juicio por delitos leves

El procedimiento inmediato de juicio por delitos leves está regulado en el artículo 962 y siguientes de la LECRim. Normalmente comienza con la comunicación por parte de la Policía Judicial de un hecho delictivo al Juzgado de Guardia.

Por ello, es fundamental contar con un abogado en delitos leves.

A continuación hacemos una enumeración de los delitos leves más habituales que llevamos en nuestro despacho de abogados penalistas en Madrid:

¿Tienes una citación para un juicio por delitos leves?

Una vez interpuesta la denuncia en el Juzgado o en la Comisaría, el propio Juzgado de instrucción nos citará para la celebración del juicio rápido por delito leve.

La citación a las partes implicadas para la celebración del juicio rápido por delito leve se hará mediante notificación en su domicilio. En esta se expresarán sucintamente los hechos de la denuncia, así como la posibilidad acudir con abogado y con todos los medios de prueba pertinentes (testigos, peritos, documental).

Nuestros abogados especialistas en juicio por delitos leves, te asesoran, se personan en el procedimiento y revisan todas las actuaciones para que saber en profundidad cuáles son los motivos de la denuncia.

Además analizamos el atestado policial y la siguiente documentación:

  • La denuncia.
  • Las diligencias practicadas.
  • Ofrecimiento de acciones al ofendido o perjudicado.
  • La dirección de correo electrónico y el número de teléfono a efecto de notificaciones.

¿Es necesaria la intervención de abogado y procurador en los delitos leves?

En el procedimiento de juicio por delito leve juicio inmediato no es obligatoria la presencia de abogado ni  de procurador. Sin embargo siempre es aconsejable la intervención de un profesional.

En caso contrario, la parte interesada verá muy limitada su capacidad de defensa en un juicio inmediato por delito leve y podría llegar a ser perjudicial para sus intereses.

Nuestros abogados de penal son quienes mejor te podrán asesorar sobre las posibles penas de multa en una primera entrevista.

El precio de un juicio por delito leve no es elevado, sin embargo en ocasiones hay muchos intereses en juego y es necesario el pleno convencimiento de que se va a realizar con todas las garantías para obtener un buen resultado.

Esquema juicio por delitos leves

El Juez al recibir el atestado policial si considera que los hechos revisten caracteres de delito leve podrá acordar la inmediata celebración del juicio. Para ello, citará a todas las partes implicadas, y serán estas a través de sus abogados quien deban de traer a los testigos, la prueba documental y reproducción de CD o audio en caso de que lo consideren necesario.

El juicio por delito leve comenzará por la declaración del denunciante. En este tipo de procedimiento no hay que presentar escrito defensa, ya que se compone básicamente de un interrogatorio, proposición de prueba, así como un informe oral en el que sex pondrán los motivos de la defensa.

Es decir, al acto de la vista del juicio oral las partes deberán asistir con todos los medios de prueba de que dispongan a fin de acreditar sus pretensiones. Si el juez considera que éstas no tienen nada que ver con el objeto del litigio no les dejará entrar en Sala y no podrán declarar nada.

Estas prueban no deben atentar contras los derechos fundamentales de las personas, como por ejemplo el derecho a la intimidad y a las comunicaciones secretas. En este caso nuestro abogado delitos leves Madrid podrá solicitar la nulidad de dicha prueba.

Una vez finalizada la práctica de la prueba, las partes deberán informar sobre al tribunal sobre las razones jurídicas por las que considera que su cliente es inocente o culpable.

Es en este momento donde se ve la necesidad abogados delitos leves Madrid. Si vas sin abogado difícilmente podrás defenderte igual, ya que al no tener conocimientos jurídicos es más difícil entender los recovecos de este procedimiento.

¿Es recurrible la sentencia condenatoria por delito leve?

Una vez practicada la prueba, el Ministerio Fiscal podrá solicitar el sobreseimiento y archivo de las actuaciones. Tomará esta decisión si considera que no existe un interés público de persecución por la escasa gravedad del delito, el daño ya se ha reparado o no existe denuncia del perjudicado.

Finalizado el juicio el Juez dictará sentencia en un plazo máximo de 3 días, pero el Juez en la práctica el Juez dictar la sentencia in voce en el mismo acto de la vista si así lo considera.

Una vez recibida la sentencia tenemos un plazo de 5 días para recurrir la sentencia ante la Audiencia Provincial de Madrid. Contra la sentencia que dicte la Audiencia Provincial ya no cabe ningún tipo recurso.

Por tanto, la parte interesada podrá ejecutar el impago de la responsabilidad civil y podrá solicitar la averiguación de bienes y embargo de los bienes si el condenado no lo abona antes.

¿Cuánto dura un juicio por delito leve?

La duración de los juicios por delito leve no suelen durar más de 10 o 15 minutos, dependiendo si bien hay que practicar mucha prueba en el acto del juicio oral o no. Asimismo también depende de la extensión del informe oral del abogado.

