El Estatuto de los trabajadores es el texto legal que regula la relación laboral en el territorio español. En este texto se encuentran las normas fundamentales que existen en España en el Derecho Laboral, fue aprobado por primera vez en 1980.
Este texto ha sufrido varias modificaciones estando vigente el Real Decreto Legislativo 2/2015, con fecha 23 de octubre. Este decreto establece la aprobación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Tabla de contenido
- 1 ¿Cuál es el origen del Estatuto de los Trabajadores?
- 2 ¿Qué regula el estatuto de los trabajadores?
- 3 ¿A quien protege el Estatuto de los Trabajadores?
- 4 Contenido del Estatuto de los trabajadores
- 5 Título I, llamado relación individual de trabajo
- 6 ¿Cuáles son las obligaciones y derechos que establece el Estatuto de los Trabajadores?
¿Cuál es el origen del Estatuto de los Trabajadores?
La publicación por primera vez del Estatuto General de los Trabajadores en el Boletín Oficial del Estado (BOE) fue el 14 de marzo de 1980. El objetivo y la necesidad de este texto se encuentran establecidos en el artículo 35 de la Constitución Española.
La normativa surgió por el derecho y el deber que tiene una persona a tener un trabajo con una remuneración digna. También a no sufrir ningún tipo de discriminación en la relación laboral, todo esto de acuerdo con lo establecido en la constitución española.
La aprobación de este texto significó la derogación de la normativa laboral existente para ese momento. En el texto se establecieron los principales derechos y deberes de los trabajadores.
Este texto tiene carácter de rango de ley y únicamente puede ser modificado por un Real Decreto Ley. Con el paso del tiempo esta normativa ha tenido varias modificaciones, siempre buscando proteger a los trabajadores.
La normativa fue reformada y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) dando origen al Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Esta modificación aparece en el Real Decreto Ley 1/2015, con fecha 23 de octubre.
El Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores sufrió otra modificación en el Real Decreto ley 19/2020, con fecha 26 de mayo. En este se modificaron algunos artículos para establecer medidas complementarias y paliar efectos del Covid19.
Entre las modificaciones realizadas se encuentran las relacionadas con materia científica, agraria, económica, con la Seguridad Social, el empleo y tributarias. También se modificaron los artículos relacionados con las categorías profesionales y las modalidades contractuales.
¿Qué regula el estatuto de los trabajadores?
El Estatuto de los Trabajadores es un código normativo cuyo objetivo es regular las relaciones entre las empresas y los trabajadores. Llámanos si necesitas la intervención de un abogado laboralista en Madrid que entienda todos los sectores productivos a fin de proteger los derechos de los trabajadores.
El carácter de este texto es eminentemente flexible ya que su aplicación puede variar de acuerdo con lo acordado en los convenios colectivos. Pero el Estatuto expresa algunas prohibiciones y se encarga de que se cumplan determinadas obligaciones bajo sanciones leves, graves o muy graves.
La Constitución Española establece que todas las empresas y empresarios deben cumplir con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 2/2015. Ante cualquier conflicto que se origine en la relación laboral entre empresa y trabajador debe respetar los derechos mínimos establecidos en relación a:
- Las vacaciones.
- Excedencias voluntarias.
- Bajas voluntarias.
- Cambios de titularidad de una empresa regulado en el artículo 44 ET.
- Extinción de contratos del artículo 49.1 d) ET.
- Etc.
¿A quien protege el Estatuto de los Trabajadores?
Este texto normativo sólo regula las relaciones laborales de los trabajadores que presten sus servicios de forma voluntaria a una empresa o empleador. Esto significa que protege a todas las personas que trabajen por cuenta ajena, quedando excluido los trabajadores por cuenta propia o autónomos.
Pero los Trabajadores Autónomos Económicamente Dependientes (TRADE) se encuentran amparados en algunos puntos por el Estatuto de los Trabajadores. También otros colectivos como son los deportistas y los artistas, entre otros.
Esta normativa también protege a los trabajadores que hayan sido contratados por empresas españolas en el extranjero. Al igual que están reguladas por esta ley las empresas extranjeras que operen en territorio español,
El Estatuto de los Trabajadores también se aplica a los siguientes tipos de trabajadores:
- Penados que laboren dentro de las instituciones penitenciarias.
- Discapacitados que laboren en los Centros Especiales de Empleo.
- Las personas que ocupan cargos de Alta Dirección, cuando no sean consejeros.
- Servicio del hogar familiar.
- Los menores que se encuentran sometidos a medidas de internamiento para el cumplimiento de responsabilidad penal.
- Personas o comisionistas que participen en operaciones mercantiles por cuenta de empresario, pero que no asumen riesgos ni beneficios del resultado.
- Los que cumplen funciones de estibadores portuarios.
- Los profesionales del derecho que presten sus servicios en despachos de abogados a través de un contrato laboral y los profesionales relacionados con el ámbito de las Ciencias de la Salud.
