El recurso de apelación es un procedimiento que tiene como objetivo impugnar las resoluciones judiciales emanadas de un juez que se consideran injustas. Sólo se pueden impugnar las sentencias o autos que no se consideren a derecho que hayan sido dictadas en primera instancia.
La primera instancia es el tribunal al que se acude para que resuelva un problema y si dicta una sentencia con la que no se está de acuerdo se puede impugnar. Lo que se busca con la impugnación a través del recurso de apelación es que se emita una resolución nueva que beneficie a quien ha apelado.
Tabla de contenido
¿Cómo hacer un recurso de apelación?
El recurso de apelación puede producirse ante cualquier jurisdicción (civil, penal, administrativo). Cuando se plantea contra una sentencia se eleva a un segundo nivel de decisión jurisdiccional superior denominado segunda instancia limitada.
Para este caso se puede realizar una revisión profunda de la decisión y de la prueba practicada. Pero no es posible introducir nuevos argumentos jurídicos o nuevas pruebas diferentes a los de la instancia.
Pero cuando un recurso de apelación se plantea contra una resolución interlocutoria, la cual no pone fin a la instancia. No se considera una segunda instancia en este caso el Tribunal de apelación se limita a decidir sobre la cuestión impugnada.
La interposición del recurso de apelación se hará ante el mismo Tribunal que dictó la sentencia o el auto recurrido. Pero el tribunal competente para conocer y decidir será el superior jerárquicamente. El recurso debe presentarse con la firma del letrado que representa a la parte interesada en recurrir.
Cuando se haya interpuesto el recurso de apelación, el juez deberá decidir si lo admite o no de acuerdo con las previsiones legales.
1. El recurso de apelación civil
Se da en un procedimiento civil a través del cual una persona impugna un auto o una sentencia por no estar de acuerdo con el mismo. El recurso de apelación civil sólo se puede solicitar por la persona interesada de forma directa con el fallo, es decir, los demandados o demandantes.
Todos dictámenes de un Tribunal civil se pueden someter revisión, pero el recurso de apelación no se aplica de forma universal. La mayoría de las veces lo establecido en las jurisprudencias y las normativas regionales o nacionales inciden en que una cosa juzgada se revise o no.
A la hora de valorar de nuevo un autos para una posible rectificación hay que interponer recurso de reposición o recurso de revisión.
La principal condición para solicitar un recurso de apelación civil es que lo hagan quienes se sientan perjudicados por el auto o la sentencia. Al igual que los motivos que originen la apelación sean de forma y de fondo.
Plazo del recurso de apelación civil
El recurso de apelación en el ámbito civil tiene una limitación temporal y es obligatorio cumplir con los tiempos. Por ello las personas que se sientan perjudicadas por una decisión emitida por un órgano de justicia de carácter civil, tienen 20 días hábiles para apelar.
Este tiempo se comienza a contar desde el día que se hace la notificación oficial del fallo.
El artículo 458.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece que la solicitud se debe hacer en el mismo tribunal que dictó sentencia o auto en primera instancia. El cual se encargará de presentar la solicitud a un tribunal jerárquicamente superior.
El documento por escrito se presenta en la Secretaría del juzgado respectivo o a través de un correo certificado. En este documento no se realiza análisis ni se emiten conclusiones, sólo contiene una refutación que su intención es ser objetiva.
2. El recurso de apelación penal
El recurso de apelación penal es el medio que existe para manifestar que no se está de acuerdo con las resoluciones del juez de instrucción. Este recurso solo se puede interponer en los casos que dispone la ley.
La interposición del recurso de apelación penal contra auto se hace ante el juez que dictó el auto que se quiere recurrir. El tribunal competente para conocer el recurso es el que en el juicio oral conoció la causa, para este caso es la Audiencia Provincial o los Juzgados de lo Penal.
La solicitud se debe hacer a través de un documento escrito autorizado con la firma de un letrado. En el proceso se requiere la participación de un procurador y de un abogado penalista.
Cuando se interpone el recurso de apelación penal contra auto el juez decidirá si se admitirá, lo cual puede ser:
En caso de admitirse por completo, el procedimiento continuará cumpliendo con los pasos que indica la regulación procesal penal.
