Definición de ciencias penales

Por ciencias Penales se ha de entender el conjunto de saberes que se ocupan del delincuente y del delito. Aunque en el desarrollo del curso lo que se va a estudiar es la dogmática jurídico penal.

Es importante tener una referencia del resto de Ciencias que se ocupan del fenómeno delictivo, particularmente de aquellas que están llamadas a tener mayor relación con la creación, aplicación y reforma del Derecho Penal.

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Con una finalidad didáctica las Ciencias Penales van a ser clasificadas en tres grupos: ciencias normativas, ciencias explicativas y ciencias auxiliares. La categoría de las normativas comprenderá las Ciencias del Derecho Penal (Dogmática jurídico-penal, Derecho Procesal penal y Derecho de Ejecución de la pena), la Política Criminal y las disciplinas fundamentadoras (Filosofía del Derecho Penal, Historia del Derecho Penal y Derecho Penal comparado).

La categoría de ciencia explicativa la tiene la Criminología. Dentro del grupo de las ciencias auxiliares se integrarán la Medicina Legal, la Policía Científica y la Estadística Criminal. Aunque se va a dar una breve explicación de cada uno de los saberes mencionados, se va a centrar la atención en el estudio de la Dogmática jurídico-penal, la Política Criminal y la Criminología, así como en el análisis de las relaciones que vinculan estas tres ciencias.

Ciencias normativas del derecho penal

Dogmática jurídico-penal

La Dogmática jurídico-penal hace referencia a la ordenación del conocimiento del Derecho Penal conforme a criterios lógicos, a partir de una serie de principios generales. La Dogmática jurídico-penal utiliza un método lógico sistemático que le permite ordenar sistemáticamente el Derecho Penal conforme a criterios lógicos.

Precisamente en la Parte General, en materia de Teoría del delito, conviven dos sistemas -sistema causalista y sistema finalista- que obedecen a un distinto entendimiento del concepto de delito y a la consecuente distinta ordenación de los elementos del mismo.

En la Parte Especial los delitos se suelen sistematizar u ordenar de acuerdo con el bien jurídico protegido. El método utilizado por la Dogmática jurídico-penal es también analítico deductivo, de manera que parte de principios generales para ir deduciendo de ellos consecuencias en lo particular.

Recuérdese cómo a partir del principio de proporcionalidad se ha llegado al principio de non bis in idem y las consecuencias que de este principio se derivan en cuestión de concursos (distinción concurso de leyes- concurso de delitos) o de circunstancias modificativas (inherencia).

Derecho Procesal penal

El Derecho Procesal penal regula el procedimiento por el que se habrá de aplicar el Derecho Penal a la hora de perseguir los delitos concretos. Se ocupa, entre otras materias, de regular la composición, el modo de funcionamiento y la competencia de los Tribunales, de establecer los procedimientos a seguir y de diseñar el sistema de recursos frente a las resoluciones judiciales.

Derecho de ejecución de la pena

El Derecho de Ejecución de la pena se ocupa del estudio de las penas y de las medidas de seguridad y de su forma de aplicación.

Política criminal

La Política Criminal se refiere a las estrategias de lucha contra el delito, ya sean penales o extrapenales. A la Política Criminal corresponde la selección de bienes necesitados de protección, la determinación de las conductas lesivas de esos bienes y la elección de la respuesta más adecuada frente a las mismas.

La Política Criminal, en relación con el Derecho Penal, se plantea el quid puniendum (qué se ha de castigar penalmente en cada momento) y el quomodo puniendum (qué forma de castigar es la más adecuada y eficaz), orienta la crítica y la reforma de la legislación penal (propuestas de lege ferenda) y contribuye a la interpretación de los preceptos legales y de las categorías dogmáticas.

Ciencias fundamentadoras

Por ciencias fundamentadoras entendemos aquellas que proporcionan criterios y orientaciones a las Ciencias del Derecho Penal y a la Política Criminal para el mejor desempeño de sus funciones. Cumplen una función de análisis y crítica del Derecho Penal vigente y de orientación de la Política Criminal.

Filosofía del Derecho Penal

Permite al intérprete y al aplicador de la ley emitir juicios valorativos sobre el Derecho Penal.

Historia del Derecho Penal

El conocimiento de los antecedentes legislativos, teniendo en cuenta la realidad histórica en la que operaron y las consecuencias de los mismos, sirve para explicar y orientar la aplicación del Derecho vigente, así como para ilustrar las decisiones propias de la Política Criminal.

Derecho Penal comparado

El análisis de las soluciones que desde el punto de vista penal se han dado en otros países, singularmente en aquellos que pertenecen a nuestro entorno cultural y jurídico, puede resultar de inestimable ayuda a la hora de diseñar la intervención penal en relación con un determinado fenómeno delictivo.

En cualquier caso los estudios de Derecho Comparado están siendo cada vez más frecuentes dentro de lo que es el proceso de armonización del Derecho Penal que se está llevando a cabo en relación con determinadas conductas que tienen alcance supranacional.

Tenemos que tener en cuenta la labor armonizadora en materia penal que se está llevando a cabo en el marco del tercer pilar de la UE (cooperación policial y judicial) y también en el propio ámbito comunitario en materias en las que la Comunidad tiene asumidas las competencias.

