Nuestros abogados analizan la posibilidad de hacer una demanda de modificación de medidas paterno filiales cuando se producen cambios sustanciales tras el divorcio, como por ejemplo el quebrantamiento de los deberes de custodia
Las medidas paterno filiales se adoptan en un procedimiento judicial de separación o divorcio inminente con hijos menores.
En ellas se determinan todos los aspectos relacionados con los hijos menores y tratan de protegerlos después de la disolución de una relación de pareja.
La modificación de medidas paterno-filiales establece un cambio en la sentencia de divorcio previamente dictada por un juez.
Indícanos los siguientes datos para solicitar una modificación de medidas paterno filiales.
- Juzgados donde está registrado.
- Tipo de proceso: con o sin acuerdo.
- Número de hijos en común.
- Edades de los hijos: 16 años.
- Hechos a modificar: actualización de la pensión de alimentos al IPC, pensión compensatoria o custodia.
Si quieres modificar las medidas paterno filiales, puedes consultarnos sin compromiso, llamando al teléfono 665 49 23 96 o enviando un formulario comentando tu caso.
Llámanos, Rodenas Abogados es un despacho de abogados especialistas en derecho de familia que presta asistencia jurídica a nivel nacional.
Tabla de contenido
¿Cómo un iniciar un procedimiento de modificación de medidas paterno filiales?
El procedimiento de medidas paterno filiales se realiza de acuerdo a los convenios a los que llegaron los progenitores en el proceso de divorcio o separación. A este se puede llegar de la siguiente manera:
De mutuo acuerdo: las medidas se establecieron a través de un convenio regulador, donde los progenitores decidieron sobre diferentes aspectos relacionados con los hijos menores.
Por la vía contenciosa: las medidas paterno filiales se toman por un Juez, siempre pensando en los intereses de los menores.
¿Qué aspectos engloban las medidas paterno filiales?
Los aspectos que engloban las medidas paterno filiales son los siguientes:
- La guarda y custodia de los hijos, esta se puede establecer como custodia monoparental o custodia compartida.
- El régimen de visitas que se establece a favor del progenitor no custodio cuando se ha escogido el tipo de custodia monoparental.
- El uso de la vivienda familiar por parte de uno de los cónyuges.
- La pensión de alimentos, la cual se establece de acuerdo con los gastos del menor y el ingreso de los progenitores.
- La pensión compensatoria que será para el cónyuge, esto sin que su situación económica se vea afectada por el divorcio.
¿Por qué solicitar una modificación de medidas paterno-filiales?
La demanda de una modificación de medidas paterno filiales, requiere que se certifique un cambio importante en las circunstancias que dieron origen a este procedimiento.
Entre las razones para solicitar una modificación de medidas paterno filiales se encuentran las siguientes:
- Cambios en la situación económica de los progenitores, quienes pueden haber mejorado su situación económica o quedar desempleados. Esto produce un cambio en la cantidad de la pensión de alimentos y en casos extremos la suspensión temporal de la misma.
- La solicitud de modificación de la pensión de alimentos o de la guarda y custodia, se puede hacer por la nueva maternidad o paternidad de uno de los progenitores. Lo que obliga a la parte a revisar la distribución de tiempo y de sus ingresos para hacer frente a la nueva situación.
- También se puede hacer debido a una mudanza o traslado a otra ciudad por cuestiones laborales. La solicitud la hace el progenitor para el cambio en el régimen de visitas y que los hijos vivan con él en vacaciones.
- La modificación de medidas puede hacerse por el cambio de las edades de los hijos, y darle prioridad en las necesidades de éstos de acuerdo con su desarrollo. También se puede solicitar un cambio en el uso de la vivienda familiar.
Procedimientos para la modificación de medidas paterno-filiales
El procedimiento para la modificación de medidas paterno filiales que regulan el divorcio o la separación, se hace en un proceso judicial. Este puede ser de mutuo acuerdo o contencioso.
La utilización de cualquiera de los dos procesos busca un cambio en las medidas establecidas en una sentencia de separación o de divorcio. Esto se hace cuando existe una importante alteración en las circunstancias personales o económicas de uno de los progenitores.
La Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) regula el procedimiento contencioso de modificación de las medidas matrimoniales y el procedimiento de mutuo acuerdo entre las partes.
El procedimiento para la modificación de medidas paterno filiales se encuentra regulado en el artículo 775.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Este se inicia a través de la presentación de una demanda de divorcio.
La presentación de la demanda se hace en el Juzgado que estableció las medidas, debe ir acompañada de una propuesta de modificación de dichas medidas y del convenio regulador. En el proceso también interviene el Ministerio Fiscal por haber hijos menores o incapacitados.
