El recurso de suplicación laboral es una apelación que el trabajador o la empresa pueden ejercer en contra de un dictamen de los Juzgados de lo Social.
Este recurso le permite a la empresa o al trabajador impugnar una sentencia judicial con las que no está de acuerdo.
La impugnación de la resolución judicial sólo se puede hacer cuando la sentencia tenga la posibilidad de ser impugnada.
Las condiciones para presentar un recurso de suplicación se encuentran establecidos en el artículo 191 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
Tabla de contenido
- 1 Significado del recurso de suplicación
- 2 Explicar los motivos
- 3 Requisitos para presentar un recurso de suplicación laboral
- 4 Plazo del recurso de suplicación
- 5 Procedimiento del recurso de suplicación laboral
- 6 Cuantía
- 7 Contenido del escrito para interponer el recurso de suplicación
- 8 Condiciones para justificar la presentación
Significado del recurso de suplicación
El recurso de suplicación, se interpone para recurrir una sentencia emanada por un juzgado de lo social originada por un proceso laboral.
Se encuentra regulado en los artículos 190 a 204 en el Título II correspondiente al recurso de suplicación, de la Ley 36/2011, que regula la jurisdicción social.
El órgano competente para conocer un recurso de suplicación laboral es la Salas de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia. Este órgano es el encargado de conocer:
- Los recursos de suplicación laboral que se presenten contra las resoluciones establecidas por los Juzgados de lo Social.
- Las sentencias y autos que dicten los Jueces de lo Mercantil que afecten al derecho laboral.
Cuando este recurso es presentado por un trabajador es completamente gratuito, pero cuando es presentado por una empresa tiene algunos costes.
Se caracteriza por tener un carácter extraordinario, debido a que no puede presentarse por cualquier motivo.
Esto debido a que la ley establece de forma específica los motivos o razones por las que se puede presentar y las sentencias que permiten la impugnación.
En el recurso de suplicación laboral no se puede valorar nuevamente todas las pruebas ejecutadas en las actuaciones.
Este recurso limita al tribunal a realizar un trabajo de revisión sobre los asuntos que ha denunciado de forma expresa la parte que interpone el recurso.
Explicar los motivos
Los motivos se encuentran en el artículo 193 de la Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social, son:
- Realizar una revisión de la jurisprudencia o de las infracciones de normas sustantivas.
- Efectuar una revisión de los hechos declarados probados a través de las pruebas periciales y documentales ejercitadas.
- Restablecer los autos al estado en el que estaban antes de cometerse una infracción de normas o garantías del procedimiento que ocasionaron la indefensión.
Requisitos para presentar un recurso de suplicación laboral
El principal requisito que se debe cumplir para presentarlo es que el motivo se encuentre en la Ley Reguladora. Esto debido a que no en todos los casos puede presentarse este recurso.
Es indispensable que el recurso de suplicación se anuncie en los plazos establecidos, que son en los cinco días después de recibida la notificación de la sentencia.
Después de realizar el anuncio, el juzgado le facilita al abogado los documentos relacionados con el recurso. Esto con la finalidad de que el abogado presente el recurso de suplicación en un plazo máximo de diez días hábiles.
El abogado debe presentar el recurso de suplicación laboral en la sala de lo social de los Tribunales Superiores de Justicia.
Plazo del recurso de suplicación
Se tiene que presentar cumpliendo con las normas establecidas para que el Tribunal Superior pueda comprobar el recurso para validarlo o desestimarlo.
El plazo de resolución del recurso de suplicación va a depender de cada caso en particular. Al igual que la estimación o desestimación, aunque por lo general el recurso de suplicación plazo se encuentra entre los 6 y 12 meses.
Procedimiento del recurso de suplicación laboral
Lo primero que debe hacerse es el anuncio del recurso de suplicación, lo cual se tiene que hacer en los cinco días hábiles después de notificada la sentencia.
El anuncio se puede hacer a través de la presentación de un escrito o el trabajador puede comparecer directamente al juzgado que dictó la sentencia.
Cuando se anuncia el recurso el juzgado traslada los autos al abogado con la finalidad de que prepare el recurso.
