Las juntas arbitrales de transporte son órganos que tienen como objetivo resolver conflictos por la vía extrajudicial entre las empresas de transporte y sus usuarios. Su funcionamiento es muy parecido al de las Juntas Arbitrales de Consumo, se encuentran en las comunidades autónomas, Melilla y Ceuta
Las reclamaciones que resuelven estas juntas están relacionadas con el transporte terrestre, urbano, interurbano, de viajeros y de mercancía. También están los transportes nacionales y los internacionales, a estas juntas puede acudir cualquier persona afectada y no requiere de abogado ni procurador.
Tabla de contenido
- 1 ¿Qué son las Juntas Arbitrales de Transporte?
- 2 ¿Qué leyes regulan las JAT?
- 3 Funciones de las Juntas Arbitrales del Transporte
- 4 ¿Qué reclamaciones se pueden interponer?
- 5 ¿Cómo presentar una reclamación ante las juntas arbitrales de transporte?
- 6 Procedimiento de resolución de controversias en materia de transporte de mercancías
- 7 ¿Qué ventajas tiene frente a la justicia ordinaria?
¿Qué son las Juntas Arbitrales de Transporte?
Estos organismos fueron creados por medio de la Ley 16/1987, con fecha 30 de julio, correspondiente a la Ordenación de los Transportes Terrestres. Su regulación se encuentra en el artículo 37 de la mencionada orden.
Estas juntas se crearon con el objetivo de que funcionarán como instrumento de protección y defensa de las partes participan en el transporte. Debido al desarrollo que han tenido las actividades de transporte, que hace imposible que se presenten diferencias o problemas entre las partes que intervienen.
Por esta razón y para solucionar los conflictos económicos que puedan surgir y para tener una alternativa a la vía judicial, se ha establecido este procedimiento. El cual es muy sencillo y completamente gratuito, y la resolución cumple el mismo efecto que una sentencia judicial.
Las Juntas Arbitrales del Transporte se encuentran en las diferentes Comunidades Autónomas del país. También se encuentran en las ciudades de Melilla y Ceuta con el propósito de resolver las reclamaciones de carácter mercantil. Pero que estén relacionadas con el cumplimiento de los contratos de transporte terrestre y con otras actividades del transporte.
¿Qué leyes regulan las JAT?
Existen varias leyes que regulan la actividad de las Juntas Arbitrales para la resolución de conflictos relacionados con el transporte terrestre de mercancías. Las leyes o reglamentos son los siguientes:
- El Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado en el Real Decreto 1211/1990, con fecha 28 de septiembre. Su publicación en el Boletín Oficial del Estado fue el 8 de octubre. Los artículos que respaldan a las juntas arbitrales son del 6 al 12.
- La Ley 16/1987, con fecha 30 de julio correspondiente a la Ordenación de los Transportes Terrestres. Publicada en el Boletín Oficial del Estado el 31 de julio, los artículos en que se fundamentan las justas son el 37 y 38.
- La Orden FOM/3386/2010, con fecha 20 de diciembre, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 31 de diciembre. En este documento contiene las normas para que las Juntas cumplan las funciones de enajenación y depósito de mercancías.
- Las diferentes normas establecidas por cada una de las Comunidades Autónomas.
¿Cómo están conformadas las Juntas Arbitrales del Transporte?
Las Junta están conformadas por representantes de la Administración y del sector privado. Los miembros de la junta son:
- Un presidente que debe ser un profesional del derecho.
- Un secretario.
- Los vocales son representantes del sector de transporte de viajeros, del sector transporte de mercancías. Entre los vocales se encuentran también representantes de la administración, de los usuarios y consumidores. Los vocales sólo están presentes en los casos en los que se requiera su actuación.
Funciones de las Juntas Arbitrales del Transporte
Las Juntas Arbitrales tienen una función muy importante al momento de la que se presentan conflictos entre las partes que participan en un contrato de transporte.
Las principales funciones de la junta son las siguientes:
- Estos organismos tienen la obligación de solucionar todas las reclamaciones económicas que no sean mayor de 15.000 euros. Las cuales provengan de cualquier contrato de los medios de transporte. Se excluyen los casos en que una de las partes manifieste su voluntad de no incluir su competencia antes que se inicie lo pactado en el contrato.
- La junta también está en la capacidad de participar en reclamaciones mayores de 15.000 euros. Pero sólo cuando las partes lo acuerden de esta manera o si hay pacto expreso en ese sentido.
- Las Juntas Arbitrales participan en la valoración, enajenación y depósito de mercancías que el destinatario que le corresponda la obligación no haya pagado. Pero sólo cuando la reclamación se presenta en el plazo no mayor de diez días naturales.
