El Impuesto sobre Sociedades (IS) es un tributo que grava los beneficios que obtienen las empresas y personas jurídicas residentes en España durante un año fiscal.
Es una figura impositiva junto con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que regula el artículo 31 de la Constitución de Española conforme a los principios esenciales de neutralidad y justicia.
El tipo impositivo va a depender de la Comunidad Autonóma, ya que muchas tienen sus propios regímenes tributarios forales.
El periodo impositivo es el correspondiente al ejercicio económico de la sociedad, el cual no puede ser mayor de 12 meses.
¿Tienes dudas sobre tus obligaciones contables?
Las leyes fiscales en España pueden variar por lo que es recomendable consultar a un asesor fiscal en Madrid para obtener información actualizada y precisa sobre el impuesto de sociedades.
Tabla de contenido
- 1 ¿Qué es el Impuesto de Sociedades?
- 2 ¿Cuáles son los tipos impositivos para el Impuesto de Sociedades?
- 3 ¿Cuáles son las obligaciones de los contribuyentes del impuesto de sociedades?
- 4 ¿Cuándo y cómo se hace la presentación del IS?
- 5 ¿Cómo se calcula la base imponible del Impuesto de Sociedades?
- 6 ¿Quién debe pagar el Impuesto de sociedades (IS)?
- 7 ¿Cuál es el periodo impositivo?
¿Qué es el Impuesto de Sociedades?
Este es un tributo personal y directo que ha sido objeto de modificaciones constantes y viene regulado en la Ley 27/2014, con fecha 27 de noviembre y en el Real Decreto 634/2015.
Este impuesto se aplica a las siguientes rentas de los contribuyentes: personas jurídicas, uniones temporales de empresas, asociaciones, sociedades civiles, fundaciones y fondos de pensiones, entre otros, siempre que tengan objeto mercantil.
La estructuración del Impuesto de Sociedades se calcula en torno a la contabilidad y el resultado contable de la empresa o sociedad.
Los cuales forman los aspectos para establecer la base imponible y la cantidad a pagar anualmente.
Es un impuesto muy importante que todos los autónomos que quieran crear una empresa (sociedades anóminas y sociedades limitadas) deben tener en cuenta.
¿Cuáles son los tipos impositivos para el Impuesto de Sociedades?
La reducción del tipo de gravamen general, del 30 al 25% tiene un carácter primordial para mejorar la competitividad empresarial.
No obstante, en el caso de entidades de nueva creación, el tipo de gravamen se mantiene en el 15% para el primer período impositivo y para los primeros 300.000 euros de base imponible.
Para determinar el importe completo a pagar se debe aplicar el tipo de porcentaje que corresponda, de acuerdo el tipo de sociedad, así como incentivos fiscales como por ejemplo:
- La deducción por inversiones medioambientales.
- Reinversión de beneficios extraordinarios.
- Gastos I+D.
Los tipos impositivos que se pueden encontrar son los siguientes:
Tipo de gravamen general del 25%
Este tipo de gravamen será aplicado a:
- Cooperativas de crédito.
- Cajas rurales.
- Mutuas de seguros generales.
- Mutualidades de previsión social.
- Sociedades de garantía recíproca.
- Sociedades de refinanciamiento de SGR.
- Entidades parcialmente exentas.
- Partidos políticos.
- Comunidades titulares de montes vecinales en mano común.
Tipos de gravamen especiales
Este tipo de gravamen se aplica en los siguientes casos:
- El tipo de gravamen especial será aplicado a entidades de reducida dimensión y a Microempresas. El porcentaje que se aplica para este tipo de gravamen es del 25%.
- Entidades de nueva creación que realicen actividades económicas y para el primer período impositivo tenga una base imponible con resultado positivo y el porcentaje que se aplicará será del 15%.
- De este tipo de gravamen sólo quedan exceptuadas las entidades que deban tributar a un tipo inferior.