¿Qué pasa si el denunciado no va al Juicio leve?

La incomparecencia al juicio de alguna de las partes no impedirá que se celebre el juicio en su ausencia. Sin embargo, no es conveniente se verán mermadas enormemente sus pretensiones.

La incomparecencia del denunciado en un procedimiento de juicio por delito leve sin causa justa supondrá automáticamente su condena. Así mismo se le podrá poner una multa de 200 a 2.000 euros, y demás perjuicios que hubiere lugar en derecho..

Además, si el denunciado vive fuera de la demarcación del juzgado tiene la posibilidad de apoderar a un abogado o procurador para que lo represente en el juicio y presentar un escrito de alegaciones directamente en el Juzgado.

¿Qué pasa si no va el denunciante?

Si el denunciante no va al juicio por delitos leves, lo más probable es que no vea resarcidas sus pretensiones. Por ello, perderá el juicio y el Juzgado dictará una sentencia absolutoria desfavorable.

Pena por la comisión de un delito leve

Las consecuencias de una condena por delitos leves es distinta según si lo comete una persona  física o una persona jurídica.

  1. Si el hecho delictivo lo comete una persona física se le podrá imponer una multa que será de una extensión de 10 días y máximo de 2 años, con una cuota diaria de entre 2 y 400 euros.
  2. La multa siempre será acorde a la capacidad económica del denunciado ya condenado.
  3. Si el hecho delictivo lo comete una persona jurídica se le podrá imponer una multa que será de una extensión máxima de 5 años, con una cuota diaria de entre 30 y 5.000 euros.

El pago de la multa es muy importante, ya que podría tener consecuencias muy negativas si no la abonas. Por ello, el artículo 53 del Código Penal dice que por 2 días de impago de multa corresponde a un día cárcel. De ahí la importancia del abono de la multa penal.

Si las posibilidades económicas del condenado son limitadas, el juzgado da la posibilidad de fraccionar la multa en varios pagos de cincuenta euros mensuales de acuerdo a su situación económica aportando nómina, cartilla del paro o cargas familiares varias (hipotecas, libros de familia, entre otros).

Otra pena puede ser la localización permanente, una especie de arresto domiciliario o la prohibición de acercamiento a un determinado lugar o a una determinada persona.

¿Tendré antecedentes penales por la comisión de un delito leve?

La condena conllevará siempre antecedentes penales, que serán cancelables en el plazo máximo de 6 meses desde el cumplimiento de la condena.

Los delitos leves como tal no son delitos que conlleven una gran responsabilidad penal. Si bien es cierto tiene consecuencias negativas ya que si es condenado tendrá antecedentes penales.

Por lo tanto, podrás cancelar los antecedentes por la comisión de un delito leve a los 6 meses desde la fecha de cumplimiento de la condena. Es decir, el tiempo empezará a contar desde el día que haya abonado la multa impuesta en sentencia por ejemplo.

¿Se aplica la suspensión de la pena privativa de libertad a los delitos leves?

Los delitos leves no cuentan a efectos de suspensión de la pena privativa de libertad. Es decir, si usted comete un segundo delito y le sentencian con una pena de prisión de menos de dos años se le podrá suspender, aunque tenga antecedentes por la comisión de un delito leve.

En nuestro despacho de abogados especialistas en delitos leves brindamos asesoramiento integral en todo tipo de procedimientos penales

La casuística en materia de penal es enorme. Ten en cuenta que un paso mal dado a lo largo del procedimiento le puede acarrear consecuencias graves.

Si necesitas asesoramiento de calidad, ponte en contacto con Ródenas Abogados.

Nuestros abogados te ampliarán toda la información relativa al delito en cuestión.

¡Alto porcentaje de éxito en sentencias ganadas!

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6 comentarios en “El juicio por delitos leves: procedimiento cuando el perjuicio es menos de 400 euros”

  1. Por un importe de 2,15 es posible que hagan un juicio rápido?? Por un bote de leche condensada,han llamado a la policía y tengo un juicio rápido, me han dicho que no necesita abogado, pero me parece fuera de lugar en todo momento he pedido pagarlo y no me han dejado, me ha tenido retenida hasta que ha llegado la policía, estiy en shock todavía.

    1. Si es inferior a 400 euros podrás tener un juicio por delito leve. De todas formas al ser tan tan leve es probable que lo archiven si te dejas asesorar por abogados especializados en delitos leves.

      No dudes en contactarnos, para más información.

  2. hola en mes de noviembre hubo una pelea en una discoteca la cual se pelio mi amiga y una chica más y yo estaba separando y la chica denunció a mi amiga y a mí mi amiga tiene nacionalidad yo no tengo papeles me mandaron un mensaje despues de 6 meses que tengo un juicio leve mi amiga va testiguar diciendo que yo no tuve nada que ver solo estaba separando que podria pasar que debo hacer me van deportae

Los comentarios están cerrados.

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