El delito contra la propiedad intelectual ocurre cuado con ánimo de lucro directo o indirecto se lleva a cabo la distribución, plagio, reproducción o comunicación pública de una obra sin la autorización del titular de los derechos de propiedad intelectual.
Este acto se realiza con la intención de perjudicar al autor y obtener beneficios económicos.
Este delito implica la violación de los derechos económicos y morales que corresponden al autor de una obra específica.
Estas obras pueden ser de naturaleza científica, artística o literaria, incluyendo:
- Software de computadora.
- Fotografías.
- Composiciones musicales.
- Obras cinematográficas.
Tabla de contenido
- 1 El bien jurídico protegido en la propiedad intelectual
- 2 Tipos de delitos contra la propiedad intelectual
- 3 Regulación del delito contra la propiedad intelectual
- 4 Los cometidos por Internet 270.2 y 3 CP
- 5 La modalidad atenuada del artículo 270.4 CP
- 6 Requisitos para calificar el delito contra propiedad intelectual
- 7 Penas por el delito contra la propiedad intelectual
- 8 Medidas cautelares que imponer el Juez
- 9 Responsabilidad civil del delito contra la propiedad intelectual
- 10 ¿Quieres denunciar un delito contra la propiedad intelectual?
El bien jurídico protegido en la propiedad intelectual
La protección de los derechos de autor y la lucha contra estas infracciones son fundamentales para salvaguardar la creatividad, la innovación y la justa remuneración de los creadores.
La propiedad intelectual se encuentra regulada en la Sección 1ª del capítulo XI, de los delitos contra el patrimonio y orden socieconómico.
También se toma en cuenta el Real Decreto Legislativo 1/1996 donde se encuentra la Ley de Propiedad Intelectual.
El bien jurídico protegido son los derechos exclusivos de explotación de la propiedad intelectual
Esta protección otorga a los autores de creaciones de la mente (obras literarias, artísticas o científicas) es lo que se conoce como propiedad intelectual.
Dicha protección permite a los autores de una obra su explotación comercial, exposición o reproducción a través de cualquier medio.
La protección de la propiedad intelectual se encuentra expresada por medio de marcas, patentes y derechos de autor.
Por este motivo, los delitos contra la propiedad intelectual ocurren cuando se transgreden cualquiera de los derechos que los autores tienen sobre sus obras.
Tipos de delitos contra la propiedad intelectual
El Código Penal español tipifica los delitos que se cometen contra la propiedad intelectual, que se caracterizan por la violación de los derechos de los creadores y titulares de obras intelectuales.
Estos delitos son las acciones que se ejercen con intenciones de obtener un beneficio directo o indirecto y causándole un daño a un tercero.
A continuación, se mencionan algunos de los principales:
El plagio
El plagio consiste en la copia o presentación de una obra ajena como propia, sin el consentimiento del autor original.
Puede darse en ámbitos académicos, literarios, artísticos o científicos, y se considera una violación de los derechos morales y patrimoniales del autor legítimo.
La piratería
Este delito implica la reproducción, distribución o venta no autorizada de copias ilegales de obras protegidas por derechos de autor, como películas, música, libros, software y videojuegos.
La piratería se realiza con fines de lucro y perjudica tanto a los creadores como a la industria correspondiente.
Falsificación de marcas
Este delito implica la reproducción o imitación no autorizada de marcas comerciales registradas, con el propósito de engañar a los consumidores y obtener beneficios económicos ilícitos.
La falsificación de marcas afecta tanto a las empresas como a los consumidores, al poner en riesgo la calidad y autenticidad de los productos.
Contrabando de productos falsificados
Se refiere a la importación o exportación ilegal de bienes falsificados o pirateados, como ropa, calzado, electrónica, medicamentos, entre otros.
Este delito no solo afecta a los titulares de los derechos de propiedad intelectual, sino también a la salud y seguridad de los consumidores.
