La indemnización por fin de contrato se consideran un derecho atribuido a un trabajador por realizar una obra o servicio. En general se entiende como una compensación económica que se le atribuye por la terminación inmediata de sus laborales.
No en todos los escenarios se aplica el mismo importe de indemnización, por lo que es importante su estudio por nuestros abogados laboralistas en Madrid. Además de entender su relación con la administración laboral y el papel tan importante que desempeña.
Para todos aquellos trabajadores o empleadores, se les recomienda la siguiente información de interés sobre este tema.
Tabla de contenido
- 1 Indemnización por contrato temporal
- 2 Indemnización fin de contrato obra
- 3 Indemnización fin contrato indefinido
- 4 Indemnización por despido improcedente
- 5 Indemnización por despido objetivo
- 6 Indemnizaciones ERE
- 7 Indemnizaciones de despidos por causa de fuerza mayor
- 8 Indemnizaciones por fallecimiento del trabajador
Indemnización por contrato temporal
Cuando un contrato temporal se finaliza todo trabajador posee el derecho de un finiquito según su relación laboral. Junto al ya mencionado finiquito, existe la indemnización por contrato temporal, se entrega bajo ciertos importes y cálculos.
El importe económico que se calcula para la indemnización por la finalización de un contrato temporal se mantiene constante:12 días de salario equivalente a cada año en funciones laborales para contratos firmados después del 1 de enero del 2015.
Es importante aclarar que la conclusión del contrato no debe haberse producido por parte de la voluntad del trabajador. Esto incluye alguna falta en el ejercicio de sus labores u otras motivaciones de su despido.
La fuente reguladora de estas indemnizaciones por fin de contrato temporal se encuentra expresada en el Estatuto de trabajadores, artículo 49.1.c. No se considera necesario que un contrato haya durado un año, por lo tanto el cálculo se mantiene proporcional.
Este tipo de indemnización se encuentra fácilmente relacionada a contratos por obra de servicio o contratos eventuales. Lo mejor es consultar durante la firma esta clase de pautas y derechos correspondientes al trabajador.
Indemnización fin de contrato obra
La indemnización por fin de contrato de obra es una de las compensaciones económicas más comunes en el mercado laboral español. Igualmente encaja como un derecho para el trabajador una vez finaliza su relación laboral con la empresa.
Aplica dentro de los contratos por obra y servicio, tomando en cuenta a su vez que son de categoría temporal. No obstante, cualquier empleado bajo la firma de este tipo de documento posee la potestad de exigir su finiquito.
Se aplica nuevamente la normal general de cálculo donde el monto corresponde a 12 días de salario por año trabajando. En caso de no cumplirse el año, el cálculo queda proporcional a la cantidad de meses de labores efectivas.
Las consideraciones sobre esta indemnización son relativas al área de Recursos Humanos gestionada en cada empresa privada. No se aplicará esta compensación en aquellos escenarios donde la obra finalizó por voluntad o acción del empleado.
Cabe destacar la importancia de que cada trabajador sea consciente de sus condiciones y exigencias como empleado. Esto se debe a la posibilidad de hacer reclamo legal por no recibir esta compensación económica.
Indemnización fin contrato indefinido
La indemnización por fin de contrato indefinido está vinculada en casos de despidos por parte de la empresa. Estas usualmente involucran un monto de dinero mayor al esperado de la terminación de un contrato temporal.
Un contrato indefinido se considera un acuerdo laboral que la empresa ofrece a su empleado sin fecha determinada de culminación. Si bien puede ser renovable, su ruptura conlleva una serie de consecuencias para la parte terminante del contrato.
Referente a la empresa, romper el acuerdo conlleva una indemnización al empleado de 20 días por año laborado. Esta categoría solo aplicará para aquellos despidos que se consideren objetivos.
Si se determina que el despido ha sido improcedente, la empresa compensará económicamente 33 días por año laborado. Bajo cualquier escenario, el empleado tiene el derecho de ser notificado con margen de tiempo del despido, antes de retirarse.
De no cumplirse la notificación, la empresa deberá responder con un pago por los días correspondientes al preaviso. Esto se incluye en la sumatoria de la indemnización y el derecho irrevocable al finiquito de cada trabajador.
Indemnización por despido improcedente
Se debe entender por despido improcedente cuando una empresa despide sin razón o causa justificada a un empleado. Si este considera que no existen motivos justificables, debe firmar con un “no conforme” en el comunicado de despido.
La indemnización por despido improcedente puede reclamarse a través de vías legales que defienden al trabajador y su integridad laboral. Generalmente es un total de 33 días de salario por año laborando dentro de la empresa.
