Si necesitas saber qué es un mediador concursal, pues es un profesional que se nombra en un acuerdo extrajudicial de pagos para que se encargue de agilizar las negociaciones. Este profesional es nombrado cuando un deudor no cumple con sus pagos.
Es una figura de gran utilidad en las negociaciones y está establecido en la Ley de Segunda Oportunidad. Tiene como función plantear propuestas que beneficien a ambas partes en conflictos.
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Tabla de contenido
Funciones del Mediador Concursal
Las funciones que debe cumplir el mediador concursal no son con los acreedores ni con el deudor. Es una persona objetiva que únicamente busca solucionar de la mejor manera el concurso.
Cuando el mediador concursal acepta el nombramiento, la primera función es comprobar toda la documentación que le entregue el deudor. Si encuentra algún error, debe solicitarle el complemento o la corrección en plazo no mayor de 10 días.
Las funciones que tiene un mediador concursal están establecidas en el Título II «De la administración concursal«, de la Ley 22/2003, de 9 de julio, algunas de ellas son las siguientes:
1. Elaborar un informe concursal
El mediador concursal debe elaborar un informe en el que tiene que explicar cuáles son las razones que han llevado a la empresa a una insolvencia. También debe describir cuales es la situación que tiene la empresa, el informe debe contener lo siguiente:
- El estado financiero y contable del concursado, el cual tiene que incluir los activos y pasivos.
- La memoria con las decisiones tomadas por la administración concursal que se encuentren relacionadas con las acciones realizadas por el concursado.
- La lista de los acreedores, la cual debe contener la cantidad de sus créditos y la tipificación.
- La propuesta para un convenio o para la liquidación.
- Evaluación de las decisiones que el concursado tomó previo al concurso de acreedores.
2. Gestionar las actividades económicas del concursado
El mediador concursal debe gestionar las actividades económicas del concursado, para que pueda continuar realizando sus labores. Esto le permitirá disminuir en algo su insolvencia, entre las gestiones del mediador están las siguientes:
- Realizar acuerdos y elaborar contratos mercantiles que sean necesarios y en algunos casos los que estén relacionados con la liquidación y venta de bienes de la empresa.
- Debe realizar las funciones de administrador de la empresa, como son las declaraciones de impuestos, liquidaciones, cotizaciones, rendición de cuentas, entre otras.
- Convocar a los socios para que participen en reuniones o asambleas para establecer acuerdos y llegar a soluciones.
- El mediador concursal debe hacerse cargo de todas las actividades laborales de la empresa.
3. Otras funciones del mediador concursal
Entre las otras funciones que tienen el mediador concursal se encuentran las siguientes:
- Debe demostrar la existencia y la cuantía de los créditos con plazo de 15 días contados desde el nombramiento del notario o desde los 10 dados desde la aceptación.
- Convocar a una reunión a los acreedores y al deudor a una reunión, la cual se realizará en un plazo no mayor de 30 días en el domicilio del deudor. En los 15 días previos a la reunión, el Mediador Concursal debe enviar a los acreedores un acuerdo de pago extrajudicial.
Cuando el mediador envía el acuerdo le da 10 días de plazo al acreedor para que este haga una propuestas. Si el plazo se vence, el mediador concursal tiene que enviar a los acreedores un plan de pagos y las condiciones aceptadas por el deudor.
En caso de que la propuesta no sea aceptada y el deudor continua insolvente, el mediador concursal tiene que solicitar la declaración de concurso. Cuando esto ocurre, el mediador concursal debe asumir las funciones de administrador concursal.
Cuando la propuesta es aceptada y se cumple, el mediador concursal debe hacer constar la decisión en un acta notarial.
¿Qué debe contener el acuerdo extrajudicial de pagos?
Lo que debe contener el acuerdo extrajudicial de pagos, es una refinanciación o reestructuración de la deuda. La ley establece lo que el acuerdo debe contener que es lo siguiente:
- Las esperas cuyo plazo máximo es de 10 años.
- Las quitas, que son los acuerdos a los que llegan los acreedores y el deudor para solucionar situaciones de impago. Debe establecer a lo que el acreedor renuncia a cambio de asegurar el cobro del resto.
- La cesión de bienes para el pago o como forma de pago.
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El mediador concursal de Rodenas abogados le acompañamos durante todas las fases del proceso concursal. Nuestro trabajo finaliza cuando se firma el acuerdo entre deudor y acreedor.
- Elaboración de toda la documentación societaria y contable, para reunir los requisitos legales para solicitar el procedimiento concursal. Le proporcionamos asesoría preconcursal.
- Preparación de Planes de viabilidad y negociaciones con los acreedores para tratar de lograr un convenio extra-concursal.
