ley de Enjuiciamiento Civil establece un plazo de prescripción responsabilidad civil contractual. Este plazo en la actualidad es de 5 años ya que anteriormente era de 15 años, pero fue modificado en la reforma realizada en el año 2015.

Esta modificación se hizo con la intención de agilizar los trámites y con ello fomentar la Ley de Segunda Oportunidad.

El plazo responsabilidad civil contractual también está establecido en el artículo 1.964.2 del Código Civil. El cuál es igualmente de 5 años que comienza a contar desde el momento que se puedan exigir el cumplimiento de la obligación. Pero esto sólo aplica a las acciones personales que no cuenten con un plazo especial de prescripción.

Plazos especiales de prescripción

El plazo de prescripción de la responsabilidad por productos defectuosos es de 3 años. Según lo establecido en el artículo 143 del Real Decreto Legislativo 1/2007.

Las acciones de protección de la intimidad, el honor y la propia imagen tienen un plazo de prescripción de 4 años. Esto de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9.5 perteneciente a la Ley Orgánica 1/82.

La responsabilidad originada por daños nucleares tiene un plazo de prescripción de prescribe a los 3 años. Los cuales se comienzan a contar a partir de que el perjudicado conoció el daño, según el artículo 15.2 perteneciente a la Ley 12/2011.

El plazo de prescripción para la responsabilidad de las administraciones públicas es de 1 año. Según lo establecido en el artículo 142.5 en Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC).

La responsabilidad por injurias y calumnias tiene un plazo de prescripción de 1 año para iniciar el proceso de reclamación.

La responsabilidad por vicios de la edificación tiene un plazo de prescripción de 2 años. Esto de acuerdo con lo estipulado en el artículo 18.1 Ley 38/1999.

El artículo 1968.2 del Código Civil establece que la acción originada por la negligencia o la culpa derivada de la responsabilidad civil extracontractual. Tiene un plazo de prescripción de un año, contados a partir de que lo supo el perjudicado.

El plazo de prescripción para exigir la responsabilidad civil originada por el delito es de 5 años.

Diferencia entre la responsabilidad contractual y extracontractual

La principal diferencia que existe entre estos dos tipos de responsabilidad civil: es que en la responsabilidad extracontractual no hay un contrato que sea el único vínculo entre las partes. Lo único que existe es la obligación de indemnizar por el daño causado, pero sin que medie un documento.

La responsabilidad contractual cuando se incumple una obligación establecida previamente por las partes. La extracontractual se origina de no cumplir con el principio general de no ocasionar daño a otro.

La responsabilidad civil también se puede originar por el ilícito penal, es decir, por cometer un delito. Cuando esto ocurre la regulación está en el Código Penal y tiene el mismo objetivo que la responsabilidad civil general que es resarcir los daños ocasionados.

¿Cuáles son las consecuencias jurídicas que se originan de la responsabilidad contractual?

El incumplimiento de la relación contractual origina una serie de acciones que tienen como objetivo exigir las obligaciones y compensar los daños y perjuicios causados:

1. Ejecución forzada

Cuando se incumple con lo pactado en el contrato de forma oportuna, exacta e íntegra, el acreedor tiene derecho de exigir el cumplimiento. El cual puede ser de forma voluntaria o con la afectación de los bienes embargables del deudor. La solicitud la puede hacer ante el tribunal competente.

2. Indemnización por daños y perjuicios

El incumplimiento de la relación contractual origina el pago de una cantidad de dinero que se le debe pagar al acreedor. Para determinar la cuantía es necesario considerar tres aspectos fundamentales:

2.1. Daños morales

 Es una cuantía que se relaciona con las expectativas que tenía la persona sobre el servicio o producto y que no fueron satisfechas.

2.2. Lucro cesante

Es la ganancia que no se obtuvo debido al incumplimiento del contrato.

2.3. Daño emergente

Es la cantidad no recibida que origina la deuda.

Para que sea viable la indemnización por daños y perjuicios de responsabilidad contractual, el deudor tiene que estar en mora.

3. Ejecución forzada de la obligación de hacer

El juez se encuentra facultado de acuerdo con el artículo 705 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Para concederle al deudor un plazo para hacer lo obligado en el contrato. En caso de que no se ejecute se continúa con la obligación de dar.

4. Ejecución forzada de la obligación de dar

Los bienes del deudor son enajenados y el Juzgado o Tribunal competente ejecuta una subasta pública o remate. Para con las cantidades obtenidas resarcir el incumplimiento de la obligación.

5. Ejecución de la obligación de no hacer

Las leyes en España establecen la posibilidad de conceder un plazo al deudor para deshacer lo hecho. Cuando se vence el plazo se habilita el derecho al acreedor para hacer cumplir la obligación al deudor en caso de no ser posible se ejecuta la obligación de dar.

Para ejercer estas acciones es indispensable presentar los documentos que certifiquen el incumplimiento de la obligación. También se debe demostrar que dicho incumplimiento ha ocasionado daños y perjuicios a la otra parte.

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