Nulidad del aval hipotecario - Consulta a nuestros expertos bancarios

La nulidad aval hipotecario es determinada por un juzgado cuando el banco no explica de forma detallada las condiciones del aval. Puede ocurrir también cuando suministra información inexacta en relación con su duración o límites.

El aval hipotecario es una garantía en caso de que se incumpla en el pago de la hipoteca, es una forma de asegurar el cumplimiento de la cantidad de dinero prestada.

Esto le permite saber a la institución financiera o banco que el titular de la hipoteca está dispuesto a cumplir con sus obligaciones económicas.

¿Qué es un préstamo con aval hipotecario?

El préstamo con aval hipotecario es solicitado para diferentes fines, no sólo para adquirir una vivienda. Para que este préstamo sea concedido el solicitante pone como garantía de pago un inmueble que sea de su propiedad o que haya pagado al menos el 80%.

Esto se hace por si en algún momento que no pueda realizar el pago de las cuotas mensuales del mismo. El banco podrá hacer cumplir los derechos adquiridos sobre el inmueble, como parte de pago de lo adeudado.

El préstamo con aval hipotecario por lo general está disponible para aquellas personas que se encuentran en una mala situación económica o no pueden abonar gran parte de la misma.

Esto se debe a que una persona siempre puede tener un gasto imprevisto o una deuda pendiente por pagar, y alguien tiene que responder.

Este préstamo puede ser otorgado así el solicitante se encuentre en alguna lista de morosos. El préstamo con aval hipotecario resulta una buena alternativa para las personas que desean emprender un negocio y para ello requieren importes elevados que no requieren ninguna justificación.

¿De qué avales se puede solicitar su nulidad?

La nulidad aval hipotecario puede solicitarse de los siguientes tipos de avales:

1. El aval con garantía hipotecaria

La jurisprudencia llama a este tipo de aval como de doble garantía, porque por un lado se establece una garantía hipotecaria sobre un inmueble. Pero además se refuerza con la garantía frente a un avalista donde se pone como garantía sus bienes o propiedades presentes y futuras.

2. Aval de Préstamos con Renuncia

En este tipo de aval el solicitante del préstamo renuncia a los derechos de división, excusión y orden. Esto suele ocurrir con la mayoría de los avales en las pólizas de crédito bancario que se establecen con y sin garantía hipotecaria.

Por lo general estas pólizas llevan en su redacción confusas cláusulas de renuncia de derechos que colocan al consumidor en una posición de inferioridad.

3. Aval Altruista

Estos tipos de avales son aquellos que se solicitan para adquirir un inmueble a favor de una empresa. En el que se establece una garantía con el inmueble que se está adquiriendo y además se exigen un aval por persona física.

La persona física es consumidor que no tiene ningún beneficio oneroso o relación en lo mercantil y su actuación es de forma altruista.

¿Cómo solicitar la nulidad del aval hipotecario?

La solicitud de la declaración de nulidad de una cláusula de garantía solidaria por abusiva, se puede realizar. Puede ser declarada la nulidad en caso de que la persona que celebró el contrato desconocía que tenía que responder de forma solidaria por todas las obligaciones y deudas contraídas por otras partes.

Cuando se incluye una cláusula de garantía solidaria en un contrato se puede declarar la nulidad del aval hipotecario por razones de injusticia. La cláusula de garantía solidaria exige que todas las partes involucradas en un contrato sean responsables de su cumplimiento, así no hayan contribuido en su creación o ejecución.

Lo que significa que, si una de las partes no cumple con sus obligaciones de acuerdo con lo establecido en el contrato. Las otras partes continúan siendo responsables por su parte de dichas obligaciones.

Las personas que se ven vinculadas injustamente en una disposición de este tipo, puede hacer una solicitud de declaración de nulidad debido a la injusticia. La solicitud se debe presentar en los tribunales competentes que son los únicos que se pueden pronunciar sobre las cláusulas abusivas o nulas de un contrato.

Esto significa que para quitar aval hipotecario es obligatorio iniciar un procedimiento judicial, el cual requiere la intervención de abogados y procuradores. Para iniciar el procedimiento judicial es necesario que concurran las razones establecidas para la nulidad.

Para iniciar esta acción judicial no es necesario que se haya incumplido con el pago del préstamo, se puede hacer hasta si la amortización se encuentra al día.

¿Cuáles son los motivos por los que se declara la nulidad aval hipotecario?

