El modelo 349 Hacienda es una declaración informativa donde se relacionan las operaciones intracomunitarias realizadas por el contribuyente del IVA durante el año fiscal. En este formulario debe reflejarse de forma recapitulativa las operaciones intracomunitarias donde un sujeto pasivo del impuesto haya participado.
Este modelo debe ser utilizado por las empresas y autónomos que realicen operaciones intracomunitarias para explicar los detalles a la Agencia Tributaria. Por ser una declaración informativa no se tiene que realizar ningún pago.
Tabla de contenido
¿Qué es el modelo 349?
El nombre oficial que le ha dado Hacienda al modelo 349 es Declaración recapitulativa de Operaciones Intracomunitarias. Las operaciones intracomunitarias son cuando se realiza la compra o venta de un servicio o bien a una empresa que está situada en un país de la Unión Europea.
La regulación de la declaración recapitulativa de Operaciones Intracomunitarias es encuentra desde el artículo 78 hasta el 81 del Reglamento del IVA. Este reglamento fue aprobado por la Orden Ministerial EHA/769/2010, con fecha 18 de marzo en donde se aprueba el modelo 349 AEAT y por el Real Decreto 1624/1992, con fecha 29 de diciembre, y.
Los profesionales y empresarios deben presentar una declaración recapitulativa de las prestaciones y adquisiciones intracomunitarias de servicios. También por las operaciones intracomunitarias de bienes.
La declaración informativa se hace por períodos que pueden ser mensual, trimestral o bimestral. Para realizar la declaración de una operación intracomunitaria tienes que estar dado de alta en el Registro de Operaciones Intracomunitarias (ROI), emitir la factura sin IVA y tener el Código de Identificación Fiscal intracomunitaria.
La información presentada en el modelo 349 Agencia Tributaria debe coincidir obligatoriamente con la información que se presente en el modelo 303 de IVA. El cual corresponde al mismo periodo.
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¿Quién está obligado a presentar el modelo 349?
Están obligados a presentar el modelo 349 todos los sujetos pasivos del Impuesto sobre Valor Añadido (IVA). Siempre que hayan efectuado operaciones intracomunitarias, las cuales es obligatorio notificar a Hacienda.
Las condiciones para que existan las operaciones intracomunitarias son las siguientes:
La operación no se puede realizar en el territorio donde se aplica el impuesto. Esto quiere decir que la compraventa debe efectuarse desde cualquiera de los 28 países de la Unión Europea. La misma debe dirigirse a otro también comunitario pero que tenga un gravamen diferente.
El comprador y vendedor de la operación deben ser trabajadores autónomos o sociedades. Los dos deben encontrarse registrados de forma oficial como operador intracomunitario y tener adjudicado un número identificativo.
Es importante señalar que las operaciones con Melilla, Canarias y Ceuta, a pesar de ser territorios con tributos diferentes a los demás de la Península. Las operaciones con ellos no se consideran intracomunitarias sino exportaciones o importaciones.
El modelo 349 ¿cuándo se presenta?
La presentación modelo 349 es de acuerdo con la cantidad de facturación de la empresa, por lo que puede ser mensual, bimestral o trimestral. El plazo modelo 349 es el siguiente:
La presentación del modelo 349 mensual es durante los primeros 20 días naturales correspondiente al mes inmediatamente siguiente al período mensual. Esto no se aplica únicamente en el mes de julio, porque se puede presentar durante el mes de agosto o en los primeros 20 días naturales del mes de septiembre.
El modelo 349 mensual se hace cuando en el siguiente caso: si el coste total de las entregas de prestaciones de servicios y bienes intracomunitarias durante el trimestre en curso o en los cuatro trimestres naturales anteriores supera el límite de los 50.000 euros.
La presentación bimestral del modelo 349 AEAT se hace cuando se presenta la siguiente situación: que al final del segundo mes de un trimestre natural el valor total de las prestaciones de servicios y entregas de bienes que deban presentarse en la declaración sobrepase los 50.000 euros.
La presentación trimestral del modelo 349 AEAT se hace cuando el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios que deban presentarse en la declaración no supere los 50.000 euros. Esto ocurre durante el trimestre de referencia y en cada uno de los cuatro trimestres anteriores.
Cuando la presentación se tenga que hacer trimestral el plazo modelo 349 es:
- El primer trimestre se presenta entre el 1 y el 20 de abril.
- El segundo trimestre es desde el 1 hasta el 20 de julio.
- El tercer trimestre debe presentar a partir del 1 hasta el 20 de octubre.
- El cuarto trimestre se tiene que presentar entre el 1 y el 30 de enero del año siguiente.
¿Cómo presentar modelo 349?