Descarga y compartición ilegal de contenidos protegidos
Se refiere a la obtención, descarga o distribución no autorizada de material con derechos de autor, como música, películas, libros o software, a través de plataformas o redes P2P (peer-to-peer).
Esta práctica infringe los derechos de los titulares de los contenidos y perjudica a la industria del entretenimiento y la creatividad.
Regulación del delito contra la propiedad intelectual
Este delito está regulado en los artículos 270 al 272 del Código Penal español y lo pueden cometer personas jurídicas y personas físicas y en caso de ser condenado habrá que abonar la correspondiente indemnización.
Su definición se encuentra en el apartado 1 correspondiente al artículo 270 del Código Penal y se consideran delitos contra la propiedad intelectual de tipo básico:
- La distribución: consiste en poner a disposición del público una gran cantidad de ejemplares de una obra
- El plagio: la transformación consiste en la reordenación, adaptación, traducción o cualquier otro cambio que se haga de una obra diferente o una obra derivada.
- La comunicación pública: se refiere a cualquier tipo de acto mediante el cual una gran cantidad de personas tienen acceso a una obra. Sin embargo, previamente no se ha realizado la distribución de ejemplares a cada una de ellas.
- La reproducción: el derecho de reproducción es exclusivo de los autores de obras, por esta razón no se pueden reproducir las obras sin su autorización. Esta acción se realiza cuando se fija una obra en cualquier tipo de soporte el cual permite su comunicación y la obtención de copias
- O cualquier explotación económica de la propiedad intelectual.
El Código Penal fue modificado hace pocos años para adaptarlo a la realidad actual y ahora también sanciona a los medios online que faciliten el acceso a obras.
Esta sanción será aplicada cuando utilicen la obra sin autorización del titular del derecho de propiedad intelectual.
Para aplicar dicha sanción es imprescindible la existencia del dolo o la intención de conseguir un beneficio económico.
Tipo atenuado
El delito contra la propiedad intelectual tiene una modalidad atenuada que refiere a la venta ambulante de propiedad intelectual.
Tipo agravado
El delito también se comete con la importación y exportación de productos que vulneren la propiedad intelectual. Al igual que las conductas que puedan favorecer este tipo de delitos.
Este delito es del tipo agravado cuando el beneficio económico obtenido sea especialmente alto.
También es agravado cuando se comete por medio de una organización criminal o se emplean menores de edad.
Los cometidos por Internet 270.2 y 3 CP
El delito contra la propiedad intelectual, también se comete cuando se hace por Internet por los prestadores de servicios de la sociedad de la información y será castigado de acuerdo a lo que establece el artículo 207.2 del Código Penal.
La modalidad atenuada del artículo 270.4 CP
La comercialización o distribución ambulante u ocasional sin la autorización del autor de obras artísticas, científicas o literarias son consideradas un delito en el artículo 270.4 CP.
La pena por delito contra la propiedad intelectual para los vendedores ambulantes será de prisión entre seis meses y dos años.
Pero de acuerdo con las características del acusado y a la poca cantidad del beneficio económico que se pudo obtener. También que no se presente ninguna de las circunstancias indicadas en artículo 271 del Código Penal.
La pena por delito contra la propiedad intelectual que puede imponer el juez para los vendedores ambulantes según el artículo 270.4 es una multa. Esta puede ser de uno a seis meses o de treinta y uno a sesenta días de trabajos en beneficio de la comunidad.
Requisitos para calificar el delito contra propiedad intelectual
Los requisitos que deben cumplirse para considerar que se comete un delito que vulnera los derechos de propiedad intelectual.
Se encuentran establecidos en el artículo 270.1 del Código Penal son los siguientes:
- Que la acción se cometa contra obras científicas, literarias o artísticas, incluyendo las obras cinematográficas, musicales, software y fotográficas.
- Cuando dichas obras se distribuyan o reproduzcan sin la autorización del titular o autor de los derechos de propiedad intelectual.
- En los casos que las acciones cometidas tengan el ánimo de conseguir un beneficio económico indirecto o directo. Cuando la acción se comete con la intención de causar daños o perjuicios a un tercero.
