La emancipación implica la adquisición de los derechos propios de la mayoría de edad, aún sin haber alcanzado la edad legal requerida. Mediante este proceso, se pone fin a la tutela o la patria potestad.
La emancipación puede lograrse de forma judicial o legal, y conlleva la anticipada privación de la patria potestad por parte de los padres sobre su hijo menor.
Es importante tener en cuenta que es un proceso irrevocable, a menos que sea revocado mediante una sentencia judicial fundamentada en la falta de idoneidad moral de alguno de los progenitores.
También es posible revocar la emancipación en caso de que se alegue el fallecimiento de los padres.
Es necesario tener en cuenta que este es un proceso legal complejo y se recomienda contar con el asesoramiento adecuado para llevarlo a cabo de manera correcta y efectiva.
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Tabla de contenido
Causas de emancipación
La emancipación puede solicitarse de diferentes formas, a saber:
Concesión de los padres que ejercen la patria potestad
El padre otorga su autorización a través de un acta, conocida como concesión paterna.
Según el artículo 241 del Código Civil, se puede conceder la emancipación mediante un acuerdo bilateral entre padre e hijo, siempre y cuando el hijo tenga al menos 16 años y cuente con el consentimiento necesario.
Esta solicitud se realiza mediante comparecencia registral o escritura pública, y se inscribe en el Registro Civil.
Concesión judicial
Se obtiene a través de una sentencia judicial conocida como concesión judicial. Este proceso es voluntario y se inicia por solicitud del hijo.
Para que sea concedida, se requiere que el menor tenga al menos 16 años, presente la solicitud, exista una causa legal que lo justifique y se realice una audiencia con los padres.
La concesión judicial es autorizada por un juez y se inscribe en el Registro correspondiente.
Emancipación fáctica
Se produce cuando el menor tiene una vida económica independiente y cuenta con el consentimiento de los padres. Sin embargo, esta forma de emancipación puede ser revocada.
Tipos de emancipación
Existen los siguientes tipos de emancipación:
1. Emancipación legal
La emancipación legal puede ocurrir en los siguientes casos:
- Por la muerte de la madre o del padre, solo si la patria potestad no la pueda ejercer el otro.
- Por el decreto que da la posesión definitiva o posesión provisoria de los bienes de la madre o del padre.
- Por el matrimonio del hijo o haber cumplido los dieciocho años de edad.
2. Emancipación judicial
La emancipación judicial puede ocurrir en los siguientes casos:
- Cuando alguno de los proteginores maltratan al hijo de forma habitual y si el otro no puede ejercer la patria potestad.
- Si la madre o el padre han abandonado al hijo y el otro no puede asumir la patria potestad.
- Cuando la madre o el padre por sentencia de un Juez han sido condenados por delitos que merezcan una pena.
- Si existe una inhabilidad moral o física de la madre o del padre, si al otro no le corresponde ejercer la patria potestad.
La resolución de emancipación la declara el Juez y deberá ir suscrita a un lado de la inscripción de nacimiento del hijo.
La reciente Ley 8/2021, aprobada el 2 de junio, ha introducido importantes modificaciones en el Código Civil, entre las cuales se destaca la inclusión de la figura del defensor judicial.
Esta institución se establece con el propósito de brindar apoyo en el ejercicio de las capacidades jurídicas de los menores de 16 años emancipados.
3. La mayoría de edad
Según el artículo 239 del Código Civil la emancipación puede darse de forma que el cuándo la persona cumple la mayoría de edad establecida en el Código Civil, que es el momento para tener plena capacidad para sus actos.
Derechos del menor emancipado
La emancipación proporciona al menor de edad las mismas responsabilidades y derechos legales que un adulto. El menor de edad emancipado tiene derecho a lo siguiente:
La emancipación le permite al menor decidir sobre su persona y sus bienes al igual que un mayor de edad.
Limitaciones a la emancipación
Ley establece limitaciones para efectuar algunos actos para los cuales el emancipado necesita el consentimiento de sus padres o de su tutor son:
- La venta de un establecimiento industrial o mercantil.
- Solicitar un préstamo o hipoteca.
- Vender bienes inmuebles o bienes de extraordinario de valor como son joyas.
Si quieres realizar cualquiera de estos actos el emancipado necesita la autorización de los padres o un curador en el caso que los padres hayan muerto.
En caso que el menor emancipado realice cualquiera de dichos actos sin la autorización requerida, estos serán anulables por no cumplir con los requisitos legales oportunos.
Puede vivir por su cuenta, quedarse con el dinero que obtenga, casarse, inscribirse en la escuela, hacer un testamento, realizar negocios
Autorizar su propia atención médica, salud mental y dental, también podrá solicitar ayuda médica, solicitar ayuda de bienestar social.
Firmar contratos, incluso un contrato de alquiler. Puede ser demandado por alguien y demandar a alguien.
Si tiene hijos podrá tomar decisiones para su propio hijo.
Causas para anular la orden de emancipación
La orden de emancipación podrá ser anual a solicitud ante el tribunal de la madre, del padre o del mismo menor de edad. Esta se dará en los siguientes casos:
- Cuando se demuestre que el menor de edad no tiene la forma de mantenerse.
- Por un acuerdo entre los padres y el menor de edad de solicitar la cancelación de la orden o debido a que la familia está unida de nuevo.
- Con la emancipación los niños pasan a ser adultos legalmente antes de cumplir la mayoría de edad y ya no tendrá que ser mantenido por sus padres. Cuando el menor obtiene la emancipación los padres ya no tendrán la custodia ni control sobre él.
- Para solicitar una emancipación o la anulación de la misma es mejor contar con la asesoría de especialista con experiencia en este tipo de trámites.
Para ello, se requiere de un abogado en derecho civil especializado en derecho de familia, los cuales están disponibles en Rodenas Abogados.
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