La reclamación de salarios es una solicitud que hace un trabajador exigiendo a su empresa el pago de un dinero impagado. Dicha cantidad viene establecida en la relación contractual y laboral que mantiene con la empresa.
La demanda de reclamación de salarios está regulada en el Estatuto de los trabajadores y se presenta ante la Jurisdicción social y laboral competente de tu ciudad. Las reclamaciones se pueden interponer por accidentes laborales o impagos, entre otros.
Tabla de contenido
¿Cómo reclamar un salario impagado a tu empresa?
Esta solicitud suele comenzar con un burofax de reclamación de salarios redactado por nuestros abogados laboralistas en Madrid, en el que especifican los motivos por los cuales deben al trabajador dicho importe.
La cantidad a abonar básicamente se compone de los salarios impagados o atrasados, así como pagas extras, vacaciones, dietas, pluses, indemnizaciones u otros conceptos. En caso de negativa o caso omiso al burofax por parte del abogado, no queda otra alternativa que iniciar la reclamación en la jurisdicción social o intentar una conciliación con la empresa.
La reclamación de salarios antes de llegar al juicio laboral requiere de intentar llegar a un acuerdo, estableciendo para ello un proceso de conciliación. Este debe ser celebrado ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC).
Cuando no se llega a un acuerdo con el proceso de conciliación, se tiene que presentar una demanda, esto se hace en los juzgados de lo social. La reclamación se tramitará de la siguiente forma:
Por lo general, a través de un proceso monitorio, que consiste en un proceso económico y rápido, pero muchas veces las empresas se oponen a este proceso. En caso de la oposición de la empresa o si la deuda es mayor a 6.000 euros, la reclamación debe ser a través de un proceso ordinario.
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¿Cuál es el plazo para reclamar el impago de una nómina?
La reclamaciones laborales se pueden hacer cuando el empresario no paga el sueldo. Esto permite que se interponga una demanda para la extinción del contrato de trabajo, de acuerdo con lo que establece el estatuto de los trabajadores.
El plazo para reclamar las cantidades laborales atrasadas es de un año, lo que quiere decir que se pueden reclamar todo la cantidad debida de los últimos 12 meses. Cuando este plazo transcurre se pierde el derecho a reclamar.
Este procedimiento permite que el juzgado reconozca la culpabilidad del empresario y se anular el contrato laboral por incumplimiento del empresario. Así, se permite la recepción de las cantidades adeudadas, no perder el derecho a una prestación por desempleo y el cobro de una indemnización.
La demanda de reclamación de cantidad también se puede cuando el empresario despide al trabajador y no abona la indemnización correspondiente.
La demanda de reclamación de cantidad laboral puede ser presentada cuando el empresario solo abone una parte del finiquito o de la indemnización que corresponde.
La reclamación de por impago también se puede hacer después de que el empresario y trabajador lleguen a un acuerdo y el empresario no cumple con el pago o con alguna de las cuotas de las cantidades adeudadas.
Fases en un juicio de reclamación de salarios
Las etapas de la reclamación de cantidad laboral son las siguientes:
La presentación de la papeleta de conciliación por impago salarial
La etapa de conciliación es un requisito para iniciar cualquier proceso laboral. Este proceso comienza con la presentación de la papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC).
El inicio del proceso interrumpe los plazos de prescripción y suspende los plazos de caducidad, lo que da tiempo de preparar la demanda. Pero esta suspensión será máxima por 30 días, aunque no se haya celebrado el acto.
El proceso de conciliación puede ser sustituido por un proceso de arbitraje donde participa un tercero que es imparcial. Este será quien resuelva la reclamación y su decisión es llamada “laudo” y obliga a las partes.
El proceso monitorio
Este es el proceso que debe ser utilizado cuando la reclamación es por una cantidad laboral inferior a 6.000 euros.
Existen excepciones si se presentan algunos de los siguientes casos:
- Cuando el empresario se encuentre en concurso de acreedores.
- Si la reclamación es de carácter colectivo o la demandada es una entidad colaboradora o gestora de la Seguridad Social.
El inicio de este proceso requiere de la presentación de una petición que debe indicar lo siguiente:
- Identificación y la información completa donde se pueda localizar al deudor.
