Si has estado bebiendo y conduciendo con toda seguridad vas a tener un problema legal.
Todos sabemos que beber y conducir no es buena idea.
Pero lo que muchos conductores olvidan es que circular bebido puede tener consecuencias no solo para el infractor, sino también para los demás usuarios de la vía.
El problema no es que te pongan una multa por conducir habiendo consumido alcohol.
Lo grave es que te imputen un delito de alcoholemia, o lo que es peor, que provoques un accidente o atropelles a una persona circulando borracho.
Cuando te cogen bebiendo y conduciendo vas a necesitar ayuda legal especializada de abogados penalistas de alcoholemia.
Si es tu caso, en Ródenas Abogados podemos ayudarte, y disponemos de un servicio de asesoría legal urgente para alcoholemias: recuerda que pueden citarte a juicio rápido en un plazo muy corto.
Tabla de contenido
- 1 ¿Si te pillan conduciendo ebrio es un delito?
- 2 Qué pasa si te cogen bebiendo y conduciendo y tienes un juicio rápido por alcoholemia
- 3 ¿Qué pasa si te pillan conduciendo ebrio y te niegas a hacer el control de alcoholemia?
- 4 ¿Qué pasa si me cogen bebiendo y conduciendo y he provocado un accidente?
- 5 ¿Necesito defensa legal si me cogen bebiendo y conduciendo y me acusan de un delito de alcoholemia?
¿Si te pillan conduciendo ebrio es un delito?
La respuesta es DEPENDE.
El punto de partida lo sabemos todos: si te vas a poner al volante, alcohol CERO.
Por tanto, nuestro primer consejo es que nunca, bajo ningún concepto, bebas si vas a conducir.
Algunas de las creencias erróneas más extendidas de muchos conductores es que “no pasa nada porque controlan” o “son 5 minutos de coche y no van a pillarte”.
El alcohol no afecta a todos por igual, y la clave para saber si has cometido un delito o una falta administrativa está en la tasa de alcohol que des cuando te pillen bebiendo y conduciendo.
En España, uno de los mayores problemas en la circulación ocurren por conducir bajo los efectos del alcohol.
El punto de partida: saber qué tasa de alcohol das en el control de alcoholemia y las consecuencias de tu conducta, para ti y para el resto de usuarios que pueden verse afectados por ella.
¿Cómo se mide el nivel de alcohol en un control de alcoholemia?
Si te «pillan» bebiendo y conduciendo, te harán una prueba de alcoholemia usando un etilómetro.
El proceso sigue estos pasos:
➡️Los agentes te darán el etilómetro para que soples.
➡️Si das positivo, la prueba se repetirá nuevamente en 10 minutos.
➡️Si vuelves a superar la tasa permitida puedes pedir una tercera prueba de contraste que pagas tú, y que se hace analizando una muestra de tu sangre.
➡️Si das positivo los agentes inmovilizan tu vehículo, con la excepción de que lleves un acompañante que no haya consumido alcohol y pueda coger el coche.
➡️Dependiendo del resultado de la prueba, los agentes te impondrán una sanción administrativa o te imputarán un delito de alcoholemia.
Sanciones y penas si te pillan conduciendo borracho
Has dado positivo y ahora todo depende de la tasa que hayas arrojado en la prueba de alcoholemia que te han hecho.
¿Qué puede pasar?
➯Es sanción administrativa si la tasa de alcohol es entre 0,25 mg/l y 0,50 mg/l, y en este caso te quitan 4 puntos del carnet y te multan con 500 euros.
Si la tasa es de más de 0,50 mg/l, te retiran 6 puntos del carnet y la multa es de 1000 euros, y se duplica si eres reincidente.
➯Es delito si la tasa de alcohol supera los 0,60 mg/l en aire espirado o 1,20 g/l en sangre.
En este caso has cometido un delito contra la Seguridad Vial previsto en el artículo 379.2 del Código Penal.
La pena que puede caerte es de tres a seis meses de cárcel, multa de seis a doce meses, trabajo en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y no podrás conducir por un tiempo entre uno y cuatro años.
Además, la comisión de este delito te va a dejar antecedentes penales.
Qué pasa si te cogen bebiendo y conduciendo y tienes un juicio rápido por alcoholemia
Si das positivo en un control de alcoholemia y superas la tasa permitida te citarán a un juicio rápido por alcoholemia.
En este caso vas a necesitar siempre un abogado porque lo exige la Ley, y te recomendamos que sea un abogado especialista en alcoholemias para defenderte con garantías.
Es importante que tengas en cuenta los plazos, que son muy cortos, porque pueden citarte en menos de 7 días a juicio.
El proceso tiene estos pasos:
➯Los agentes que te hagan el control te entregarán, si superas la tasa permitida, una denuncia que indica el día y la hora que debes comparecer en el Juzgado al juicio rápido.
➯En este juicio interviene el fiscal, quien determina qué tipo de pena solicita para imponerte, según la tasa de alcohol que hayas dado, si eres reincidente, y si has provocado daños materiales o personales.
