formas de aceptación de la herencia - pura o simple y a beneficio de inventario

Históricamente, la aceptación de la herencia se ha llevado a cabo de dos maneras tradicionales: el sistema romano y germánico.

En primer lugar, según el sistema romano, cuando una persona hereda, tiene la opción de aceptar o rechazar los bienes heredados. Esta forma de aceptación de la herencia ha prevalecido en la tradición jurídica romana.

Por otro lado, existe otra perspectiva de origen germánico que se opone a la anterior. En este caso, la aceptación de la herencia es automática y tiene lugar en el momento del fallecimiento del causante. En este escenario, el heredero solo tiene la opción de rechazar o renunciar a la herencia, en lugar de aceptarla activamente.

La aceptación de la herencia en España viene regulada en los artículo 988 a 1034 del Código Civil

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Para ello, indícanos los siguientes datos:

  • Fecha de fallecimiento.
  • Si estaban casados en sociedad de gananciales y tenían testamento otorgado.
  • Número y valoración de los inmuebles, la valoración que en principio le damos como valor de mercado:
  • Si tienen fondos en acciones.
  • Cuentas bancarias.
  • Número de herederos.

También nos encargamos de la presentación al Catastro y al Registro de la Propiedad, así como la liquidación del Impuesto de Sucesiones y plusvalías de la herencia.

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No basta con ser heredero para recibir la herencia

La aceptación de la herencia debe darse ya que es necesario, del mismo modo, el repudio. Debido a que es suficiente con el nombramiento para acceder a la titularidad de todos los bienes y responsabilidades del causante.

Por ello, el heredero debe aceptar los bienes y responsabilidades del causante.

Existen varias formas para poder aceptar el caudal hereditario y estas se mencionan a continuación:

A. La aceptación pura y simple de la herencia

Esta es una de las formas de aceptación de la herencia más común que ocurre. En este caso, el heredero asume todos los derechos que tenía el titular antes de fallecer, sin embargo, también se le adjudican todas las deudas y demás obligaciones legales.

Del mismo modo, este tipo de aceptación de la herencia se subdivide a su vez en dos formas diferentes que son las siguientes:

A.1 Aceptación expresa

 Sin duda, este caso es el más habitual que se presenta. Es la aceptación formal por parte del heredero de todo el capital y los pasivos del difunto. Por lo tanto, se realiza mediante la confirmación escrita, bien sea notariada o entregada en cualquier entidad jurídica.

A.2 Aceptación tácita

 Esta aceptación ocurre cuando el llamado a heredar lleva a cabo acciones que asumen la aceptación de dicha herencia. Existen una serie de actos que definen la aceptación tácita de la herencia.

Por ejemplo, disponer de los bienes heredados. Además, asistir ante un juez como titular, impugnar el testamento, pagar deudas correspondientes a la herencia, etc.

B. La aceptación de la herencia en beneficio de inventario

Antes de aceptar el caudal hereditario, es indispensable averiguar las deudas que ha dejado el difunto. Claro está que una vez que el heredero acepte recibir la herencia, se subrroga en la misma posición jurídica del causante asumiendo las obligaciones.

La aceptación de la herencia en beneficio de inventario es un modo de poder verificar las deudas que tenía el fallecido. Además, permite validar si realmente quedan bienes de la herencia de los cuales poder disfrutar.

Si posteriormente, a la realización de la investigación, se constata que sólo hay deudas y no queda ningún tipo de bien, el heredero puede renunciar a la herencia.

Por consiguiente, evita hacerse acreedor de estas responsabilidades que mantenía el fallecido.

El heredero puede usar el beneficio de inventario para no responder con su capital por deudas del causante. En el caso de hacerlo solo hasta donde el valor total de los bienes lo haga posible.

¿Qué consecuencias trae consigo la aceptación de la herencia?

La primera consecuencia no es otra que la transferencia de los bienes del causante al heredero, además, la aceptación de sus obligaciones y derechos.

¿Es obligatoria la aceptación de la herencia?

La respuesta es no. El individuo llamado a heredar, no se encuentra en obligación de acceder a recibir los bienes para los cuales se le han mencionado en el testamento del difunto y para ello existe la posibilidad de repudiar dicha herencia.

Ambas acciones, tanto la de aceptación como la de repudio, son voluntarias y no deben ser impuestas.

Las consecuencias de no aceptación de la herencia son las mismas para todas ellas: se deben hacer por escrito y son irrevocables.

¿Cuál es el plazo máximo para aceptar una herencia?

El plazo de prescripción de la herencia es de un período de 30 años. No obstante, este tiempo máximo para aceptar recibir la herencia podría ser mucho menor. Algún tercero interesado puede solicitar al heredero que indique su decisión de aceptar o no la herencia.

El Código Civil señala claramente que cualquier persona que se encuentre interesada, podría exigir al heredero la renuncia o la aceptación del caudal hereditario. Sin embargo, esto puede ocurrir una vez transcurridos nueve días posteriores al fallecimiento del anterior titular de la herencia.