La presentación modelo 349 la puedes hacer de forma telemática ingresando al portal web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Para ello necesitas el certificado o el Documento Nacional de Identidad electrónico.
Puedes presentar modelo 349 a través de un software de contabilidad que permite realizar el cálculo. También se puede descargar e importar el fichero desde el ordenador al sistema de la Agencia Tributaria.
Las instrucciones modelo 349 para la presentación telemática son las siguientes:
Lo primero es ingresar al portal web de la Agencia Tributaria y acceder al apartado de Impuestos y tasas. A continuación, pulsamos en Declaraciones informativas y seleccionamos el Modelo 349 cuyo nombre oficial es Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.
Lo siguiente es ubicar el apartado de Trámites, después Presentación donde solicitará el ingreso del certificado electrónico, la clave PIN o el DNI electrónico. Esto será lo que permita hacer los trámites.
En esta sección aparece el formulario del modelo 349 y de inmediato aparece un pop-up. Para seleccionar si se quiere importar la información desde un fichero o si se quieren rellenar a mano.
Cuando se haya importado el fichero los datos se completarán de forma automática. Lo siguiente es revisar con mucho cuidado los datos y si están correctos se presiona en Firmar y enviar para finalizar con la presentación del modelo 349.
¿Cómo llenar el modelo 349?
Las instrucciones modelo 349 te ayudarán a completar de forma sencilla este formulario, ellas son las siguientes:
Página 1
Esta página es un resumen de la declaración y está conformada por seis apartados, ellos son:
Apartado 1 Identificación
En este apartado deben indicarse los datos de quien realiza la declaración, como son el apellido, nombre, domicilio, teléfono, Número de Identificación Fiscal, entre otros.
Apartado 2 período, ejercicio y tipo de presentación
En este apartado debes colocar el trimestre, el año que corresponda y la modalidad de presentación.
Apartado 3 Resumen de declaración
En esta parte debes indicar la cantidad total de operaciones intracomunitarias realizadas, el valor de estas. Además del número total de operadores intracomunitarios con su importe y rectificaciones.
Apartado 4 Presentación en soporte colectivo
Este apartado se usa cuando se presenta una hoja resumen por cada empresario o autónomo individual declarante.
Apartado 5 Firma y fecha
Apartado 6 Administración.
Página 2 Relación de operaciones intracomunitarias
En esta página debes ingresar todas las operaciones intracomunitarias realizadas con los siguientes datos:
Código del país con el que se hizo la operación.
El Número de Identificación Fiscal intracomunitario.
La razón social o apellidos y nombres
La clave que corresponde al tipo de operación.
La base imponible del IVA que corresponde a la operación, en esta parte se debe detallar el valor total de lo que suman las operaciones con ese proveedor o cliente.
Página 3 Rectificaciones de períodos anteriores
En esta página deben describirse de forma detallada las facturas rectificativas que pertenezcan a períodos anteriores.
Claves modelo 349
Las claves Modelo 349 Hacienda que se utilizan de acuerdo con el tipo de operación intracomunitaria realizada son las siguientes:
A: esta clave se utiliza para adquisiciones intracomunitarias de bienes realizadas por el sujeto pasivo declarante. En estas operaciones se incluyen las transferencias de bienes realizadas desde otro Estado miembro.
E: corresponde a las entregas intracomunitarias de bienes realizadas por el sujeto pasivo declarante. En estas operaciones se incluyen las transferencias de bienes realizadas desde otro Estado miembro.
T: esta clave se utiliza cuando se realiza una operación triangular, como son las entregas en otro Estado miembro siguiente a adquisiciones intracomunitarias exentas.
S: se usa para prestaciones intracomunitarias de servicios efectuadas por el declarante.
I: esta clave se utiliza para adquisiciones intracomunitarias de servicios ubicadas en el territorio de aplicación del impuesto. El cual fue prestado por profesionales o empresarios establecidos en otro Estado miembro donde el declarante es el destinatario.
M: corresponde a las entregas intracomunitarias de bienes después de una importación exenta. Esto según lo establecido en el artículo 27.12° de la Ley de Impuestos de Valor Agregado.
H: corresponde a las entregas intracomunitarias de bienes efectuadas por el representante fiscal. Lo cual se hace de acuerdo con lo establecido en el artículo 86.3 de la Ley de Impuestos de Valor Agregado.
R: se utiliza para indicar que se ha efectuado una transferencia de bienes.
D: esta clave se utiliza cuando hay devoluciones de bienes desde otro Estado miembro que fueron enviadas previamente desde el Territorio de Aplicación de IVA.
Descargar modelo 349
Este modelo se reproduce a meros efectos informativos para su descarga, impresión y cumplimentación debe acudirse a la web de la Agencia Tributaria: