Incapacidad permanente gran invalidez - Solicitamos una pensión por ti

El grado máximo de incapacidad permanente gran invalidez se otorga a los trabajadores que han sido declarados con una incapacidad permanente absoluta.

Este grado de incapacidad se otorga cuando la persona no puede realizar sus actividades cotidianas y para ello requieren de la asistencia.

La incapacidad permanente gran invalidez está considerada como superior a la incapacidad absoluta, cuando se otorga este grado se adquiere el derecho a una pensión y adicionalmente a un complemento económico.

¿Qué es la incapacidad permanente?

La incapacidad permanente es el estado en que se encuentra el trabajador después de haber sido sometido a un tratamiento médico, el trabajador presenta una lesión o enfermedad de mayor intensidad o gravedad que anula o reduce su capacidad laboral.

La incapacidad permanente se clasifica en grados sin importar cuál sea la causa, estos grados son:

Incapacidad permanente parcial para cumplir con la profesión habitual

Este grado de incapacidad se otorga cuando el trabajador ha sufrido una disminución del 33 por ciento para el cumplimiento de las actividades inherentes a su profesión. Esta disminución no le impide cumplir con las actividades básicas de su profesión.

Incapacidad permanente total para cumplir con la profesión habitual

Este grado de incapacidad imposibilita al trabajador para ejercer su profesión habitual, pero puede dedicarse a otra.

Incapacidad permanente absoluta

Este grado de incapacidad se otorga al trabajador que se encuentra imposibilitado para realizar cualquier actividad u oficio.

Gran invalidez

Este grado de incapacidad se otorga a los trabajadores que han sido declarados con incapacidad permanente absoluta, además no tener las facultades físicas o psíquicas o físicas para hacer sus tareas habituales, necesita la ayuda de terceros para ello.

Esto significa que requiere de ayuda para vestirse, movilizarse, alimentarse y cualquier otra de las actividades esenciales.

Definición de incapacidad permanente gran invalidez

El Instituto Nacional de la Seguridad Social en España reconoce a la incapacidad permanente gran invalidez como el grado máximo de incapacidad laboral, este grado es otorgado a las personas que sufren de una lesión o enfermedad que les impide realizar cualquier trabajo.

Estas personas, requieren de la ayuda de otras para efectuar las actividades primordiales de la vida cotidiana. Al trabajador cuando se le otorga este grado de incapacidad tiene derecho a una pensión del 100% de la base reguladora y adicional un complemento económico.

Este grado de incapacidad se encuentra establecido en el artículo 193 de la Ley General de la Seguridad Social.

¿Cuál es la cuantía de la pensión por incapacidad permanente Gran Invalidez?

El trabajador cuando es declarado con el grado de incapacidad permanente gran invalidez se le asigna una pensión vitalicia. La cantidad es del 100% correspondiente a la base reguladora y lleva un complemento para pagar a la persona que lo asiste.

Para calcular el valor del complemento se suma el 45% de la base mínima de cotización vigente para el momento que ocurrió el hecho que ocasionó la gran invalidez.

El resultado de esta suma no puede ser nunca menor al 45% de la pensión que percibe el trabajador sin el complemento. La pensión la paga la mutua de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo o la Seguridad Social.

La cuantía de la pensión por incapacidad permanente Gran Invalidez varía en los siguientes casos:

Gran invalidez debido a enfermedad profesional o accidente de trabajo

El importe de la pensión será entre un 30% y un 50%, en caso de que la lesión por enfermedad profesional o accidente laboral se produzca por las siguientes causas:

  1. Cuando en el trabajo no se hayan cumplido con las medidas de seguridad e higiene, salubridad.
  2. En caso de no haber tomado en cuenta las características personales, sexo y edad para asignar al trabajador al puesto.
  3. Debido a equipos, maquinarias o instalaciones del centro de trabajo que no cumplen con los dispositivos de previsión reglamentarios.