- Las Cooperativas que estén protegidas fiscalmente el porcentaje a aplicar será del 20%, los resultados que sean extra-cooperativos serán calculado en el tipo general.
- Las entidades que no tienen fines lucrativos que se les aplique el régimen fiscal establecido en la Ley 49/2002, porcentaje a aplicar será del 10%.
- Los fondos de Inversión, las Sociedades y Fondos de activos bancarios, el porcentaje a aplicar será del 1%.
El Gobierno ha planificado reducir el tipo de gravamen general del 25 al 23% a las entidades que tengan un volumen de facturación menor al millón de euros, aunque aún no está vigente
¿Cuáles son las obligaciones de los contribuyentes del impuesto de sociedades?
La norma mercantil a las entidades y sociedades exige la llevanza de los libros contables que según el Código de Comercio que son los siguientes:
Presentación del Libro diario
En este libro se debe anotar de forma cronológica el importe correspondiente a todas las operaciones realizadas en la actividad empresarial.
También puede efectuarse las anotaciones de las operaciones de períodos no mayores a un mes, los detalle deben registrarse en libros afines.
Libro de inventarios y cuenta anuales
Este libro se abrirá con el balance cuando se inició la empresa y se debe hacer de forma periódica los balances de comprobación siguientes como mínimo de forma trimestral.
En este libro se tiene que asentar anualmente el inventario de cierre del ejercicio, que corresponde al tercer estado contable.
También las cuentas anuales que corresponden al último estado contable.
Libros societarios
Los libros societarios son:
- Los libros de acciones nominativas en las sociedades anónimas.
- Los libros en sociedades comanditarias por acciones.
- Los libros de actas.
- El libro registro de los socios en las sociedades de responsabilidad limitada.
- Los libros contables deben conservarse por al menos seis años contados a partir del último asiento que se realizó. Cuando la sociedad se disuelve la conservación de los mismos corresponde a los liquidadores.
¿Cuándo y cómo se hace la presentación del IS?
La presentación de la declaración del Impuesto de Sociedades se debe hacer los primeros 25 días naturales del mes de julio del año siguiente al ejercicio fiscal, es decir, entre el 1 y el 25 de julio de 2023.
La forma como presentar el impuesto es a través de “Sociedades Web”, que es el servidor de la Agencia Tributaria mediante la obtención de un borrador de la declaración en PDF para poder revisar los datos en papel.
Cuando se utiliza este medio no es necesario descargar ningún tipo de programa telemático específico.
La presentación se realiza ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) mediante los siguientes modelos:
Modelo 200
Para realizar la declaración anual de este impuesto se utiliza el modelo 200, el cual debe presentarse en el mes de julio.
Esto en caso de que el ejercicio económico de la empresa concuerde con el año natural.
Este modelo debe ser presentado durante los 25 días después de los 6 meses contados desde la fecha de cierre.
Este modelo debe ser utilizado por todos los contribuyentes que se encuentren sometidos a este impuesto, sin importar la actividad ni el tamaño de la empresa.
Los pagos fraccionados del impuesto de sociedades vienen en los siguientes modelos:
Modelo 202
El modelo 202 se utiliza cuando se van a realizar pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades.
Este modelo sólo se puede presentar cuando en el modelo 200 se tiene un resultado positivo o en el caso de que sea una gran empresa.
La fecha de presentación de este modelo es en los meses de abril, octubre y diciembre y abril.
Modelo 220
Este modelo es el formulario del impuesto que se aplica al régimen de tributación de los grupos de sociedades.
Su uso es obligatorio para las sociedades dominantes de los grupos como las cooperativas, que sus tributos se realicen en el régimen de consolidación fiscal.
El grupo tiene que presentar el modelo 220 y el resto de las empresas que lo conforman deben presentar la declaración individual que le corresponde en el modelo 200.
¿Cómo se calcula la base imponible del Impuesto de Sociedades?
La base imponible del período impositivo es la cantidad de la renta neta obtenida durante el periodo impositivo.