Los autos corresponden a los documentos que el juzgado tiene sobre el proceso, como es la demanda y las pruebas documentales presentadas por cada una de las partes, al igual que la grabación de la vista que por lo general es en USB o CD.
Después que el juzgado pone los autos a disposición del abogado, le otorga un plazo de diez días hábiles para que presente el recurso de suplicación.
Este plazo comienza a contar en el momento que el abogado recoja los autos en el juzgado.
Se debe presentar ante el Juzgado que dictó la sentencia objeto de impugnación.
En caso de que el recurso sea presentado por la empresa está obligada a presentar en el juzgado la cantidad establecida en la sentencia o el aval bancario en el plazo de cinco días.
Si la empresa no consigna el aval o la cantidad establecida en la sentencia el recurso se debe inadmitir. Según lo establecido en el artículo 230 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social es obligatorio para realizar el anuncio del recurso de suplicación consignar la cantidad establecida en la sentencia o aval en el plazo para el anuncio.
Presentación del recurso de suplicación
Una vez presentado se le da traslado a la otra parte, bien sea el trabajador o la empresa. Esto con la finalidad de que realice las alegaciones que considere oportunas.
La parte contraria tiene un plazo de cinco días hábiles para presentar sus alegaciones al recurso presentado. En caso de que no presenten una alegación no significa que estén de acuerdo con el recurso planteado, lo que sucede es que no han utilizado el trámite para recurrir el recurso.
La sentencia será dictada por la Sala de lo Social en un plazo máximo de diez días. La notificación sobre la estimación o desestimación del recurso se hará a la Fiscalía de la Comunidad Autónoma y a cada una de las partes.
Cuantía
Para el trabajador no tiene ningún coste, lo que debe pagar son los honorarios acordado con el abogado.
Para la empresa si tiene un coste que se encuentra establecido en los artículos 229 y 230 pertenecientes a Ley reguladora de la Jurisdicción.
El recurso de suplicación cuantía para la empresa es el siguiente:
- La empresa tiene que realizar un depósito de 300 euros, el cual podrá recuperar en caso de que estimen el recurso. Pero en caso de que el recurso sea desestimado totalmente perderá el depósito.
- La Ley establece que para anunciar el recurso es obligatorio que consigne en el juzgado la cantidad establecida en la sentencia o presentar un aval. Esto significa que si la empresa ha sido condenada a cancelar unos salarios o un despido para anunciar el recurso debe depositar en el juzgado la cantidad correspondiente.
- En caso de que sea desestimado el recurso presentado por la empresa, se le puede condenar al pago de unas costas. La cuantía de las costas no puede ser mayor los 1.200 euros y se le establece el plazo para su pago.
Contenido del escrito para interponer el recurso de suplicación
El escrito de interposición del recurso de suplicación debe presentarse en el juzgado que dictó la sentencia impugnada.
Es necesario presentar la cantidad de copias necesaria según las partes recurridas.
La presentación del escrito para el trámite debe hacerse a través del sistema lexnet.justicia.es. El escrito debe cumplir con los requisitos establecidos en la ley y contener las alegaciones relacionadas con la procedencia del recurso.
El contenido se debe expresar con mucha precisión y claridad, debe indicar el motivo o los motivos en que se sustenta.
Pero además deben citarse las normas de la jurisprudencia o del ordenamiento jurídico que se consideren han sido vulneradas.
Es importante también señalar muy bien el documento o pericia para que pueda ser identificado.
Según cada motivo de revisión de los sucesos comprobados que se alegue y debe indicarse la alternativa que se pretende conseguir.
Condiciones para justificar la presentación
El Tribunal Supremo considera que debe cumplirse algunas condiciones para justificar la presentación del recurso de suplicación:
El trabajador o la empresa que presenta el recurso de suplicación deben indicar que norma procesal que ha sido infringida.
La otra condición que debe cumplirse es que se haya vulnerado de forma evidente la norma señalada. Pero además la vulneración evidente de la norma debe haber ocasionado indefensión.
El demandante debe formular de forma adecuada, correcta y oportuna la protesta a través del escrito.