Requisitos legales para reconocer la incapacidad permanente gran invalidez

Para conseguir la declaración de incapacidad permanente gran invalidez, se debe cumplir con los siguientes requisitos:

Alta en la Seguridad Social

El trabajador debe estar dado de alta en la Seguridad Social o encontrarse en situación asimilable, es decir, debe estar trabajando y cotizar a la Seguridad Social. Pero esta norma tiene una excepción y es cuando se ha cotizado como mínimo 15 años y tres de ellos deben encontrarse en los últimos 10 años.

Existe otra excepción y es que si no se cumplen los requisitos para poder solicitar la pensión de jubilación, pero se ha cumplido la edad de jubilación.

No haber cumplido la edad de jubilación

La incapacidad permanente gran invalidez se puede solicitar si no se ha cumplido la edad establecida para la jubilación. Se puede solicitar también en caso de estar disfrutando de la jubilación anticipada sin haber cumplido la edad para jubilarse.

Otra excepción es que la enfermedad profesional incapacitante sea detectada una vez obtenida la jubilación. En caso de accidente no laboral que ocurra después de obtenida la jubilación.

Mínimo de años cotizando

El trabajador tiene que estar cotizando un determinado mínimo de años, los cuales dependen de la edad de la persona que solicita la incapacidad permanente gran invalidez:

a) Menos de 31 años

En caso de que el trabajador sea menor de 31 años la cantidad mínima de cotización que se exige corresponde a la tercera parte del tiempo transcurrido. Este tiempo correspondiente es el que se encuentra entre el momento en que cumplió la edad de 16 años y en el que se haya producido la incapacidad.

b) Mayores de 31 años

Cuando se trate de un trabajador mayor de 31 años, el período de cotización que se exige es la cuarta parte del tiempo transcurrido. Este tiempo se encuentra entre la fecha en la que cumplió la edad de 20 años y la fecha en que se originó la incapacidad, se requiere como mínimo cinco años cotizados.

Procedimiento para solicitar la incapacidad permanente gran invalidez

Los pasos a seguir para solicitar el complemento correspondiente a la incapacidad permanente gran invalidez, son:

Documentos

Se debe presentar el Documento Nacional de Identidad del trabajador afectado, en caso de ser necesario el representante legal y el historial clínico.

Enfermedad Común en caso de ser autónomo

En caso de ser trabajador por cuenta propia se debe presentar el documento que demuestre el pago de las tres últimas cuotas de autónomos.

Enfermedad profesional o Accidente de trabajo

En este caso se debe presentar el parte de la enfermedad profesional o accidente de trabajo. Se debe presentar el certificado de la empresa que contenga los salarios correspondientes al año anterior.

Cumplimentar el formulario de solicitud

El trabajador debe completar con los datos solicitados el modelo oficial de formulario de solicitud del complemento de Gran Invalidez. Se recomienda leerlo con detenimiento antes de llenarlo, seguir instrucciones y comprobar que se cumplen los requisitos.

La solicitud se debe presentar con todos los documentos en la sede del Instituto Nacional de la Seguridad Social, para ello hay que solicitar cita previa. En caso de tener certificado digital, la solicitud se puede realizar vía online.

¿Qué hacer para pasar de la incapacidad permanente absoluta al grado de gran invalidez?

La gran invalidez consiste en un complemento que se suma al 100% de la base reguladora. Este complemento se le otorga a la persona, que además de encontrarse imposibilitada para trabajar en cualquier profesión, requiere de la ayuda de otra persona para realizar las actividades más esenciales de la vida diaria.

Cuando se puede demostrar la pérdida de independencia, la Seguridad Social otorga un complemento mínimo del 45% de la base reguladora que tenía el trabajador. La forma de pasar de la incapacidad permanente absoluta al grado de gran invalidez es cumpliendo con el requisito de necesidad de ayuda de una tercera persona.

Para conseguir esto, se debe solicitar una revisión del grado debido a empeoramiento y se debe hacer el trámite en la sede del Instituto Nacional de la Seguridad Social Primero. En caso de que la solicitud sea desestimada se puede presentar una demanda en los juzgados.

En los juzgados y ante el juez es importante probar que la persona afectada no puede ejercer ninguna actividad laboral. Pero también se debe probar que no se puede valer por sí mismo en su propio domicilio.

Esto se puede hacer presentando el historial médico, informes médicos y todo documento que pueda probar el grado de incapacidad.

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