Ciencias explicativas

La criminología

Siguiendo al Prof. GACÍA-PABLOS, podemos definir la Criminología como la “Ciencia empírica e interdisciplinaria que se ocupa del estudio del delito, de la persona del infractor, de la víctima y del control social del comportamiento delictivo, y que proporciona información acerca de la génesis, dinámica y variables principales del crimen, la prevención del mismo y la intervención positiva en el delincuente”.

La Criminología es una Ciencia empírica en la medida en que utiliza un método inductivo, basado en la observación y en el análisis de la realidad. La Criminología tiene, además, carácter interdisciplinario, en la medida en que integra y coordina las informaciones sectoriales procedentes de diversas disciplinas que estudian el fenómeno delictivo (Biología, Psicología, Sociología, etc.).

La delimitación del concepto de delito en cuanto que objeto de estudio de la Criminología ha planteado problemas. Hay que tener en cuenta que el concepto de delito es eminentemente jurídico y que el campo de estudio de la Criminología no se circunscribe al sujeto que ha cometido un delito en el sentido estrictamente jurídico de la palabra.

Por este motivo se ha intentado, con escaso éxito, buscar un concepto criminológico de delito, siendo conocida la imprecisa definición de delito natural que da Garófalo, considerándolo “una lesión de aquella parte del sentido moral, que consiste en los sentimientos altruistas fundamentales (piedad y probidad) según la medida media en que se encuentran en las razas humanas superiores, cuya medida es necesaria para la adaptación del individuo a la sociedad”.

En la actualidad se toma como punto de partida el concepto jurídico penal de delito, pero se flexibiliza en atención a las necesidades e intereses de la Criminología. La preocupación por la víctima (Victimología) y por el control social del delito constituye una de las principales aportaciones de la Criminología moderna.

Por control social se entiende el conjunto de instituciones, estrategias y sanciones sociales que promueven y garantizan el sometimiento del individuo a las normas comunitarias, existiendo un control social formal (policía, justicia) y un control social informal (familia, escuela, profesión, opinión pública). El Derecho Penal constituye la máxima expresión del control social formal.

Ciencias auxiliares

Medicina legal

Asistencia a la investigación y a la labor de jueces y magistrados en cuestiones médicas (determinación de las razones de un fallecimiento, estudio de la imputabilidad de un sujeto, valoración de lesiones).

Policía científica

La Policía Científica o Criminalística se refiere a las técnicas que sirven a los fines del descubrimiento del delito y la identificación del delincuente (balística, huellas, restos biológicos, análisis de voz, escritura o imagen, estudio del lugar de los hechos, recogida, custodia y análisis de muestras).

Estadística criminal

La estadística criminal es una aplicación a la Criminología de la estadística. Existen tres clases de estadísticas oficiales que tratan de captar el fenómeno criminal: la Policial, la Judicial y la Penitenciaria. De ellas la más amplia es la policial, ya que no por todos los hechos que se denuncian (estadística policial) se sigue un procedimiento (estadística judicial) y no todos los procedimientos acaban con la imposición de una pena privativa de libertad (estadística penitenciaria).

Existe, sin embargo, una criminalidad oculta que no registran las estadísticas oficiales; es lo que se conoce como cifra negra. A la hora de abordar el estudio de un fenómeno delictivo es preciso determinar la cantidad de crimen real, de lo que se deduce la importancia de descubrir la cifra negra.

Para tratar de determinar la cifra negra y, a través de ella, la cantidad de crimen real, se utilizan recursos como las encuestas de victimización (cuestionarios preguntando si se ha sido víctima de un determinado delito y solicitando datos de esa victimización) y los informes de autodenuncia (cuestionarios dirigidos a delincuentes, preguntándoles cuántos delitos han cometido en su vida y por cuántos han sido perseguidos penalmente).

Relaciones entre la criminología, la política criminal y la dogmática jurídico-penal

Podemos decir que dentro de las llamadas Ciencias Penales destacan tres disciplinas básicas: la Dogmática jurídico penal, la Criminología y la Política Criminal. En la actualidad se considera que estas Ciencias están llamadas a mantener una estrecha colaboración y un constante proceso de retroalimentación, pues sólo de la integración de estos saberes cabe esperar éxito y coherencia en la lucha contra el delito.

A la Criminología corresponde observar el fenómeno delictivo, tal y como acontece en la realidad, y proporcionar información acerca de su génesis, sus protagonistas, sus consecuencias y sus formas de manifestación. A la Dogmática jurídico-penal corresponde la tarea de elaboración de conceptos y principios derivados del Derecho penal positivo y de construcción de un sistema congruente de interpretación de las normas penales que sirva para la aplicación racional y segura de las mismas.

La Política Criminal está llamada a actuar de puente entre la Criminología y el Derecho penal. Así, la Política Criminal debe partir de la información que suministra la Criminología a la hora de elaborar y proponer sus estrategias de lucha contra el delito; de entre las estrategias propuestas el legislador elegirá las que quiere llevar al Derecho positivo, objeto de estudio de la Dogmática.

Además de esta misión de orientar la creación del Derecho Penal positivo, se considera que la Política Criminal también ha de cumplir una misión a la hora de interpretar y aplicar las normas y los conceptos jurídicos. En este sentido se habrán de tener en cuenta consideraciones político criminales a la hora de adoptar una decisión en el entendimiento de las normas y de los conceptos o categorías dogmáticas.

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