- Asesoría laboral pre-concursal, despidos colectivos y elaboración de expedientes para la regulación de empleo temporal (ERTE’s).
- Realizar los trámites para la aprobación de acuerdos de refinanciación, propuestas de convenio y de acuerdos extrajudiciales de pagos.
- Presentar las solicitudes de declaración de concurso de acreedores, estos pueden ser voluntarios o necesarios.
- Defender, asesorar y acompañar al deudor cuando realiza solicitudes de declaración del concurso voluntario y concurso necesario.
Ponemos a disposición de los directivos y administradores especialistas para que ejerzan su defensa en la sección de calificación del concurso. También lo pueden defender ante posibles acciones declarativas de responsabilidad.
Les ofrecemos a las personas físicas que se encuentran en situaciones de insolvencia empresarial o familiar, asistencia de concurso de acreedores empleando el mecanismo de segunda oportunidad.
Le brindamos asesoría y prevenimos al cliente la posible existencia de casos de insolvencia. Si se presenta un alzamiento de bienes realizamos la defensa ante los tribunales.
¿Dónde solicitar la asesoría de un mediador concursal?
Las personas que quieren solicitar la asesoría de un Mediador Concursal, debe acudir a Rodenas Abogados. Contamos con profesionales con experiencia que prestan sus servicios como Mediador concursal.
El grupo de profesionales que ponemos a su disposición cuentan con la capacitación y la experiencia para efectuar procedimientos concursales. Le asesoramos para solucionar situaciones de insolvencia y reestructuraciones empresariales.
Disponemos de abogados, economistas, auditores y administradores todos especializados en Derecho Concursal. Estos profesionales estamos disponibles para asesorar a personas jurídicas o físicas estén ante un procedimiento de concurso de acreedores.
Las solicitudes de nuestros servicios lo pueden hacer a través de nuestros números telefónicos, visitando nuestras oficinas o enviándonos un correo electrónico. También puede visitar nuestro portal web y rellenar el formulario solicitando asesoría.
¿Quién nombra al mediador concursal?
El mediador se nombra por un Registrador Mercantil o Notario, previa solicitud del deudor. El nombramiento se hace con una lista facilitada por el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación del Ministerio de Justicia.
Cuando el mediador es seleccionado este debe aceptar el cargo, para que pueda iniciar con sus funciones y facilitar el acuerdo entre acreedores y deudor. La ley establece que este profesional debe recibir una retribución por las labores realizadas.
Para cumplir funciones de mediador concursal el profesional debe cumplir con requisitos establecidos en la Ley 5/2012, que son los siguientes:
- Debe tener el pleno ejercicio de sus derechos civiles, titulo de formación profesional superior o título universitario, una garantía o seguro de responsabilidad civil, experiencia como Mediador Concursal.
- La figura del mediador Concursal está regulada en artículo 233 de la Ley Concursal, por el artículo 11 de la Ley 5/2012, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, publicada el 6 de julio y Real Decreto 980/2013, de fecha 13 de diciembre.
xx¿Quién realiza el pago del mediador concursal?
El Mediador Concursal tiene derecho a recibir una retribución, el acreedor es la persona que debe realizar el pago. La cantidad que debe pagarse al Mediador la establece el Real Decreto 1860/2004.
La cantidad se determina de acuerdo con el nivel de complejidad que tenga el procedimiento, con el pasivo y el activo. El pago se divide en dos partes: una para la fase común del concurso y la otra para la fase de convenio o liquidación de la sociedad.
El pago del 50% de la fase común la debe recibir el mediador concursal en los primeros cinco días de haber sido nombrado por un juez. El 50% del pago de la fase de convenio o liquidación lo debe recibir los 5 días que siguen después de resolución de esta fase.
Requisitos necesarios para ser mediador concursal
El mediador concursal para ejercer el cargo debe cumplir con una serie de requisitos:
- Debe ser abogado o titulado mercantil especializado en Derecho Concursal, auditor de cuentas o economista. Además debe tener una experiencia mínima de cinco años realizando este tipo actividades. Los mejores nos encontramos en Rodenas Abogados, contamos con todo lo que usted necesita.
- El mediador concursal puede ser también una persona jurídica, la cual debe cumplir con los requisitos establecidos en la ley.
- La ley establece que no pueden ser mediadores concursales:
- La persona que cumpla funciones de administrador de sociedades anónimas o de sociedades de responsabilidad limitada, ni la persona que estuvo relacionado con el concursado en los últimos tres años.
- Las personas inhabilitadas por sentencia firme de desaprobación de cuentas en concursos anteriores.