- El organismo se encarga de decidir e informar las condiciones en que deben cumplirse los contratos de transporte y sus cláusulas de ejecución. Se encargan de realizar la enajenación y el depósito de las mercancías transportadas cuando no es posible efectuar la entrega y existe el riesgo de pérdida.
¿Qué reclamaciones se pueden interponer?
Estos organismos participan en la resolución de conflictos de carácter económico, relacionados con los siguientes medios de transporte terrestre:
- De mercancías, entre los que se encuentra de carga completa y fraccionada.
- Interurbanos, abarca los taxis, autocar, ferrocarril, entre otros.
- Urbanos, incluye los taxis, autobuses, tranvía, entre otros.
- De viajeros, entre estos están turísticos, regular, alquiler de vehículos, turístico, entre otros.
Los conflictos que atienden las juntas arbitrales de transporte corresponden a los transportes internos, los internacionales y los intermodales. También atienden los conflictos de cualquier cargador, transportista o intermediario que forme parte de un contrato de transporte. Para ello no requiere contar con un procurador o abogado.
¿Cómo presentar una reclamación ante las juntas arbitrales de transporte?
Las Juntas Arbitrales de Transporte son un organismo institucional que en las reclamaciones de su competencia sustituyen a los Tribunales y Juzgados. Lo único que debes hacer para que se encargue de resolver las reclamaciones planteadas por alguna de las partes contratantes, es un escrito de reclamación.
La solicitud solo debe contener una relación de los hechos que originan la reclamación y se debe adjuntar los documentos que sustenten la reclamación. Estos pueden ser copia de las cartas de reclamación y de la carta de porte, facturas impagadas, fotografías.
Estos documentos debes presentar en la Junta Arbitral correspondiente al lugar de destino o de origen del transporte.
La reclamación también se puede presentar en la junta del lugar donde se celebró el contrato. Esto no será así si al momento de suscribir el contrato se acordó expresamente una determinada Junta arbitral. La intervención de las Juntas en la reclamación es de carácter gratuito.
Cuando el reclamante no pueda comparecer ante la Junta, puede designar a una persona para que lo represente. Para ello sólo debe hacer un escrito donde se le otorga a la persona el poder para la representación.
El acuerdo que logre la Junta sustituye la decisión o sentencia judicial y ocasiona el mismo efecto a la cosa juzgada. Esto debido a que las Juntas se encuentran facultadas para sustituir en las reclamaciones de su competencia a los Tribunales y Juzgados.
Procedimiento de resolución de controversias en materia de transporte de mercancías
Cuando la junta recibe la reclamación por escrito de parte del interesado, realiza un análisis de la solicitud. En caso de considerarse competente para intervenir y resolver la reclamación procede a notificar a la parte demandada. Después envía una citación a ambas partes para que se presenten ante la junta para la vista oral.
El día establecido en la cita se celebra la vista oral que comienza con la exposición del reclamante y se presentan todas las pruebas. Después interviene el demandado, al escuchar a las partes y analizadas las pruebas, el presidente de la junta dicta laudo arbitral.
El laudo una vez dictado se les comunica a las partes y se le informa que debe cumplirse en máximo veinte días. Las partes deben acatar y cumplir, en caso de no cumplir el laudo se recurre a la ejecución forzosa.
El plazo máximo establecido para resolver una reclamación es de seis meses, pero por lo general la resolución suele tardar entre dos y tres meses. Los cuales son contados desde el momento en que se presenta la solicitud de intervención y la celebración de la vista oral,
¿Quiénes pueden acudir a la Junta Arbitral del Transporte?
La junta atiende a todas las empresas y particulares que contraten un servicio de transporte. Lo cual puede ser para trasladar una mercancía o realizar un desplazamiento y se produzca un incidente en la prestación del servicio. Lo que ocasione un perjuicio económico para el usuario.
Las empresas de transporte también pueden acudir a la junta en caso de que el usuario del servicio no cumpla con lo acordado en el contrato.
¿Qué ventajas tiene frente a la justicia ordinaria?
Las ventajas principales que obtienen con los arbitrajes de las Juntas Arbitrales de Transporte, son:
- El procedimiento de reclamación es muy sencillo.
- La junta proporciona la posibilidad de transmitir los datos a un órgano imparcial que se encuentre especializado en el caso a tratar.
- Brinda la posibilidad de llegar a una solución por la vía amistosa.
- La junta ofrece la posibilidad de hacer una reclamación sin requerir de la asistencia de un procurador y abogado.
- El procedimiento es gratuito, sólo en los casos especiales donde se debe realizar la práctica de pruebas y se incurra en algún gasto.
- Las Juntas Arbitrales de Transporte se encuentran en cada provincia, lo que hace más fácil la actuación de los usuarios del transporte.