Asimismo, una vez hecha esta solicitud, el heredero cuenta con 30 días naturales para poder acceder a la aceptación pura y simple de la herencia.

¿Quién puede solicitar este plazo al notario?

La realidad es que cualquier persona puede hacerlo siempre y cuando esta decisión denote una afectación directa. Sin duda, en la mayoría de los casos, esta solicitud proviene de otro heredero o algún acreedor que necesite saldar su deuda. Este último podría tratarse tanto de alguien relacionado con el heredero o con el titular.

¿La aceptación de la herencia tiene algún coste?

Efectivamente, el hecho de acceder a la aceptación de la herencia sin importar la manera en que se haga, implica un gasto. Igualmente, debe ser asumido porque tanto aceptar como repudiar la herencia, son actos que deben ser llevados a cabo ante un notario: Por ello, se deben afrontar los gastos por concepto de sus honorarios.

Este no es el único gasto que se podría presentar. Al requerir la asesoría de un abogado especialista en herencias, también se debe garantizar el pago por sus servicios. La minuta en este caso, por ejemplo, podría ascender a los 4000 euros. En el supuesto de que se tratara de una herencia cuyos bienes se encuentren valorados en 300.000 euros.

Los herederos deben asumir los gastos de la herencia. Se debe realizar teniendo en consideración el importe de los bienes que están recibiendo mediante el caudal hereditario.

Escritura de aceptación de la herencia

La herencia y su aceptación implican actos judiciales. Es indispensable ser lo más claro posible y sustentar bien sea la aceptación o repudio de forma notariada para evitar problemas legales futuros.

El no registrar ninguna escritura legal puede causar problemas como consecuencia de la evasión de responsabilidades. Menores de edad, familiares o personas de tercera edad no podrán ser beneficiarios de la herencia si fallece el heredero en este caso.

Aceptación parcial de la herencia

La herencia puede ser asumida por el individuo llamado a heredar en los términos que se han mencionado con antelación. Esto en pocas palabras representa la transferencia de bienes, obligaciones y derechos. Tanto lo que sea heredado por voluntad del causante como los bienes propios que ya haya tenido el heredero, pasarán a un mismo capital.

En cuanto a la aceptación o repudio, es importante tener muy claro que son acciones totales. Es decir, la herencia bajo ninguna circunstancia puede ser rechazada o aceptada en forma parcial.

¿Se puede aceptar la herencia de modo individual?

No se requiere de la participación de los demás herederos para la aceptación de la herencia. Sin embargo, se deben pronunciar necesariamente para la partición de bienes. En el caso de que uno de los herederos no se presente, se requiere que lo haga en no más 30 días naturales.

Formas de no aceptación de la herencia

En primer lugar, tienen derecho a renunciar a la herencia todos aquellos que pueden disponer libremente de sus bienes. En el caso de menores de edad o incapacitados, recibirán o rechazarán la herencia los tutores, con autorización jurídica.

Repudiar la herencia tiene también dos maneras diferentes: renuncia pura y simple o renuncia traslativa en favor de otros llamados a la herencia.

A. Renuncia pura y simple de la herencia

En primer lugar, no requiere la sucesión del derecho a transferir. Por consiguiente, heredan los familiares del siguiente grado, por derecho propio, con total independencia del cesante.

B. Renuncia traslativa de la herencia

Ciertamente, no involucra una renuncia dicha propiamente, sino más bien la culminación de derechos obtenidos con antelación a ser transferidos. Es decir, es el acto posterior a la admisión en el cual se produce la donación.

Características de la no aceptación de la herencia

  1. Se debe hacer mediante un documento escrito presentado al juez.
  2. Si la herencia ha dejado legado, el repudio no priva al derecho de acceso.
  3.  La herencia no puede ser repudiada en partes, por ende, debe asumirse o rechazarse en su totalidad.
  4.  Si el heredero muere antes de aceptar o repudiar la herencia, los descendientes pueden hacerlo.
  5.  La herencia no puede ser rechazada o aceptada si el titular no ha fallecido.

Consecuencias de no aceptar la herencia

En caso de que la persona decida rechazar la herencia, evidentemente no tendrá acceso alguno, y de manera definitiva al caudal para el cual fue llamado como heredero, no obstante, sí podrá optar por un tercio de mejora, en caso de que existiera.

Se puede considerar aceptación tácita la no aceptación de la herencia sin repudio mediante un documento. Por ello, la herencia se acepta de forma tácita cuando se cumple el plazo de 30 días naturales.

Finalmente, es importante recordar que la presencia de abogados y notarios es indispensable tanto para aceptar como para repudiar una herencia ya que es de gran ayuda contar con especialistas en el área de derecho sucesorio.

Si tienes alguna duda sobre las formas de aceptación de la herencia, llámanos sin compromiso.

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