diferencia entre clasificación y calificación del suelo

La principal diferencia entre clasificación y calificación del suelo es que una se refiere a los diferentes tipos de suelos y la otra al uso que se les da a cada tipo.

Estos términos son diferentes en el Derecho urbanístico y son conceptos esenciales en el planeamiento urbano y la legislación.

La clasificación y calificación del suelo lo único que tienen en común en el planeamiento urbano es determinar el contenido de las propiedades del suelo.

Además, se trata de dos de los instrumentos más importantes con los que cuenta el planeamiento y la legislación urbanística para definir el suelo.

¿Cuáles son las diferencias entre clasificación y calificación del suelo?

Las diferencias entre clasificación y calificación del suelo que tienen estos dos términos en el Derecho Urbanístico son las siguientes:

A. La clasificación del suelo:

La clasificación del suelo es el principal elemento para definir la ordenación urbanística de los terrenos. Esto de acuerdo con la situación básica en que se encuentre según la legislación autonómica y lo establecido en la Ley del suelo estatal.

Esto se refiere al régimen urbanístico en el que se divide un suelo, es decir, que tipo de suelo es. La clasificación del suelo es de mucha importancia para definir el ordenamiento urbanístico de los terrenos según lo establecido en la ley.

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La clasificación del suelo se refiere a los distintos tipos de suelo:

A.1.- El suelo urbanizable

Este suelo urbanizable está conformado por los terrenos que no pertenecen al suelo no urbanizable ni al suelo urbano. Estos terrenos pueden ser sometidos a transformación y a urbanización cuando se disponga en el planeamiento municipal.

En la normativa autonómica, existen dos tipos de suelo urbanizable aunque tienen diferentes denominaciones. Ellos son:

– Suelo urbanizable programado o sectorizado

Este tipo de suelo urbanizable está integrado por terrenos que el planeamiento general anuncie de forma expresa que deben ser transformados en suelo urbano. Por ello se divide en recintos y cada uno es denominado sectores.

– Suelo urbanizable sin programar o no sectorizado

Los suelos de este tipo son los que están constituido por los demás los terrenos que están anexados al suelo urbanizable. Los suelos que se encuentran en esta clasificación podrían ser transformados y urbanizados a largo plazo. Por qué no están dentro de los terrenos programados por el planeamiento y necesitan de ordenación pormenorizada.

A.2.- Suelos no urbanizables

Estos tipos de suelos son todos los que cuentan con algún tipo de protección específica que se debe a diferentes razones. Estos a su vez se han clasificados en:

– Suelo no urbanizable especialmente protegido

Este tipo de suelos cuentan con una especial protección que les brinda el plan general de ordenamiento urbanístico. En este tipo de suelo, el plan general establece las medidas y condiciones que sean necesarias para la protección y conservación de los diferentes elementos naturales y se incluye la prohibición absoluta de construir.

En ningún caso los suelos no urbanizables especialmente protegidos pueden ser utilizados para la transformación de su naturaleza o destino. Para evitar se lesione el valor específico que se desea proteger

Estos terrenos suelen tener un valor arqueológico, ambiental, paisajístico, científico, histórico o cultural.

– Suelo no urbanizable simple o común

En esta clasificación se encuentran los suelos que no requieren una protección especial, a pesar de estar resguardado del proceso de desarrollo urbano. En los suelos no urbanizables simple o común se permiten unas determinadas instalaciones o edificaciones.

A.3.- El suelo urbano

La clasificación del suelo urbano solo la tienen los terrenos que cumplen con determinados requisitos establecidos en la Ley. Para esta clasificación se utilizan los siguientes criterios:

Criterio de transformación del suelo

La transformación del suelo consiste en que de su estado natural se convierte en un espacio apto para la urbanización.

Los suelos urbanos de acuerdo con este criterio son aquellos que al momento de aprobarse el planeamiento general municipal, ya se encuentran transformados.

Esto debido a que cuentan como mínimo, con los siguientes servicios básicos:

  • Acceso rodado.
  • Evacuación de aguas.
  • Suministro de energía eléctrica.
  • Y abastecimiento de agua.

Se clasifican también con este criterio los terrenos que, aunque no cuentan con los servicios básicos señalados cuando fue aprobado el planeamiento general. Pero durante la ejecución del mismo llegan a contar con los servicios debido a que fueron urbanizados en ese tiempo.

Criterio de la ubicación

El criterio de la ubicación en la clasificación del suelo es el que proporciona la condición urbana al suelo. Debido a la consolidación del área donde se integra, sin importar los servicios con los que cuente.

