orden de alejamiento

La orden de alejamiento en España consiste en una pena de privación de derechos donde se le prohíbe al agresor de comunicarse o acercarse con la víctima.

También puede prohibirse que se acerque a los familiares de la víctima que determine un juez. Esta es una medida legal establecida en el Código Penal español.

Esta orden es una pena privativa porque se le prohíbe al agresor la libertad de movimiento, pero con el objeto de proteger a otra persona.

La orden le prohíbe acercarse al centro del trabajo de la víctima, su residencia y a cualquier lugar donde se encuentre.

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¿Qué es una orden de alejamiento?

Esta es una medida cautelar que tiene como objetivo prevenir que se cometa un delito de quebrantamiento de condena, algo que es muy frecuente en violencia doméstica y de género.

La medida se encuentra regulada en el Código Penal Sección 3ª correspondiente a la penas privativas de derechos, Capítulo I correspondiente a la pena, efectos y sus clases, Título III las penas.

Esta definición consiste en establecer a un agresor la imposibilidad o prohibición de acercarse o comunicarse a la víctima o a sus familiares que indique el juez.

La orden de alejamiento es una herramienta jurídica eficaz del ordenamiento penal que puede ser una medida cautelar o una pena accesoria. La forma de la orden depende del momento procesal en que se acuerde.

Cuando la orden se acuerda durante la fase de instrucción se considera como una medida cautelar hasta que se dicta sentencia. En los casos que es impuesta al momento de dictar sentencia se considera como pena accesoria.

El objetivo de la orden de alejamiento es proteger la vida, los bienes, la libertad y la integridad física de la víctima, además de evitar nuevas agresiones. Para lograr la eficacia de esta medida de la orden se persigue restringir la libertad de movimiento del investigado, por lo que no podrá acercarse a la víctima ni estar en el mismo lugar que ella.

¿Dónde se regula la orden de alejamiento?

La definición de la orden de la orden de alejamiento se encuentra en el artículo 48 del Código Penal:

1. La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos impide al penado residir o acudir al lugar en que haya cometido el delito, o a aquel en que resida la víctima o su familia, si fueren distintos. En los casos en que exista declarada una discapacidad intelectual o una discapacidad que tenga su origen en un trastorno mental, se estudiará el caso concreto a fin de resolver teniendo presentes los bienes jurídicos a proteger y el interés superior de la persona con discapacidad que, en su caso, habrá de contar con los medios de acompañamiento y apoyo precisos para el cumplimiento de la medida.

2. La prohibición de aproximarse a la víctima, o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, impide al penado acercarse a ellos, en cualquier lugar donde se encuentren, así como acercarse a su domicilio, a sus lugares de trabajo y a cualquier otro que sea frecuentado por ellos, quedando en suspenso, respecto de los hijos, el régimen de visitas, comunicación y estancia que, en su caso, se hubiere reconocido en sentencia civil hasta el total cumplimiento de esta pena.

3. La prohibición de comunicarse con la víctima, o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, impide al penado establecer con ellas, por cualquier medio de comunicación o medio informático o telemático, contacto escrito, verbal o visual.

4. El juez o tribunal podrá acordar que el control de estas medidas se realice a través de aquellos medios electrónicos que lo permitan.

Artículo 48 del Código Penal

¿Cómo se controla una orden de alejamiento?

La persona a la que se le haya impuesto la orden de alejamiento no podrá acercarse a la víctima a una distancia determinada por el juez de instrucción o de lo penal.

Tampoco se puede tener contacto con la víctima a través de cualquier medio, ni en persona, ni mediante una tercera persona.

El agresor tampoco podrá comunicarse por vía electrónica, como es el contacto a través de una red social (WhatsApp, Facebook o Instagram), llamadas telefónicas o mensajes por correo electrónico.

Además se le prohíbe asistir a lugares que sean frecuentados de forma habitual por la víctima.

Cuando la víctima y el agresor son pareja y tienen hijos en común la orden de alejamiento suspende el régimen de visitas con los hijos menores.

La distancia que se fija para la orden de alejamiento queda a disposición del juez, pero normalmente es de 500 metros a 1 o 2 kilómetros de distancia.

La ley no establece ninguna normativa relacionada con la distancia deja encargado al órgano judicial. Para que este establezca la distancia de seguridad sin que exista ningún tipo de motivación especial.

El juez deberá estudiar cada caso en particular para que pueda determinar la distancia para protección y seguridad de la víctima.

Para que se cumpla la distancia se han diseñado los equipos de detección de proximidad, un equipo electrónico o las pulseras GPS.

Estos dispositivos son utilizados en los casos en que se considera que la víctima está expuesta a un alto riesgo. Para la colocación de este dispositivo se requiere la autorización del juez, será el único encargado de decidir la utilización de este dispositivo.

¿A quién protege una orden de alejamiento?

La validez y aplicación de la orden de alejamiento es para los delitos de violencia doméstica o violencia de género. Por lo que esta orden se destina a la protección de las siguientes personas físicas:

  • El cónyuge o la persona con quién mantenga relación afectiva.
  • Los descendientes.
  • Los menores de edad que se encuentren bajo el régimen de tutela.

¿Cuáles son los delitos que originan la orden de alejamiento?

