Puja con reserva de postura - Posibilidades de ganar la subasta con una puja menor

La puja con reserva de postura es aquella en la que se retiene el deposito de la subasta hasta que finalice el periodo de pujas. Por tanto, este depósito se va retener hasta que el adjudicatario provisional no abone el remate en el plazo de 15 (Agencia tributaria) o 40 días (subasta judicial).

En el caso que el mejor postor no abone el precio de remate pierde el depósito de la subasta.

Esto hace que el Juzgado inicie la búsqueda del siguiente postor entre los que tienen reserva de puja y ganarla.

Así viene reflejado en el párrafo segundo del artículo 649.3 LEC:

En el caso de que el mejor licitador no completara el precio ofrecido, a solicitud del Letrado de la Administración de Justicia, el Portal de Subastas le remitirá información certificada sobre el importe de la siguiente puja por orden decreciente y la identidad del postor que la realizó, siempre que este hubiera optado por la reserva de postura a que se refiere el párrafo segundo del apartado 1 del 652.

Artículo 649.3 LEC

¿Qué significa pujar en una subasta?

Para participar en una subasta y adquirir el bien que se subasta hay que realizar una puja determinada, que consiste en ofrecer una cantidad de dinero por un bien.

La puja máxima es la cantidad de dinero que se estás dispuesto a pagar por un bien subastado. Cuando la puja resulta ser la más alta se adquiere el bien subastado y tienes que pagar el remate.

El entorno en el que se suele utilizar la palabra puja es en las ofertas públicas y subastas del BOE de bienes muebles e inmuebles.

¿Cómo hacer una puja electrónica?

Para hacer una puja primero te tienes que registrar en el Portal de Subastas del Boletín Oficial del Estado con un identificador o certificado electrónico con tu contraseña.

Cuando ingreses tienes que buscar la referencia de la subasta en la que quieres participar y localizar el apartado correspondiente a las Pujas. En caso de que la subasta tenga varios lotes de adjudicación se debe seleccionar el lote en que se deseas participar.

El siguiente paso es hacer la puja, para ello tienes que constituir el depósito correspondiente. Una vez constituido el depósito el sistema muestra un desplegable donde aparecen las primeras 100 pujas.

En caso de que el postor quiera efectuar una puja mayor a la que aparece en el desplegable debe pulsar el botón Rango.

Cuando hace esto aparece los importes de las siguientes 100 pujas y esto lo puede repetir hasta que aparezca la puja deseada. Al seleccionar la puja y presionar el botón enviar el sistema envía un correo electrónico o un SMS con un código de verificación.

Si es la primera vez que el postor realiza una puja, debes indicar si actúa en régimen de gananciales, en tu nombre o en el de terceros. Te preguntará también si deseas hacer la puja con reserva de postura hasta que se haga la adjudicación definitiva.

Cuando se actúa en nombre de terceros o en régimen de gananciales el usuario debes proporcionar todos los datos. Debe tener la disposición para suministrar los documentos que lo acrediten si resultas ser el mejor postor.

El postor recibirá por cada puja realizada y confirmada un correo que contiene un documento que acredita su puja. Cuando termine la subasta, y no la ganas, recibiras la CERTIFICACIÓN DE POSTURA CON RESERVA A LA CONCLUSIÓNDE SUBASTA EN EL PORTAL DE SUBASTAS ELECTRÓNICASen formato pdf.

¿Quién debe hacer la puja y el depósito?

El participante en una subasta tiene que cumplir con dos fases muy diferentes por el usuario del Portal web de Subasta:

1. Constituir el depósito

La constitución del depósito se hace en una de las siguientes cuentas bancarias:

  • La cuenta debe pertenecer a una de las entidades colaboradoras de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  • La persona que realiza la operación en el Portal web de Subastas debe ser el titular de la cuenta o un representante de la cuenta para los casos que el titular sea una sociedad.
  • En caso que la cuenta tenga más de un titular no se debe necesitar de firma conjunta.

2. Efectuar la puja

El usuario debe indicar para realizar la puja en nombre de quien está actuando, en caso de ser de un tercero debe ingresar los datos de éste. Esto debido a que será a quien se le adjudique el bien en caso de ser el mejor postor.

¿Qué es la reserva de puja?

La reserva de puja o reserva de postura es una opción que te da el Portal web de Subastas del Boletín Oficial del Estado, para tener posibilidades de ganar la subasta en caso de que el adjudicatario provisional no pague el remate del bien subastado.

Existe un lapso de veinte días hábiles para la recepción de pujas después de publicar la subasta de un bien. Al cerrar este plazo se obtienen los datos de la persona que ha resultado ser el mejor postor.

Cuando vence el plazo del Decreto de Aprobación de Remate y el postor ganador no ha realizado el pago pendiente por el importe del bien se decreta la pérdida del depósito.

Esto lo acuerda el juzgado convocante y de inmediato, inicia el proceso de búsqueda del siguiente postor con una puja máxima entre los participantes que hicieron reserva de puja y se escoge la mejor puja.

Cuando esto ocurre el depósito se comunica a la Cuenta de Depósitos del Juzgado que convocó la Subasta Judicial y se le da un plazo para que realizar el pago del precio ofertado.

¿Cómo hacer una reserva de postura?

Para hacer una reserva de puja el interesado debe registrarse en el Portal web de Subastas del Boletín Oficial del Estado.

El portal del BOE cuando haces tu primera puja, te pregunta si deseas pujar con reserva de postura y te presenta las siguientes opciones:

A. Opción Si

Cuando el postor selecciona esta opción al finalizar el periodo de recepción de puja el depósito se retiene, si su puja no ha sido la mejor. El depósito NO SE DEVUELVE hasta que la adjudicación del bien y la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos la de por finalizada.