- El demandante tiene que presentar la cantidad adeudada de manera detallada indicando los periodos y el monto total de la deuda.
- Copia de los recibos de salarios, del contrato, reconocimiento de deuda, comunicación empresarial, y toda la documentación que permita certificar la cantidad adeudada.
El secretario judicial revisa y comprueba que los requisitos exigidos están completos, en caso contrario otorga un plazo de 4 días para corregir los errores. Luego solicita al empresario que realice el pago y le da un plazo de 10 días para que realice el abono.
El empresario puede ir al juzgado y presentar un documento de oposición, el cual será enviado al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA). Este tendrá un plazo de 10 días para solicitar aclaraciones.
Cuando vence el plazo y se ha realizado el pago, el proceso será archivado, pero en caso contrario, existen dos opciones:
Que el empresario no se opuso al pago, entonces el secretario judicial emite un decreto, que el demandante podrá usar para ejecutar la acción. El pago debe incluir interés por las cantidades atrasadas y desde ese momento comienza a producirse intereses procesales.
Proceso ordinario
El proceso ordinario es cuando la reclamación de cantidad laboral es por más de 6.000 euros o la empresa se ha opuesto al proceso monitorio. Este se inicia con la presentación de una demanda por escrito, la cual debe contener lo siguiente:
- Identificación de la empresa, del demandado, del demandante y de todos los interesados.
- Lista de los hechos sobre los que trata la demanda y lo que se requiere para resolverla, también debe llevar lo que se quiere lograr. Fecha y firma del demandante.
- El escrito de la demanda y los documentos que se anexan serán enviados a los demandados y a los interesados.
Luego la documentación para la demanda es revisada y en un plazo de tres días, el secretario judicial resolverá si se admite a trámite. En caso de que haya algún error se concederá un plazo para la corrección de cuatro días.
Cuando la demanda es admitida se indica la fecha de juicio, que es aproximadamente 10 días luego de realizada la citación de las partes. El proceso de convocatoria lleva la celebración de dos actos continuos, que son la conciliación ante el secretario judicial y el juicio.
La realización del proceso solo puede ser suspendida una sola vez, con causas justificadas y se establece un plazo máximo de 10 días. Para que una segunda suspensión sea admitida tiene que ser por circunstancias excepcionales.
Cuando el demandante no comparece sin una justificación se supone un abandono de la demanda. En el caso de que el demandado no comparezca de forma injustificada le permite al demandado continuar con los trámites.
El acto de conciliación de la reclamación de salarios
Una vez presentada la papeleta de conciliación de reclamación de salarios atrasados y debidos, se señalará fecha para intentar llegar o no a acuerdo con la empresa. Este acto tendrá lugar en presencia del letrado de la administración de justicia que tendrá las funciones de mediador.
Cuando se llega a un acuerdo se formalizará en un acta. Las partes también pueden llegar a un acuerdo previo y solo lo tienen que ratificar ante el secretario judicial.
El secretario judicial no aprobará acuerdos que lesionen gravemente los intereses de una de las partes, que abusen de los derechos o que incurran en fraude de ley. El acta de conciliación puede ser impugnada en un plazo de 30 días.
El juicio laboral
El juicio solo se celebra cuando la conciliación fracasa, el proceso de reclamación de salarios que lleva es el siguiente:
- El Juez lo primero que hace es resolver las cuestiones previas, es decir, incidencias pendientes de resolución, recursos y otras cuestiones procesales entre ellas la competencia.
- Luego el demandante tiene que ampliar o ratificar la demanda.
- Seguidamente el demandado responderá, alegando lo que considere conveniente. Las partes intervienen por turnos, dirigidos por el juez. Tendrán la oportunidad de aportar nuevos elementos y pruebas al juicio.
- Una vez practicada la prueba y antes de finalizar, el juez ofrecerá la última oportunidad para llegar a un acuerdo.
- En caso de no avenencia, el juez en un plazo de 5 días dictará sentencia, la cual se le notificará a las partes en un plazo de dos días.
La recomendación cuando se llega al juicio es contar con la asistencia de un abogado que sea especializado en reclamaciones laborales.
Cuando la empresa presenta retrasos con el pago, debe una o varias nóminas, o no paga los finiquitos y las de indemnizaciones, el trabajador tiene derecho a reclamar la cantidad adeudada.