infracción urbanística

La infracción urbanística es una acción que comete una persona que atenta contra la normativa urbanística, lo cual conlleva una sanción. Las personas que cometen esta infracción violentan el orden establecido en la ciudad y entre la sanción que se aplica esta restaura el orden alterado.

Estas infracciones se encuentran clasificadas y reguladas de acuerdo con su gravedad y la sanción será según el tipo de infracción. Entre las posibles sanciones que se aplican está la multa, la legalización, indemnizaciones por daños y perjuicios o demolición de la obra.

¿Qué es una infracción urbanística?

La infracción urbanística ocurre cuando no se cumple  con las normas estipuladas en la Ley del Régimen de Suelo y Ordenación Urbanística. También los programas, las normas, las planificaciones y ordenanzas relacionadas con los actos del uso del suelo y edificación, entre ellos:

  • Obras nuevas.
  • Modificaciones de uso.
  • Parcelaciones urbanas.
  • Primera utilización de edificios.
  • Movimientos de tierra.
  • Demoliciones.
  • Modificación de obras existentes como el aspecto exterior o estructura.
  • Colocación de carteles de propaganda.

Las infracciones urbanísticas son aplicadas por la Administración con competencia en materia de infracciones urbanísticas. Entre ellas están las Comunidades Autónomas que les corresponde la vigilancia para que se cumpla la Ordenación Urbanística de su Territorio.

Estas comunidades también tienen la competencia para establecer la graduación y cuantía de las Sanciones Urbanísticas. Las sanciones que se aplican son las establecidas en la ley, entre ellas están:

La suspensión del uso del suelo o de los actos de edificación, paralización o demolición de las obras, multas, indemnización o resarcimiento.

¿Qué es una infracción urbanística continuada?

La infracción urbanística continuada son todas aquellas infracciones repetidas, a las que no se les ha sancionado. Para ser consideradas como continuadas deben ser siempre del mismo tipo y tienen que producirse dentro del plazo de prescripción que corresponda en cada caso.

El plazo de prescripción de la infracción urbanística continuada comenzará a contar a partir del momento en que cese efectivo de la misma. La prescripción de la infracción se interrumpe cuando se recibe la notificación del inicio del proceso del expediente sancionador.

Regulación de la infracción urbanística

La regulación de las infracciones urbanísticas se encuentra en las siguientes leyes:

  • El Real Decreto 1346/1976, donde se encuentra la Ley del Régimen del Suelo y Ordenación Urbanística. La regulación de las infracciones urbanísticas se encuentra en el capítulo II.
  • El Real Decreto 2187/1978, el cual contiene el Reglamento de Disciplina Urbanística, que trata sobre las infracciones urbanísticas y las sanciones a aplicar.
  • Y el Real Decreto Legislativo 7/2015, que es donde se encuentra el texto de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbanística. El artículo 56 de esta ley trata sobre las infracciones que se consideran delitos.

Clasificación de las infracciones urbanísticas

En España las infracciones urbanísticas se clasifican en dos tipos y algunas Comunidades Autónomas agregan una más, ellas son:

Graves

Cuando la infracción es considerada de mayor gravedad son las siguientes:

  • Las construcciones en suelos no urbanizables
  • Las obras que perturben el uso público.
  • La construcción en suelo urbanizable, pero que no están incluidas en la planificación urbanística.
  • El parcelamiento en lugares que no han sido clasificados aún como no urbanizables o urbanizables.
  • El incumplimiento de las normas de distancia que deben existir entre las edificaciones.
  • Contracciones con exceso de altura.
  • Parcelaciones sin licencia.

Para cualquiera de las infracciones urbanísticas graves se impone una sanción bastante dura.

Leves

Las infracciones leves son aquellas que no causan un gran daño y la sanción que se aplica es más reducida. Entre las infracciones leves se encuentran:

  • Realizar edificaciones que no cumplen condiciones mínimas de higienes requeridas
  • Hacer una construir sin licencia cerca de un edificio protegido.
  • Demoler edificios que se encuentren protegidos.

Muy graves

Esta clasificación es aplicada en algunas Comunidades Autónomas donde se incluyen algunas de las infracciones establecidas en las graves.

Prescripción de una infracción urbanística

La prescripción de las sanciones por infracciones urbanísticas se debe a que la Administración no continúa  con el proceso sancionador. Cuando se vencen los plazos se origina la caducidad y se archivan las actuaciones.