La declaración de nulidad por lo general se hace por cláusulas impuestas por las instituciones bancarias. Por las cuales las entidades bancarias no aceptan ningún tipo de negociación.

Los avalistas hipotecarios por lo general son consumidores que la cláusula del aval, los coloca en una situación de desequilibrio frente a la entidad bancaria. La cual cuenta con una doble garantía que es la corresponde a la hipoteca y la personal del fiador. El cual está obligado a responder con todos sus bienes de la devolución del préstamo.

Las instituciones bancarias por lo general no explican ni brindan una información sobre esta garantía. Lo que trae como consecuencia es que el posible fiador se compromete con la operación financiera sin conocer el verdadero alcance del aval, sus límites y duración.

El avalista hipotecario no conoce las graves consecuencias que tiene para su patrimonio que el deudor no cumpla con la obligación de pago. En estos casos es posible que la cláusula del aval hipotecario sea declarada abusiva o nula, lo cual se conoce como falta de transparencia.

Las cláusulas de aval hipotecario todas sin excepción tienen una renuncia de derechos. Las cuales colocan nuevamente al avalista en una situación de inferioridad en relación con la entidad financiera.

El avalista hipotecario renuncia concretamente en estas cláusulas a los derechos de orden, división y excusión. Estos derechos son reconocidos en el Código Civil a todos los fiadores o avalistas.

El acreedor teniendo estos derechos, debería para hacer efectivo el cobro dirigirse primero contra los bienes del deudor principal. En caso que estos bienes no sean suficientes, es cuando puede dirigirse contra los bienes del avalista.

Cuando el avalista hipotecario renuncia a estos derechos al originarse el impago el acreedor se puede dirigir directamente contra bienes del deudor principal. Pero al mismo tiempo puede dirigirse contra el avalista hipotecario.

¿Cuál es la diferencia entre aval y garante hipotecario?

El aval hipotecario es una clase de garantía que ofrece una persona donde se compromete con el hipotecado a pagar sus deudas. En caso de que el titular de la hipoteca no pueda hacerlo.

El avalista hipotecario ofrece su estabilidad económica y hasta sus bienes como seguro de que pagará las cuotas de la hipoteca. Esta es una situación muy arriesgada porque si el hipotecado no paga sus cuotas el avalista pierde su patrimonio.

El aval hipotecario por lo general se utiliza cuando el importe de la hipoteca es muy alto. Pero el deudor no cuenta con las garantías suficientes para asegurar a la institución financiera el pago de la hipoteca.

La garantía hipotecaria se conoce también como garantía adicional, consiste en la entrega de un bien específico. Este bien suele ser un inmueble, como garantía en el caso de que el deudor incumpla con el pago de las cuotas de la hipoteca.

En algunos la garantía hipotecaria es la misma propiedad hipotecada, en otros casos el deudor ofrece otro inmueble como garantía. En la garantía hipotecaria se compromete un inmueble, que puede ser el hipotecado u otro que sea propiedad del cliente antes de otorgarle el préstamo.

Este inmueble sería embargado en caso de que el deudor de forma continuada incumpla con el pago de las cuotas de la hipoteca.

Con esto se puede determinar que la principal diferencia entre un aval y un garante hipotecario es que: el avalista es un tercero que compromete sus bienes y el garante es el mismo solicitante de la hipoteca que ofrece la doble garantía comprometiendo su patrimonio.

¿Cuánto dura el aval hipotecario?

El aval hipotecario dura el tiempo que el hipotecado tarda en pagar la totalidad de la deuda. El aval sólo puede desaparecer antes de que se pague el préstamo hipotecario cuando se declara la nulidad aval hipotecario debido a que contiene cláusulas abusivas.

El avalista mantiene el vínculo con el préstamo hipotecario hasta que el deudor paga la deuda. Lo cual ocurre porque ha cumplido las obligaciones garantizadas, que era la devolución de la cantidad prestada con sus intereses.

Al cumplir con el pago de la deuda se libera el avalista hipotecario y el deudor principal. En caso de que sea un aval parcial, el avalista ya no tiene la obligación de responder con su patrimonio por el incumplimiento del pago de la deuda cuando se cancela la cantidad especificada en el contrato.

La otra forma de liberarse del aval es cuando se logra un acuerdo con la institución financiera para la condonación de la deuda.

Para que finalice un aval hipotecario sólo es necesario cumplir con la cancelación de la hipoteca. Cuando el pago se realiza no se necesita realizar el trámite de la cancelación registral de la hipoteca y tampoco es necesario que se otorgue la escritura de carta de pago

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