Según este criterio, los suelos urbanos son los terrenos que sin importar su estado de transformación, están ubicados en áreas consolidadas por la edificación.

Cuentan con las características y la forma que establezca la legislación urbanística.

A.3 Tipos de suelo urbano

Existen dos tipos de suelo urbano, ellos son:

– Suelo urbano consolidado

Este tipo de suelo es el que ha sido transformado por la urbanización y que tiene todos los servicios que tienen este tipo de suelo. Sin importar que estos servicios se hayan adquirido durante la ejecución del planeamiento o con el pasar del tiempo.

En este tipo de suelo se encuentran la mayoría de los cascos antiguos que conforman las actuales ciudades.

– Suelo urbano no consolidado

En esta clasificación se encuentran los suelos que aún forman parte de la ciudad, no tienen la urbanización completa. Esto significa que no cuentan con todos los servicios urbanos.

Estos terrenos necesitan obras de urbanización que se deben realizar sometidas al régimen de actuaciones del planeamiento. Entre las obras que necesitan se encuentran las de mejora urbana, renovación, reforma interior y de obtención de dotaciones urbanísticas.

Esta clasificación del suelo se debe a la hacienda local y a la regulación catastral inmobiliaria. Esto con la finalidad de cumplir con el Impuesto sobre bienes inmuebles.

B. La calificación del suelo:

La calificación del suelo se refiere al uso que se le puede dar y a las posibilidades que tiene de edificación. Por ello cada clasificación de suelo tendrá unos usos determinados y es a lo que se refiere la calificación urbanística.

Los destinos y usos de los tres diferentes tipos de suelos son los siguientes:

B.1 Uso general del suelo

Esto se refiere a los destinos generales que tendrá el suelo, como áreas verdes, infraestructuras, entre otros. En el uso general del suelo no se especifica qué tipo de edificación se puede establecer en ese suelo.

B.2 Uso específico del suelo

El uso específico de los diferentes tipos de suelo se refiere a los destinos específicos del suelo. Estos destinos pueden ser industrial, religioso, residencial, cultural, entre otros. Los diferentes tipos de usos determinan el tipo de edificación que se puede desarrollar en el suelo.

B.3 ¿Qué es suelo industrial?

El suelo industrial es un tipo de uso, por lo que se ubica en un tipo de calificación de suelo. En este tipo de suelos se encuentran las zonas del término municipal en las que se han ubicado las fábricas, los polígonos industriales, parques empresariales y todos aquellos terrenos que tienen uso industrial.

Este tipo de terreno únicamente pueden ser usados para las actividades industriales no se pueden emplear para otro tipo de edificaciones.

¿Cómo saber la clasificación de un terreno?

La clasificación urbanística de un suelo se puede conocer de forma online y gratuita a través de la sede electrónica de catastro.  Por medio de esta plataforma se puede conocer si el suelo es urbanizable, urbano o no urbano.

La información también se puede obtener visitando el Ayuntamiento del Municipio, donde se puede obtener información del planeamiento urbanístico.

El cual regula el suelo, la normativa municipal, afectaciones del suelo, las posibles servidumbres, si se encuentra en una avenida que esté urbanizada o si cuenta con los servicios básicos, entre otros.

Lo recomendable es que para obtener la clasificación urbanística actualizada de un suelo, contactar a un técnico independiente y competente. Estos técnicos pueden ser un arquitecto o un ingeniero agrónomo, los cuales están capacitados y facultados.

Lo que les permite emitir un certificado urbanístico actual y real del terreno que se desea con la documentación jurídica válida. También se conocerá el propietario actual del terreno y si tiene deudas pendientes.

La forma más exacta de tener la información del tipo de terreno es con los profesionales facultados para ello. Los cuales emitirán el certificado correspondiente y con información confiable y garantizada.

¿Qué significa régimen urbanístico del suelo?

Este régimen está conformado por un conjunto de deberes y derechos que a su vez forman el derecho de propiedad del suelo. Esto de acuerdo con el planeamiento y la legislación urbanística.

El régimen urbanístico del suelo es jurídico y su principal característica es que es un régimen estatutario. En el cual el derecho de propiedad y su contenido lo delimita un estatuto jurídico que es variable. Este se obtiene a través del contenido genérico que dispone la ley, su precisión más la ultimación.

En relación con la clasificación y calificación del suelo, los diferentes metros cuadrados de suelo cuentan con una clasificación determinada.

Además de una calificación que concede el planeamiento urbanístico y que realiza los últimos detalles del contenido del derecho de propiedad.

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