Pero la declaración de caducidad no imposibilita el inicio de un nuevo procedimiento, para ello es necesario que no se produzca la prescripción de la infracción urbanística. Para determinar el plazo de prescripción de las sanciones es necesario tener presente dos aspectos que son la gravedad de la infracción y la legislación autonómica.

De acuerdo con lo establecido en el Decreto Ley 16/1981 correspondiente a la adecuación de planes generales para la ordenación urbana. También la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, todas las infracciones urbanísticas prescriben a los 4 años contados desde la fecha de finalización total de la obra.

El uso del suelo o los actos de edificación que se realicen sin orden de ejecución o sin licencia en terrenos calificados como espacios libres o áreas verdes no prescriben. Pero cada Comunidad Autónoma tiene su propia legislación y establece plazos diferentes.

La prescripción de las infracciones se realiza en los siguientes plazos:

  • Las graves prescriben en un plazo de tres años.
  • Las leves prescriben en un plazo de un año.
  • Y las muy graves prescriben en un plazo de cinco años.

¿Qué es el certificado de no infracción urbanística Fuengirola?

El certificado de no infracción urbanística o certificado de inexistencia de expediente urbanístico. Es un documento que asegura que el inmueble no tiene ningún expediente por haber cometido algún tipo de infracción urbanística. Este documento puede ser solicitado por el propietario del inmueble o su representante.

Este certificado en algunas ocasiones se solicita por el comprador antes de firmar un contrato de compraventa del inmueble. Pero no es obligatorio presentarlo aunque el comprador de un inmueble tiene derecho a solicitarlo.

La persona que compra el inmueble no tiene ningún tipo de responsabilidad en las sanciones impuestas al anterior propietario. Por lo tanto tiene derecho de conocer la existencia de posibles infracciones urbanísticas.

Las infracciones urbanísticas pueden deberse a la ampliación de una vivienda y las cuales continúan asociadas a la misma hasta la prescripción de la infracción urbanística. Este certificado es emitido por el ayuntamiento donde se encuentra el inmueble.

La solicitud la puede hacer el propietario del inmueble o un autorizado en la Oficina de Atención del Ciudadano del Ayuntamiento en cualquier momento del año. Para realizar el trámite deben presentarse los siguientes documentos:

  • La escritura del inmueble en fotocopia a nombre del solicitante.
  • El plano de la situación del inmueble en fotocopia.
  • Documento escrito de la solicitud el cual debe contener los datos del inmueble y del solicitante, motivos de la solicitud y solicitud formal expresa.
  • Comprobante del pago correspondiente a la tasa impuesta por el ayuntamiento, la cantidad depende de la normativa de cada comunidad.

Cuando la solicitud la hace una persona autorizada, debe presentar laautorizacióncon la fotocopia del Documento Nacional de Identidad del representado y representante.

¿Cómo presentar la denuncia infracción urbanística?

La denuncia infracción urbanística la puede hacer cualquier persona jurídica o natural cuando se supone que se ha incumplido alguna norma. La denuncia se puede hacer de forma presencial en las Oficinas de registro municipales y en los registros de otras Administraciones Públicas.

La denuncia también se puede hacer vía online ingresando al enlace Registro Electrónico. El cual está disponible en Tramitar en línea, para realizar la denuncia por esta vía necesita la firma e identificación electrónica.

El trámite se debe hacer en un formulario normalizado, el cual se encuentra disponible en Tramitar en línea. También son necesarios los modelos de formularios donde se explicarán los detalles relacionados con la posible infracción.

Para la denuncia de infracción urbanística debe hacerse una breve descripción de los alcances de la presunta infracción. También debe presentarse una pequeña descripción del inmueble en donde se comete la infracción. Es recomendable adjuntar evidencias que permitan demostrar la existencia de la presunta infracción.

¿Qué es un escrito de alegaciones por infracción urbanística?

El escrito de alegaciones por infracción urbanística es un documento que debe presentar el autor de una infracción urbanística. Esto lo debe hacer cuando reciba la notificación de la denuncia por incumplimiento de las normas urbanísticas de la comunidad.

Este documento contiene los datos de identificación del denunciado, los datos del inmueble, con dirección exacta. Lo siguiente es solicitar un plazo para poder presentar las alegaciones correspondientes.

A continuación pasa a presentar las alegaciones detallando cada una de ellas y le solicita al juez el estudio y análisis de la misma. Es recomendable acompañar a este escrito con documentos que permitan verificar todos sus alegatos.

Para la presentación de este escrito se tiene un plazo máximo de 20 día naturales, los cuales comienzan a contar desde el día siguiente de recibida la notificación.

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