Procedimiento de mutuo acuerdo para la modificación de medidas paterno-filiales
El procedimiento de mutuo acuerdo para la modificación de medidas paterno filiales se hace según lo que establece el artículo 777 de la la Ley de Enjuiciamiento Civil y consiste en la redacción de un nuevo Convenio Regulador.
El procedimiento para solicitar la modificación de medidas definitivas, lo puede iniciar ambos cónyuges de común acuerdo o lo puede hacer uno, pero con el consentimiento del otro y deben presentar una propuesta de convenio regulador.
La solicitud del procedimiento se debe hacer en el Juzgado donde se emitieron originalmente las medidas. Los progenitores deben ser representados por un procurador y asistidos por un abogado de familia en Madrid.
Cuando existan hijos incapacitados o menores, el Ministerio Fiscal debe garantizar que dicho convenio regulador proteja sus intereses. Luego de admitido y revisado, los progenitores serán citados para ratificar el convenio, para después el Juzgado dictar la resolución judicial.
Procedimiento contencioso para la modificación de medidas paterno-filiales
El procedimiento contencioso para la modificación de medidas paterno filiales, está regulado en el artículo 779 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Este se tiene que iniciar solamente por una de las partes, no requiere del consentimiento de la otra parte.
El demandante debe acreditar un cambio en las circunstancias familiares que justifique el establecimiento de nuevas medidas paterno filiales. La demanda de solicitud de modificación de medidas debe ir acompañada con la documentación que certifica el cambio.
El procedimiento de modificación de medidas, al igual que el procedimiento de separación o divorcio, permite que se soliciten medidas provisionales de las medidas definitivas. Lo cual está regulado por el artículo 773 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Este procedimiento se hace con el propósito de adaptar lo más pronto posible la resolución judicial a las nuevas circunstancias existentes. Para ello, debe haberse comprobado que si hubo una modificación sustancial de las circunstancias que se tuvieron presentes en el procedimiento de separación o divorcio.
Cuando la demanda de solicitud de modificación de medidas paterno filiales es admitida a trámite, se traslada al Ministerio Fiscal en caso de que haya hijos incapacitados o menores y al otro cónyuge.
Las partes son citadas por el juez para tratar de lograr un acuerdo entre los progenitores, de no conseguirse, este será el encargado de decidir si se hace el cambio en las medidas paterno filiales.
Requisitos para una modificación de medidas paterno filiales
La modificación de medidas paterno filiales requieren de la existencia de ciertas condiciones, entre ellas están las siguientes:
- Debe existir un cambio en las circunstancias respecto a la situación inicial.
- El cambio en las circunstancias debe ser importante y surgir luego de la sentencia.
- La nueva circunstancia que se presenta no debe ser provocada de forma voluntaria y se estima que se prolongue por un tiempo. Esta debe ser aprobada por el solicitante y deben ser beneficiosas para los hijos.
¿Qué medidas paterno filiales pueden modificarse?
Las medidas paterno filiales que pueden modificarse son las siguientes:
La custodia de los hijos
La modificación de custodia de los hijos puede ser solicitada por las variaciones en las condiciones laborales, que puede deberse a una mayor flexibilidad horaria. También puede ocurrir porque han mejorado las relaciones con el cónyuge que tiene la custodia.
La solicitud de esta modificación también puede deberse a que se verán a los hijos con más frecuencia de lo establecido en el convenio regulador. Los cambios que se producen en la vida de los progenitores pueden ayudar a conseguir una modificación en la custodia de los Hijos.
La pensión de alimentos
La solicitud de la modificación de la pensión de alimentos puede ser por una reducción, para aumentarla o para suprimirla. Esto ocurre cuando se producen cambios importantes en la capacidad económica del progenitor que tiene esta medida.
La patria potestad
La patria potestad debe ser de ambos progenitores, pero puede hacerse una solicitud de modificación de esta medida. La nueva medida puede ser privación de la patria potestad o la atribución exclusivamente a uno de los progenitores.
La privación de la patria potestad total o parcial a uno de los progenitores está establecida en el Código Civil en el artículo 170 y es por incumplimiento de los deberes que ella origina.
La atribución exclusiva de la patria potestad a uno de los progenitores está establecida en el Código Civil en el artículo 155. Esta se da debido a que uno de los progenitores no puede cumplir con sus funciones.
El régimen de visitas
La modificación del régimen de visitas puede producirse por cambios importantes y deben beneficiar a los hijos. Estos pueden solicitarse por los cambios en la edad de los hijos, en los horarios de los progenitores o de lugar de residencia.
El uso de la vivienda familiar
La modificación en el uso de la vivienda familiar se puede hacer cuando el beneficiario no hace uso de este derecho.
La pensión compensatoria
La solicitud de modificación de la pensión compensatoria se puede hacer para eliminarla o reducirla debido a los cambios en la vida de los cónyuges.