Penas por el delito contra la propiedad intelectual
La pena para el delito básico contra la propiedad intelectual se encuentra establecida en el artículo 270.1 del Código Penal.
La persona que con ánimo de conseguir un beneficio económico indirecto o directo y causando un perjuicio a un tercero. Con la distribución, el plagio, la reproducción o comunicación pública de una obra científica, literaria o artística, será castigada:
El castigo consiste en una pena de prisión de entre seis meses y cuatro años, además de una multa de doce a veinticuatro meses.
Esta misma pena será aplicada a quien altere, intérprete o haga una ejecución artística o la comunique a través de cualquier medio o fijada en cualquier tipo de soporte sin la autorización de los titulares de los derechos de propiedad intelectual.
Medidas cautelares que imponer el Juez
El juez también puede imponer medidas cautelares en el proceso por delito contra propiedad intelectual:
- La orden de retirar las obras sobre las que se cometieron el delito.
- Y en caso de que se haya cometido a través de Internet, se ordena la interrupción de la prestación del mismo.
- El Juez puede requerir también la intervención y el reintegro de los ingresos obtenidos por el desarrollo de la actividad ilícita.
- Igualmente puede ordenar el secuestro de los ejemplares utilizados o producidos y el material empleado para la comunicación pública o la reproducción.
El Juez podrá imponer otras medidas cautelares establecidas en el Código Penal y en la Ley de Propiedad Intelectual.
La decisión del juez con respecto a este delito, debe ser siempre de acuerdo con las circunstancias del caso y prestando especial atención a los indicios existentes.
Responsabilidad civil del delito contra la propiedad intelectual
Los delitos contra la propiedad intelectual no sólo están sujetos a la responsabilidad penal están sujetos también a la responsabilidad civil del artículo 272 del Código Penal:

1. La extensión de la responsabilidad civil derivada de los delitos tipificados en los dos artículos anteriores se regirá por las disposiciones de la Ley de Propiedad Intelectual relativas al cese de la actividad ilícita y a la indemnización de daños y perjuicios.
2. En el supuesto de sentencia condenatoria, el Juez o Tribunal podrá decretar la publicación de ésta, a costa del infractor, en un periódico oficial.
Artículo 272 del Código Penal
El procedimiento civil tiene como finalidad indemnizar al perjudicado por los daños y perjuicios ocasionados por parte del demandado.
La indemnización correspondiente debe aparecer especificada claramente en la sentencia condenatoria y deben reflejarse las medidas a tomar para asegurar que la indemnización se haga efectiva.
¿Quieres denunciar un delito contra la propiedad intelectual?
Cuando se han vulnerado los derechos de autor y se quiere hacer una denuncia por el delito contra la propiedad intelectual. Se puede recurrir a cualquiera de las vías ordinarias establecidas en la legislación actual.
Por lo tanto se puede recurrir a la denuncia o una querella del titular o autor de oficio o de los derechos.
En los casos en que se vulneren los derechos de propiedad intelectual en Internet, el titular puede solicitar que se retiren los contenidos que contravengan los derechos de autor.
Para ello, puedes contactar con nuestros abogados y solicitar la intervención de la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual, que es un órgano adscrito al Ministerio de Cultura, que está facultado para actuar en estos casos.
Hola. Muy interesante el artículo.
Me interesa fundamentalmente en los casos en que se ceden los derechos de propiedad intelectual: reproducción, etc. en exclusiva. En este supuesto, podría llevar una acción penal contra el que infringe aunque se hayan obtenido los derechos con posterioridad a los hechos? O sea, se denuncia en Marzo y se obtiene el contrato de cesión de derechos registrados con efecto a terceros en junio.
Muchas gracias y saludos
Hola Nieves,
Para analizar la posibilidad la cesión de los derecho de propiedad intelectual debemos analizar o redactar un contrato al efecto.
Si lo deseas escríbemos a info@rodenasabogados.com para concertar una visita.