B. Opción No

Cuando el postor selecciona esta opción el depósito correspondiente a la puja devuelve al finalizar el período de recepción de pujas en un plazo de 24 a 48 horas. Esto en caso que no resulte ganador de la subasta.

Esto lo solicitará el portal una sola vez y lo hará sólo cuando el postor haga la primera puja. En caso de aceptar una puja con reserva todas las siguientes pujas de la misma subasta se harán con reserva de puja.

Al igual ocurre cuando por primera vez en una puja se indica que no desea realizar reserva, las siguientes pujas de la misma subasta se realizarán sin reserva de puja.

Cuando el postor quiere efectuar una puja por un valor menor o igual a la puja máxima, el sistema únicamente lo permitirá si acepta una reserva de puja. Esto será hasta la adjudicación de la subasta, debido a que sólo podrá ser adjudicatario final si renuncian a la adjudicación los postores con pujas más altas.

¿Cuándo te devuelven el depósito de una subasta con reserva de postura?

El depósito de una subasta lo devuelven al finalizar el lapso establecido para recibir las pujas. El depósito sólo será devuelto en los casos de no ser el postor ganador y no se ha solicitado reserva de postura.

Cuando no se es el postor ganador, pero se ha solicitado reserva de puja o reserva de postura, el depósito será devuelto cuando la subasta sea adjudicada. Se debe esperar también que la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos dé por finalizada la subasta.

En caso que la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos cancele la subasta el depósito será devuelto cuando se realice la cancelación de la misma.

La puja/postura con reserva de depósito, según lo establecido en el artículo 104 bis del Reglamento General de Recaudación

Hay que distinguir el abono del remate de las subastas judiciales de 40 días, de los 15 días de la Agencia Tributaria. Para ello, destamos el artículo 104 bis del RGR:

f) La adjudicación será notificada al adjudicatario, instándole para que efectúe el pago de la diferencia entre el precio total de adjudicación y el importe del depósito en los 15 días siguientes a la fecha de la notificación, con la advertencia de que si no lo completa en dicho plazo perderá el importe del depósito que se aplicará a la cancelación de las deudas objeto del procedimiento. Todo ello, sin perjuicio de las responsabilidades en que pueda incurrir el adjudicatario por los perjuicios que origine a la Administración la falta de pago del precio de remate y a cuyo resarcimiento quedará obligado en todo caso.

g) Asimismo y de existir otras posturas con reserva de depósito, la Mesa podrá acordar la adjudicación al licitador que hubiera realizado la oferta más elevada de aquellos cuyo depósito hubiera sido reservado, de acuerdo con las reglas de adjudicación anteriores.

Artículo 104 bis del RGR

En la guía del portal de subastas BOE también se advierte lo siguiente:

Al tiempo de pujar, se podrá optar por reservar el depósito constituido para el caso de que el mejor postor de la subasta no cumpliera la obligación de ingresar el resto del precio de adjudicación en el plazo concedido a estos efectos.

¿Cuánto tiempo dura la reserva de puja en una subasta judicial?

Finalizado el período de presentación de ofertas quedarán disponibles para los licitadores, cuyos depósitos no hubieran quedado reservados, las cantidades depositadas, excepto la que corresponda al mejor, la cual quedará reservada como garantía del cumplimiento de la obligación de satisfacer el resto del precio de adjudicación. Las cantidades depositadas que hubieran sido reservadas quedarán disponibles una vez cumplida tal obligación.

Por lo tanto, la devolución de las pujas con reserva de depósito queda supeditada al pago del remate por el adjudicatario. Hasta que éste no haga el pago del remate y dicho pago se ingresa efectivamente en el Tesoro Público la Agencia Estatal del Boletín del Estado no ordena la devolución de los depósitos que fueron realizados con reserva.

Desde que se le notifica a la mayor puja la carta de pago del remate tiene 15 días para efectuar el pago y desde el día del pago los bancos tardan en ingresar el remate en el Tesoro Público 30 días. Por lo tanto, hasta que no pasen dichos plazos el depósito no es devuelto.

La ley no establece un plazo mínimo para la devolución de la reserva de puja, el postor con reserva de postura tiene que esperar que termine el trámite de pago del bien subastado y que, el juzgado que conoce de la ejecución cumpla con todos los trámites procesales de rigor.

Esto hace que se inicie un nuevo proceso para la búsqueda de un nuevo adjudicatario y será el que tenga reserva de puja con depósito. La puja será devuelta cuando el adjudicatario pague el precio del remate y la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos dé por finalizada la subasta.

¿Deseas que te ayudemos con tu puja en una subasta?

Los únicos que pueden pujar en una subasta son los usuarios que se encuentren registrados en el portal web de subastas. Pero deben haber efectuado el depósito establecido por la Autoridad Gestora.

Cuando se va a efectuar la primera puja para participar en una subasta el sistema solicita que se indique cómo se hará. Esto puede ser en representación de un tercero, en su propio nombre o en régimen de gananciales. Las siguientes pujas se realizarán usando las mismas características de la primera puja.

Las pujas una vez confirmadas en el Portal web de subastas no se pueden retirar y tampoco se pueden modificar. Por este motivo se recomienda que antes de confirmar una puja se haga una revisión detallada de los datos correspondiente a la puja que se va a confirmar.

Compartir:

¿Te ha gustado el artículo?

4.6/5 - (11 votos)
Scroll al inicio