Bajo este panorama, la mejor decisión es valorar las causas o razones por las que la empresa puede generar el despido. Estas dependen del empleado y solo esta persona podrá determinar si considera justificable o no el remuevo de su cargo.
No obstante, ante tal inconformidad es prudente recurrir a un asesoramiento legal para recurrir a los medios adecuados. Gracias a esto se podrá determinar concluyentemente si existen las suficientes razones legales para justificar el despido.
Un abogado es de gran ayuda para estos escenarios donde se debe demostrar que las razones injustificadas de la empresa. Tomando en cuenta aquellos escenarios donde un despido puede producirse incluso por razones discriminatorias.
Indemnización por despido objetivo
Este tipo de despido no supone una sanción para el empleado y cumple con una serie de causas por ley. El requisito es una justificación por parte de la empresa que cumpla con las estipulaciones en el Estatuto de Trabajadores.
El artículo 52 de dicho Estatuto recoge algunas de las razones más comunes que dan como justificación el despido:
- La ineptitud se puede presentar por la falta de capacidad para realizar una función, deber o actividad laboral.
- Tras unas modificaciones técnicas de trabajo, la falta de adaptación puede ser otra razón de despido objetivo.
- Existe un conjunto que engloba todo tipo de causas económicas, organizativas de producción o técnicas aplicadas por las empresas.
Bajo este panorama, una persona tiene derecho a la indemnización por despido objetivo conforme a la ley de los trabajadores. Este se calcula mediante el cálculo de 20 días por año laborando en la mayoría de escenarios.
No debe presumirse que exista una causa de mala intención al procesarse un despido objetivo. Suelen ser la forma más común de retirar a un trabajador de la empresa.
Indemnizaciones ERE
Las indemnizaciones por ERE (Expedientes de Regulación de Empleo) es una resolución laboral para trabajos cuya aplicación es colectiva. Es decir, es una compensación económica que se aplica de forma general a un sector trabajador de una empresa.
Las causas fundamentales de un ERE pueden deberse principalmente a situaciones económicas, de organización, producción o de índole organizativa. Su aplicación entrará en vigencia por un periodo de 90 días, surtiendo efecto bajo los siguientes escenarios:
- Considerando 10 empleados incorporados a una empresa de al menos 100 trabajadores.
- Un acumulado del 10% de empleados pertenecientes a una empresa que opere entre 100 o 300 trabajadores.
- Considerando al menos 30 empleados incorporados a una empresa con más de 300 trabajadores.
Las indemnizaciones ERE se calculan por un medio de 20 días por año de servicio. La cantidad puede ser mayor si se llega a cierto tipo de acuerdos con la empresa.
Indemnizaciones de despidos por causa de fuerza mayor
Los despidos por causa de fuerza mayor es una categoría de despidos de los más extremos que se tienen en consideración. Suelen producirse de forma inesperada a penas se identifica una causa objetiva que pueda comprometer a la empresa y justificar.
Para identificar una causa de fuerza mayor el procedimiento es básico porque deben ser fáciles de justificar en primera instancia. Además, dichas causas no pueden ser sostenidas por la empresa o persona empleadora.
Las indemnizaciones de despidos por causa de fuerza mayor corresponden de forma igual a los despidos objetivos. Por lo que la compensación económica será un equivalente a 20 días por año laboral dentro de la empresa.
Se gestionan bajo los mismos procedimientos que un despido colectivo ya que se debe determinar la cantidad de trabajadores afectados. Además de presentar la solicitud a las autoridades competentes para dar inicio a la identificación de los problemas.
Indemnizaciones por fallecimiento del trabajador
Un contrato quedará concluido de forma inmediata cuando se registre la muerte del trabajador en cuestión. Es un proceso automático y totalmente definitivo y no establece trámite legal procesal adicional alguno que lo modifique.
Las indemnizaciones por fallecimiento del trabajador serán otorgadas cuando se acontezca una causa de muerte natural. La misma será equivalente y calculada según 15 días por año laboral en ejercicio de sus funciones hasta su muerte.
Los parientes más cercanos son los responsables de asumir el monto económico correspondiente a la indemnización. Entre estos se pueden incluir la viuda, descendientes legítimos o naturales reconocidos, hermanos huérfanos o ascendientes pobres.
La regulación de este proceso se encuentra establecida en el artículo 49 dentro del Estatuto de los trabajadores. Es necesaria la revisión personal de cada persona que se encuentre actualmente en ejercicio de sus labores para mayor información.
No se puede determinar que existan otras indemnizaciones por fallecimiento más allá de la muerte natural. Aunque aún se recurriría al fin inmediato del contrato.