A este importe se le deducen los gastos y costes devengados, no serán deducibles:
- Los gastos financieros por deudas para adquirir acciones de otra empresa.
- Tampoco los gastos debido a la extinción laboral que sobrepasen el importe máximo establecido.
Para realizar el cálculo se deben tomar todos los ingresos que obtenga la persona jurídica, se restan los gastos y las correciones o ajustes extracontables y se obtendrá la renta del ejercicio o base imponible, que podrá compensarse con las bases imponibles de ejercicios anteriores y dará como resultado la base imponible del ejercicio que se multiplicará por el tipo impositvo para obtener la cuota integra, para después deducir las bonificaciones y deducciones y dará la cuota líquida positiva.
Después se aplican las retenciones y pagos a cuenta soporados por nuestra emperesa que será el pago que hagamos finalmente a Hacienda.
¿Quién debe pagar el Impuesto de sociedades (IS)?
Los que deben pagar el Impuesto de Sociedades son todas las personas jurídicas, excepto las sociedades civiles que no tengan un objeto mercantil.
También algunas entidades que no tienen personalidad jurídica.
Entidades con personalidad jurídica propia
Las entidades con personalidad jurídica propia están conformadas por sociedades mercantiles:
- Sociedades colectivas.
- Sociedades de responsabilidades limitadas.
- Sociedades anónimas.
- Sociedades laborales, entre otras.
Las sociedades civiles con objeto mercantil están obligadas, al igual que las sociedades provinciales, autonómicas, estatales y provinciales y locales.
También las sociedades unipersonales, sociedades cooperativas y las agrarias de transformación, las instituciones y fundaciones públicas y privadas y las agrupaciones de interés económico (AIE).
Entidades sin personalidad jurídica propia
Las entidades sin personalidad jurídica propia que también están sujetas a este impuesto son:
- Las uniones temporales de empresas (UTE).
- Los fondos de inversión.
- Fondos de pensiones.
- Regulación del mercado hipotecario.
- Capital-riesgo, titularización, de activos bancarios y de garantía de inversiones.
- Las comunidades de titulares de montes vecinales que están en mano común.
Exentos del impuesto de sociedades
No tienen que presentar las declaraciones de liquidación del impuesto determinados entes del sector público:
- Estado.
- Comunidades Autónomas.
- Enntidades locales y sus organismos públicos.
- Entidades gestoras de la Seguridad Social-
- Banco de España, entre otros.
¿Cuál es el periodo impositivo?
El período impositivo es el período de tiempo durante el cual se efectúan las operaciones que son gravadas. Las cuales deben incluirse en la declaración del impuesto sobre sociedades.
Por lo general este período coincide con el ejercicio económico de la sociedad, pero no puede ser mayor a 12 meses.
La fecha de cierre está establecida en los estatutos de la sociedad, por lo que no siempre deben coincidir con el periodo impositivo y el año natural.
La finalización del período impositivo por lo general es el día 31 de diciembre de cada año. También se da por finalizado cuando se extinga la sociedad, si se traslada al extranjero la residencia de la entidad.
El periodo también finaliza cuando se transforma la forma jurídica en la que se encuentre configurada la sociedad.
Estimados Señores:
Soy Juan Aguilar Carcamo residente en Chile.
Tengo dos preguntas sobre la tributación en España:
1.- Una Soc. Chilena es dueña en un 100% de una Soc. Española .S.A.
Desea traspasar parte de las acciones a una otra Soc. Chilena. Esta operación se grava con Impuestos en España, por la utilidad en España o pagará el Impuesto en Chile por el Convenio.
2.- Una persona natural o fisica natural desea invertir euros en España, cual es la mejor opción tributaria para invertir.
Muchas gracias.
Buenas tardes Juan,
Para cualquier consulta nos puede escribir directamente por privado en info@rodenasbogados.com o a través de nuestro formulario.
Estaremos encantados de contestarle.
Equipo de Rodenas Abogados