➯La Ley te exige contar con asistencia de un abogado, quien se ocupa de pedir y revisar el Atestado para comprobar qué tasa de alcohol diste y cómo ocurrieron los hechos.
➯Cuando llega el juicio, tu abogado se ocupa de negociar con el fiscal para intentar que te reduzcan la pena en un tercio siempre que no seas reincidente y asumas la responsabilidad de lo ocurrido.
➯Si estás conforme con el resultado de la negociación de tu abogado con el fiscal y la pena a imponerte, el Juez dicta lo que se llama una “sentencia de conformidad”.
➯Si no estás conforme o por algún motivo niegas lo ocurrido se cierra esta parte del proceso y el Juez procede a decretar la apertura del juicio oral.
¿Qué pasa si te pillan conduciendo ebrio y te niegas a hacer el control de alcoholemia?
Lo peor que puedes hacer si te cogen bebiendo y conduciendo y te paran en un control de alcoholemia es negarte a realizar la prueba con los agentes.
Negarse a hacer la prueba es, incluso peor, que dar positivo, y se considera como tal un delito que se recoge en el artículo 383 del Código Penal.
Las penas por negarte a hacer el control de alcoholemia son prisión de 6 meses a 1 año y retirada del permiso de conducir entre 1 y 4 años.
Como verás,las sanciones por negarte a las pruebas de alcoholemia son más duras que las que se aplican por el delito de alcoholemia en sí mismo.
¿Me puedo dar a la fuga en un control de alcoholemia?
Si te das a la fuga en un control de alcoholemia está claro que tienes algo que ocultar.
El hecho de darse a la fuga en sí no implica la comisión de un delito.
Pero si no haces caso de las señales de los agentes que te están diciendo que te detengas, te van a sancionar, y la multa es de 200 €, además de quitarte 4 puntos de tu permiso de conducir.
No olvides que, aunque decidas “escapar” de un control es muy fácil que más adelante te detengan, y es muy probable que en tu huida te excedas con tu velocidad para que no te pillen y acabes causando daños materiales y/o personales.
En estos casos te van a incrementar el importe de la multa, pero si, además, has provocado daños a personas, vas a incurrir en delito y las penas serán mucho más graves.
¿Qué pasa si me cogen bebiendo y conduciendo y he provocado un accidente?
Lo peor que puede pasar es que te pillen bebiendo y conduciendo y que, además, provoques un accidente de tráfico circulando bebido.
En estos casos incurres en un delito si superas la tasa de alcohol, pero simultáneamente has provocado lesiones y daños a otras personas, y esta conducta también es un ilícito penal.
Si has superado la tasa de alcohol permitida te van a imponer una condena penal en función de cuánto hayas dado en la prueba de alcoholemia.
Pero, además, tendrás que pagar en concepto de responsabilidad civil las indemnizaciones que correspondan a las víctimas del accidente que has provocado.
Tu compañía de seguros no se hace cargo de nada porque todas las pólizas recogen las llamadas cláusulas de exención de responsabilidad, es decir, que tu seguro “se lava las manos”.
Esto significa que tu aseguradora no cubre los daños y lesiones que hayas provocado en un accidente por conducir bebido.
Lo habitual es que tu compañía adelante a las víctimas la indemnización y luego te la reclame a ti ejerciendo el llamado “derecho de repetición”.
Esto te puede suponer pagar cuantiosas indemnizaciones si causas lesiones de gravedad a terceros o incluso el fallecimiento de las víctimas del accidente.
La cosa se agrava si decides, además, marcharte del lugar después de provocar el siniestro, pues estarías incurriendo en un delito de abandono del lugar del accidente recogido en el artículo 382 bis del Código Penal introducido por la Ley Orgánica 2/2019, de 1 de marzo.
Esta conducta se castiga con prisión de seis meses a cuatro años y te quitan el permiso de conducir entre uno y cuatro años.
¿Necesito defensa legal si me cogen bebiendo y conduciendo y me acusan de un delito de alcoholemia?
Está claro que sea como sea el delito de alcoholemia que hayas cometido, necesitas siempre asesoramiento legal por varias razones:
➡️Por Ley es obligatorio que en estos procesos estés asistido de abogado.
Pero no te sirve cualquier abogado.
Necesitas un abogado penalista experto en alcoholemias, porque te juegas mucho, incluyendo una posible pena de cárcel.
➡️Si, además de circular bebido, has provocado un accidente, el procedimiento penal es más complejo y no solo tienes una responsabilidad penal, sino también civil.
Esto requiere un conocimiento profundo de estas materias para valorar la mejor manera de defender tus intereses.
En Rodenas Abogados sabemos muy bien que estos casos son complicados y que te generan preocupación por las consecuencias legales que conllevan.
Por eso ponemos a tu disposición nuestro equipo de abogados penalistas para alcoholemias que pueden ayudarte.
Si tienes dudas o te cogen bebiendo y conduciendo y necesitas asesoramiento legal, puedes contactar con nosotros para una consulta sin compromiso donde analizamos tu caso y te hacemos una valoración sin compromiso.