Los delitos que originan la orden de alejamiento según la ley son los siguientes:

  • Los delitos que atentan contra la vida, integridad moral o física, entre ellos están:
    • El acoso.
    • Los malos tratos.
    • Torturas.
    • Homicidio.
    • Violencia física o psíquica.
  • Los que atentan contra la seguridad o la libertad, entre ellos:
  • Y aquellos que atentan contra la libertad sexual, como:
    • Acoso y abuso sexual.
    • Violación.
    • Exhibicionismo.

¿Quién puede solicitar la orden de alejamiento?

La solicitud de la orden de alejamiento la pueden hacer ante la guardia civil, la policía, el Juez o el Fiscal, las siguientes personas:

  • La misma víctima, el juez de oficio o el ministerio fiscal.
  • La pareja de hecho o el cónyuge de la víctima, los abuelos o padres de la víctima, los hijos y los menores que conviven con la víctima.
  • Los organismos asistenciales, bien sean privados o públicos, que conozcan de algún delito de violencia de género. Están en la obligación de informar de inmediato al Fiscal o al Juez de Guardia para que dicte la orden de alejamiento para la protección de la víctima.

¿Cuáles son los requisitos para pedir una orden de alejamiento?

Los requisitos obligatorios que se necesitan para establecer una orden de alejamiento son los siguientes:

  • La única persona que tiene autoridad para acordar e imponer una orden de alejamiento es un juez. Cuando esta orden es solicitada, el juez necesita la existencia de varios hechos para que la decisión de imposición esté justificada.
  • Lo primero que requiere el juez es la presentación de la denuncia de la comisión de un delito por parte de la víctima. Para que el juez acepte la denuncia la víctima debe aportar las pruebas para acreditar el delito.
  • La víctima con las pruebas debe demostrar al juez que existen suficientes, claros y fundados indicios de la necesidad de aplicación de la medida.

Para el juez dictar la orden de alejamiento tiene que considerar que la víctima se encuentra en una situación extremadamente peligrosa. Para que sea imprescindible limitar la libertad de una tercera persona.

¿Cuánto dura una orden de alejamiento?

La pena la establece un tribunal o un juez y es quien determina la duración. La finalización de la orden de alejamiento cuando es una medida cautelar establecida en la fase de instrucción, es cuando se celebre el juicio.

En los casos que la orden de alejamiento se originó en una sentencia, finalizará cuando el tribunal o el juez consideran que la víctima no requiere protección.

El tiempo de duración de una orden de alejamiento va de uno año a diez años, según la gravedad de los hechos.

¿Qué pasa cuando no se cumple con una orden de alejamiento?

La orden de alejamiento es de obligatorio cumplimiento y existen dos casos en que se puede incumplir.

El juez para asegurarse del cumplimiento de la orden puede adoptar medidas de control, como la colocación de un dispositivo o pulsera electrónica en el cuerpo del agresor.

Estos dispositivos ayudan a detectar el quebrantamiento de la orden de alejamiento y de inmediato avisa a las autoridades. Si no estás de acuerdo con esta decisión en nuestro despacho de abogados penalistas la podemos recurrir.

Los casos en que se puede incumplir la orden de alejamiento son los siguientes:

  • Cuando la víctima y el agresor se encuentran de manera casual y no existe el dolo, el hecho queda impune. Pero sólo en los casos que el agresor se aleja del lugar de forma voluntaria.
  • El otro caso es vivir juntos con orden de alejamiento y por tanto existe dolo, estaríamos ante un delito de quebrantamiento de condena. Para lo cual en el artículo 468.2 del Código Penal establece las siguientes penas:
    • Cuando la orden de alejamiento se pone por delitos de violencia doméstica o de género, conlleva una pena de prisión de 6 a 12 meses.
    • En los casos de que la orden se origine por cualquier otro delito, se impondrá una multa de 12 a 24 meses.
    • Cuando el incumplimiento de la orden se debe a que el acusado ha manipulado o se ha quitado el dispositivo electrónico. Esto lo ha hecho con fines maliciosos como acercarse a la víctima y se le impondrá una multa de 6 a 12 meses.

¿Cómo quitar una orden de alejamiento?

El levantamiento de la orden de alejamiento la realiza el Juez sólo si se trata de una medida cautelar. Pero ello, sólo será posible si se modifican las condiciones sustanciales que originaron la decisión de imponer tal medida.

La forma de solicitar la retirada o fin de la orden de alejamiento se presenta un escrito al juzgado de instrucción. En el cual la víctima debe manifestar su decisión de retirar la orden y explicar los motivos que lo llevaron a tomar la decisión, además debe firmar el escrito.

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2 comentarios en “En qué consiste una orden de alejamiento”

  1. Tengo una orden de alejamiento de 6 meses sobré un vecino cuándo inicia la orden en la sentencia del juez instructor 18/03 o en la sentencia firme del juez audiencia provincial 17/07? Pusieron una multa de 300€, pero en la ejecutoria pone 09/09, ahí no cuenta el inicio del alejamiento no?
    Son cosas distintas.

    1. Buenas tardes José,

      Entendemos que lo anterior sería una orden de alejamiento provisional y en la ejecutoria es digamos la definitiva que dictamine el Juez.

      Esperamos haber resuelto tu duda. De todas formas en conveniente que nos contactes para analizar más fondo la resolución que nos comentas.

      Un saludo,

      Equipo de Rodenas Abogados

Los comentarios están cerrados.

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