Incapacidad permanente absoluta - ¿Cuánto te corresponde?

A la persona que se le ha reconocido la incapacidad permanente absoluta es porque está inhabilitada totalmente para trabajar en cualquier profesión u oficio.

Esta persona tiene derecho al pago de una pensión mensual equivalente al 100% de la base reguladora.

Incapacidad permanente absoluta

La incapacidad permanente absoluta o invalidez absoluta se otorga a todo tipo de trabajador, si las secuelas de la lesión o enfermedad pueden ser previsiblemente definitivas o de una curación incierta.

Esta condición es otorgada por el Instituto Nacional de Seguridad Social con la intención de cubrir la pérdida de ingresos del trabajador.

Se puede dar debido a una enfermedad bien sea profesional o común o por lesiones producidas en un accidente de trabajo o no, estas lesiones o enfermedades no le permiten al trabajador realizar ninguna tipo de actividad profesional con el mínimo de eficacia, rendimiento y profesionalidad que se exige.

La incapacidad absoluta permanente está dividida en cuatro grados de acuerdo a cómo afecta la capacidad para trabajar, los cuales son total, absoluta, Gran Invalidez y parcial, cuando el grado asignado absoluto inhabilita al trabajador por completo para desempeñarse en cualquier oficio o profesión.

Cuando se reconoce el grado de incapacidad absoluta permanente, el trabajador tiene derecho a una pensión incapacidad absoluta permanente. Esta pensión es vitalicia, se paga todos los meses y la cantidad que corresponde es el 100% de la base reguladora.

Es importante recordar que suelen revisar la incapacidad permanente absoluta, lo cual se hace porque haya una mejoría o un agravamiento. Esto puede ocurrir por la aparición de nuevas enfermedades o por el empeoramiento de las secuelas.

La consecuencia de la revisión puede ser disminuir, mantener, incrementar o cancelar el grado de incapacidad.

¿Cómo se reconoce la incapacidad permanente absoluta?

Cuando se le reconoce un trabajador el grado de incapacidad permanente absoluta no puede ser contratado para ningún trabajo. Esto debido a que no puede realizar cualquier trabajo con un mínimo de profesionalismo, desempeño y eficiencia.

La revisión se hace en caso de una mejoría que le permita al trabajador regresar a sus actividades laborales o se le reconozca la Gran Invalidez. Para recibir el reconocimiento de una incapacidad permanente absoluta, es necesario cumplir con las siguientes condiciones:

  • La persona debe haber recibido tratamiento médico.
  • El solicitante debe presentar reducciones funcionales o anatómicas graves y probablemente definitivas, por lo tanto, cuando se cumple con estos requisitos se realiza una valoración de la incapacidad laboral, el organismo encargado es el EVI que son las iniciales del Equipo de Valoración de Incapacidades.

Este organismo será el encargado de determinar si las patologías que sufre el paciente los imposibilitan para el correcto ejercicio de su actividad laboral, en caso contrario tendrás que hacer una reclamación previa al INSS.

Requisitos para obtener incapacidad permanente.

Para recibir la declaración de incapacidad permanente absoluta, se debe cumplir básicamente con los siguientes requisitos:

Alta en la Seguridad Social

Debe estar cotizando la seguridad social, excepto cuando se ha cotizado por al menos 15 años y de ellos tres deben corresponder a los últimos 10 años.

La otra excepción que existe es cuando no se cumplen los requisitos para poder solicitar la pensión de jubilación, pero se ha cumplido la edad de jubilación.

Edad de jubilacion

Para reclamar la pensión por Incapacidad Permanente Absoluta no se puede haber cumplido la edad de jubilación. Excepto en los casos mencionado anteriormente y en los siguientes otros casos:

Cuando la persona haya accedido a la jubilación anticipada sin haber alcanzado la edad ordinaria para la jubilación

En caso de que la enfermedad profesional incapacitante sea detectada una vez obtenida la jubilación.

Mínimo de años cotizados

El trabajador tiene que haber cotizado un determinado mínimo de años, los cuales dependen de la edad del individuo que solicita la incapacidad permanente absoluta:

Incapacidad permanente absoluta: beneficios

La persona que recibe la incapacidad permanente absoluta además de tener derecho a una pensión, cuyo pago se realiza todos los meses, tiene otros beneficios. Entre ellos están los siguientes:

Renta Personas Físicas

Cuando se declara la incapacidad permanente absoluta, el mínimo familiar y personal aumenta en 3.000 euros más. Esta cantidad corresponde al total que no se somete al impuesto.

Becas

Las personas que han sido declaradas con un grado mínimo de incapacidad del 33% tienen el derecho a recibir becas especiales, normalmente estas becas son por estudios y de ayudas de movilidad.

Ayudas a la vivienda

Las personas que han sido declaradas con un grado mínimo de incapacidad del 33% tienen derecho a acceder a viviendas de protección oficial. Estas viviendas pueden ser en modalidad de compra o de alquiler.

Incapacidad permanente absoluta: ¿cuánto se cobra?

Las personas que han recibido la declaración de Incapacidad permanente absoluta reciben una pensión, la cantidad a cobrar depende de varios factores. El pago de la pensión Incapacidad permanente absoluta se realiza mensual y en algunos casos dos pagos extras, la cuantía es la siguiente:

Los trabajadores víctimas de un accidente laboral o de una enfermedad común reciben 14 pagas por la cantidad de 3.059 euros cada una. Esto es la cantidad correspondiente al año 2023, el total anual será de 42.823,34 euros.

Las personas afectadas por accidente laboral o enfermedad profesional recibirán 12 pagas prorrateadas, con una cantidad mensual mayor.

Los trabajadores afectados por accidente o enfermedad, sin importar las circunstancias cómo se generó tienen derecho igualmente a una pensión. La cantidad que le corresponde mensual se encuentra entre los 572 y los 1.449 euros.

La cantidad que se cobra por incapacidad permanente absoluta en 2023 queda distribuida de la siguiente forma:

Personas de 65 años o más

En caso de tener cónyuge a cargo reciben una pensión mensual de 966,20 euros, para un total anual de 13.526,80 euros.

Cuando tienen cónyuge pero no está a su cargo reciben una pensión mensual de 743,30 para un total anual de 10.406,20 euros.

Los trabajadores que no tienen cónyuge reciben una pensión mensual de 783, 10 euros, para un total anual de 10.963,40 euros.

Personas entre 60 y 64 años

Las personas que se encuentran en este rango de edad y son declaradas con incapacidad permanente absoluta les corresponden las siguientes cantidades:

  1. En caso de tener cónyuge a cargo reciben una pensión mensual de 905, 90 euros, al año reciben un total de 12.682,60 euros.
  2. Cuando tienen cónyuge pero no está a su cargo reciben una pensión anual de 9.695,00 euros distribuidas en 12 pagas de 692,5 euros al mes.
  3. Los trabajadores que no tienen cónyuge reciben al año por la pensión 10.256,40 euros al año, distribuidas en doce pagas de 732,6 euros al mes.

¿Qué es la revisión de incapacidad permanente absoluta?

La revisión de la incapacidad permanente absoluta es realizada por un Tribunal Médico del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Esto se debe a que consideran que por el tipo de enfermedad puede haber una mejoría o producirse un empeoramiento después de un determinado periodo de tiempo.

El Instituto cuando pasa el periodo de tiempo establece una cita para verificar si se mantienen las lesiones, se han agravado o han desaparecido. La asistencia a esta revisión es obligatoria, en caso de no asistir suelen quitar la incapacidad permanente absoluta.

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