Cuando se admite en un solo efecto, el juez solicitará el testimonio de todos los escritos presentados y fijará cuándo quedará expedido el testimonio. A los dos días después de esta providencia el apelante y el Ministerio Fiscal podrán incluir algún testimonio más. El juez al día siguiente resolverá el asunto sin posterior recurso.
En el caso de que el juez no admita a trámite la solicitud, se debe cumplir la sentencia que recurrida.
2.1 El recurso de reforma y subsidiario de apelación contra auto
El recurso de reforma es una de los medios disponibles para oponerse a una resolución dictada por los Juzgados de Instrucción. Este es un recurso ordinario y no devolutivo contra los autos dictados por el juez de instrucción en un procedimiento ordinario.
El recurso de reforma se encuentra regulado en el artículo 216 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. En el Título X perteneciente a los recursos contra las resoluciones procesales, Capítulo I correspondiente a los recursos contra las resoluciones de los Jueces y Tribunales.
Este recurso se puede interponer en contra de todos los autos del Juez de Instrucción según lo que establece el artículo 217 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. La interposición se debe hacer ante el mismo Juez que dictó el auto así lo establece el artículo 219.
El recurso debe ser presentado por escrito y autorizado con la firma de un letrado y se deben adjuntar copias para todas las partes implicadas.
Los autos contra los que se puede interponer el recurso de reforma son:
- Emanados en el procedimiento abreviado por el juez de instrucción.
- Los del procedimiento abreviado dictados por el juez.
- Pertenecientes al juez de vigilancia penitenciaria.
- Los de procesamiento.
Cuando el recurso de reforma es admitido a trámite es trasladado a las partes por el Letrado de la Administración de Justicia. Las partes tendrán un plazo de cinco días para que a través de un escrito aleguen lo que estimen conveniente.
Al finalizar el plazo serán remitidos a la audiencia los testimonios de los particulares, los cuales tendrán los siguientes cinco días para resolver el asunto. Esto se hará de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 766 tercer apartado de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
2.2 ¿Qué leyes lo regulan?
La regulación del recurso de apelación se encuentra en la Ley de Enjuiciamiento Criminal en las siguientes secciones:
- El Libro I correspondiente a las disposiciones generales, en el Título X que trata sobre recursos contra las resoluciones procesales. El Capítulo I perteneciente a los recursos contra las resoluciones de los Tribunales y Jueces, del artículo 222 al 232.
- El Libro IV de los procedimientos especiales, en el Título II del procedimiento abreviado):
- Capítulo VI correspondiente a la impugnación de la sentencia, a partir del artículo 790 al 792.
- El artículo 766 en el Capítulo I correspondiente a las disposiciones generales.
2.3 ¿En cuáles procedimientos se puede interponer este recurso?
El recurso de apelación penal solo debe interponerse en algunas situaciones procesales, ellas son:
- En primera instancia, contra sentencias emitidas por la Audiencia Provincial.
- Juicio de delitos leves.
- Procedimiento abreviado.
- En un procedimiento para un juicio rápido de algunos delitos.
- En el procedimiento llevado por el Tribunal del Jurado.
3. El recurso de apelación contencioso-administrativo
Este es un recurso ordinario el cual se interpone ante una resolución judicial, que por lo general es una sentencia. La cual fue emitida por un órgano inferior en el ámbito judicial contencioso-administrativo.
El recurso de apelación se debe presentar ante el Tribunal Superior del que dictó la sentencia apelable. Este puede revisar y decidir sobre todos los asuntos planteados en el recurso contencioso-administrativo. Esta apelación parece un examen crítico de la resolución judicial impugnada.
Este procedimiento se encuentra regulado en la Ley 29/1998, con fecha 13 de julio, que es la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En el artículo 81 al 85.
El documento para hacer la solicitud es un escrito razonado y argumentado, es importante no repetir los argumentos de la demanda de primera instancia. Es importante realizar una crítica exhaustiva de la sentencia de lo que se desea recurrir.
La solicitud del recurso de apelación la debe presentar la parte que no está de acuerdo con la resolución en primera instancia. La presentación se debe hacer ante el Juzgado que dictó el auto o la sentencia que se pretende recurrir.
3.1 Plazo para recurrir
El plazo para presentar la interposición es de quince días contados a partir de la notificación de primera instancia. Transcurrido este plazo la sentencia será declarada como firme.