¿Quiénes quedan excluidos del Estatuto de los Trabajadores?
Existen algunos tipos de trabajadores que quedan excluidos de la aplicación del Estatuto de los Trabajadores. Esto debido a que pertenecen a un régimen de legislación diferente o porque no cumplen con las características de una relación laboral.
Entre ellos se encuentran:
- Los trabajadores del sector público o funcionarios públicos, debido a que se encuentran sometidos al Régimen Estatutario o Administrativo.
- Las personas que participan en operaciones mercantiles, donde asumen riesgos y beneficios en el resultado de la operación.
- Los miembros o consejeros de los órganos de administración en sociedades.
- Los trabajos a familiares, motivados por la amistad.
- Las prestaciones personales obligatorias como es el cuido de dependientes o hijos, entre otras.
El Estatuto de los Trabajadores excluye cualquier relación contractual que no cumplen con las características establecidas en una relación laboral. Como son la voluntaria, ajena, personal, dependiente, retribuida y que están dentro de la dirección y organización del empleador.
La normativa prohíbe el trabajo a los menores de dieciséis años, sólo en determinadas excepciones. Como es el caso del mundo del espectáculo y que cuenten con la autorización de los padres.
Contenido del Estatuto de los trabajadores
El Estatuto de los Trabajadores se encuentra dividido en tres Títulos, los cuales se subdividen en Capítulos, Artículos y Secciones. Para formar un total de 92 artículos y cuenta además con diferentes disposiciones que tienen como objetivo regular algunos aspectos relacionados con la aplicación de la norma.
Al Estatuto también se le han incorporado diferentes modificaciones a través de derogación del contenido anterior o de medidas transitorias. Las disposiciones derogatorias se encuentran al principio del Estatuto de los Trabajadores, seguido por los tres títulos y finaliza con las disposiciones adicionales.
El Estatuto de los Trabajadores está estructurado de la siguiente forma:
Título I, llamado relación individual de trabajo
Este título es el más extenso el cual está conformado por cinco capítulos cada uno con varias secciones y 60 artículos. Los cuales tratan sobre el ámbito de aplicación de la normativa y las fuentes de las relaciones laborales. Además de los deberes y los derechos fundamentales de cualquier trabajador, los cuales se encuentran entre los artículos 4 y 5.
El presente título también establece la normativa que regula los diferentes tipos de contrato y los límites de la contratación. Menciona de forma expresa los diferentes regímenes profesionales y a los menores de edad.
El capítulo III de este título establece las condiciones para modificar, suspender y poner fin a un contrato laboral.
Título II, corresponde a los derechos de los trabajadores a la representación colectiva y a la reunión en la empresa
Este título está conformado por dos Capítulos cada uno con varias secciones y 21 artículos. El título II regula los diferentes aspectos relacionados con el derecho de representación de los trabajadores y la actividad sindical.
Los artículos pertenecientes a este título afectan particularmente a las empresas de gran tamaño.
Título III, corresponde a los convenios colectivos y a la negociación colectiva
El título III del Estatuto Trabajadores está conformado por dos Capítulos cada uno con sus respectivas secciones y 11 artículos. Este título establece los procedimientos a seguir y los efectos que pueden tener los convenios colectivos. Además, establece que los artículos de esta normativa prevalecen sobre los convenios.
Disposiciones adicionales
Esta normativa en paralelo con los artículos que se encuentran distribuidos en los tres títulos también contiene una serie de disposiciones adicionales. Las cuales tienen como objetivo aclarar diferentes aspectos que han quedado fuera del ámbito de aplicación de la normativa.
Entre los aspectos tratados se encuentran circunstancias en las cuales un trabajador por cuenta propia se encuentra bajo la protección del Estatuto. Establece una definición para las personas que ocupan puestos en la alta dirección.
En estas disposiciones se encuentra el procedimiento a seguir para la resolución no judicial de los conflictos laborales. También determina los límites de aplicación de las diferentes modalidades contractuales.
¿Cuáles son las obligaciones y derechos que establece el Estatuto de los Trabajadores?
El Estatuto de los Trabajadores regula los derechos laborales y establece las obligaciones. Entre ellas están las tareas propias de la actividad laboral, cumplimiento de las medidas de higiene y seguridad.
Los trabajadores por su parte deben cumplir las normas establecidas y buscar mejorar la productividad de la empresa o el organismo para el cual trabajan.
Entre los derechos de los trabajadores, más destacados establecidos en el Estatuto se encuentran los siguientes:
- No ser discriminados por razón de edad, religión, sexo, origen, ideología u orientación sexual.
- La existencia de una política de seguridad e higiene adecuadas para mantener la integridad física del trabajador.
- Negociación colectiva para llegar a acuerdos o convenios para tener mejores condiciones laborales.
- Respeto a la intimidad y dignidad, además le brinda protección ante el acoso.