Demanda por impago del alquiler

Si su inquilino está en mora, es esencial calmar la situación rápidamente, tratando de comunicarse con él y discutir mientras le envía en paralelo un recordatorio por correo simple y luego un aviso formal. En caso de negativa debe interponer una demanda por impago de alquiler.

Esta fase es crucial porque los atrasos en el pago de la renta por el inquilino que se liquidan suelen ser muy difíciles de resolver habida cuenta que se van acumulando.

Una forma rápida de cobrar las cuotas impagadas es a través de un juicio monitorio que se interponer en el Juzgado del domicilio del demandado

Los propietarios individuales a menudo se sienten perdidos cuando se trata de sus inquilinos en el caso de alquileres impagos.

Otra alternativa es con juicio por desahucio que conduce al desalojo del inquilino y se interponer en el Juez del lugar donde radique la finca arrendada

Éste no solo es un proceso largo y complejo, sino que a menudo no es suficiente para obtener el reembolso completo de los atrasos del alquiler.

Por tanto, si tienes un problema con el pago de tu inquilino, puedes consultarnos sin compromiso, llamando al teléfono 665 49 23 96 o enviando un formulario comentando tu caso.

¿Cuál es el proceso antes de la demanda por impago de alquiler?

Primero que nada, los trámites en caso de impagos de rentas son relativamente sencillos, cuando el arrendador advierte mediante el envio de un burofax del impago del alquiler.

Este escrito debe ser de modo amistoso y requiriendo al inquilino a su abono, sin perjuicio de poder iniciar acciones legales en caso de incumplimiento.

Después, las dos partes podrán llegar a un acuerdo respecto al reembolso de la cantidad adeudada. Si se llega a un acuerdo, la disputa termina ahí.

¿Qué hacer si no funciona el burofax?

Si, tras intentar llegar a un acuerdo amistoso, no se ha llegado a una resolución, el arrendador deberá ponerse en contacto con un despacho de abogados con el fin de implementar medidas e intentar recuperar parte de su dinero.

Nuestros expertos evaluarán el contrato de alquiler por si existe alguna cláusula de rescisión, ya que en caso de impago de la renta y los cargos en las fechas pactadas, el contrato de arrendamiento se rescindirá automáticamente sin que una decisión judicial pueda oponerse.

En estos casos el arrendador recurre a un abogado y un procurador que transmite al arrendatario, como máximo una orden de pago que contiene el resumen de las sumas adeudadas. El arrendatario dispone entonces de 2 meses para pagar los días posteriores o el importe de las rentas impagadas.

Una vez transcurrido el plazo acordado, si se pagan las deudas, el inquilino podrá permanecer en el alojamiento. En caso de impago de las rentas, el propietario recurrirá al juzgado de distrito para formalizar la demanda por impago de la renta.

¿Cuál es el procedimiento para interponer la demanda por impago?

En el caso de que el contrato de arrendamiento no contenga una cláusula de rescisión, el arrendador recurre a un abogado especialista en desahucios y llevará al arrendatario a los tribunales.

Una vez admitida la demanda, el letrado de la Administración de Justicia enviará a ambas partes, es decir arrendador e inquilino, una citación judicial para resolver el impago del alquiler.

Después de escuchar los argumentos de todas las partes, el Juez decide si la situación requiere la extensión del plazo, esto en caso de que el inquilino tenga medios para pagar o la terminación del contrato de arrendamiento y desahucio.

Si se acepta este último, un juez enviará la sentencia al inquilino que tiene un plazo determinado para interponer un recurso de apelación.

Si el inquilino no apela, el procurador le emite una orden para desalojar el local o inmueble, así como a la prefactura correspondiente, si el alojamiento es la residencia principal del inquilino.

El inquilino tiene entonces 2 meses para desalojar el inmueble, puede acudir al tribunal de primera instancia por un período adicional, que puede oscilar entre 3 meses y 3 años como máximo según la situación.

Nota: Siempre le hacemos saber a los clientes que, la duración del procedimiento de demanda por impago de rentas es de entre 18 y 24 meses, sin contar los plazos concedidos por el juzgado.

Además, los honorarios del abogados pueden oscilar entre 1.000 y 3.000 € dependiendo de la cuantía a reclamar.

Consejos antes de la demanda por impago de rentas:

  • Intenta de forma telefónica o correo electrónico llegar a un acuerdo amistoso con el inquilino, ofreciéndole 1 mes para pagar.
  • Después de contactar con el inquilino, aproximadamente 15 días después de la fecha prevista de pago del alquiler.
  • Si este último aún no ha dado seguimiento, el arrendador tendrá que enviar un burofax con correo certificado requiriéndole de pago.
  • Emite una orden de pago, ya que este documento oficial otorga al inquilino un plazo determinado para pagar sus atrasos.
  • Si no paga deberás acudir a los tribunales para reclamar el importe adeudado.
  • Después del juicio, si nos dan la razón se desaloja al inquilino, el LAJ emite una orden de desalojo del local al inquilino que tiene 2 meses para hacerlo.
  • Si el inquilino se niega a abandonar el local, se irá acompañado de un cerrajero y de la Guardia Civil para desalojar la vivienda.

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