Existen diferentes tipos de contratos del sector público, los cuales se utilizan para formalizar la relación con las empresas elegidas para realizar los proyectos autorizados. Estos contratos contienen las condiciones técnicas, económicas y los plazos de ejecución que tienen que cumplir los contratistas.
El texto refundido de la ley de contratos del sector público establece el procedimiento y las condiciones para la contratación. La contratación en el sector público se origina de un proceso de licitación o selección que realiza la administración el cual se rige por la ley de contratos del sector público.
Tabla de contenido
Resumen ley de contratos del sector público actualizada 2017
La Constitución española otorga la facultad al legislador estatal de desarrollar la normativa básica para contratación pública. Pero las comunidades autónomas deben desarrollar la normativa de acuerdo con la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de contratos del sector público.
El objetivo de esta ley es regular la contratación del sector público, garantizar los principios para el libre acceso a la licitación, También garantiza los principios de transparencia y publicidad del proceso de contratación, y el principio de igualdad del trato.
La ley busca además que se aplique en el gasto público el principio de eficiencia, para ello se exige que se defina previamente la necesidad a cubrir. También busca definir la selección de la oferta económica más ventajosa y la forma de competencia entre los licitadores.
La nueva Ley de Contratos del Sector Público incluye un elemento destacado que es la implementación de la tramitación de la contratación por vía electrónica. Este trámite se ha establecido como obligatorio y se debe hacer de acuerdo con las condiciones establecidas en la ley.
La ley establece la obligación de la comunicación de forma electrónica entre los licitadores y la Administración. Las proposiciones económicas deben ser presentadas a través de los medios electrónicos.
La administración debe hacer la publicidad sobre los trámites que se realizan en la contratación que se harán vía electrónica. Debe informar que dichos trámites lo hará cada órgano de contratación a través del perfil del contratante.
La comunicación de forma electrónica se puede realizar a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público. La cual ha sido creada para tal fin y tiene un proceso muy sencillo y una interfaz amigable.
¿Qué es un contrato del sector público?
Este es un documento donde se establecen las condiciones para la realización de obras, compra de productos o servicios por parte de un organismo perteneciente al sector público. Estos contratos se hacen con las organizaciones, empresarios o empresarias seleccionadas según las normas establecidas en la Ley de Contratos del Sector Público.
El contrato tiene como objetivo garantizar el funcionamiento de los servicios públicos y el desarrollo de nuevas obras. En los contratos del sector público se estipulan las obligaciones y los derechos de forma individual para cada una de las partes involucradas.
Estos contratos estarán sometidos al derecho administrativo cuando se celebren para cumplir fines de interés general. En estos casos están regulados por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de contratos del sector público.
Los contratos del sector público también deben regirse en lasprescripciones generales, técnicas y particulares. En las condiciones establecidas en los pliegos de licitación, al igual que las cláusulas administrativas.
¿Quiénes participan en el contrato del sector público?
En este tipo de contrato por lo general hay dos partes que son el órgano que hace la contratación, es decir, la Administración contratante. La otra parte es el contratista que viene a ser la empresa que ofrece sus servicios o bienes.
El órgano contratante inicia el proceso de contratación y puede ser colegiado o unipersonal. Este órgano se encarga de tramitar la licitación y adjudicar el contrato y cuenta con la asistencia de una Mesa de Contratación.
La función de esta mesa es evaluar la documentación presentada por los participantes en la licitación. También se encarga de realizar la propuesta de adjudicación del contrato y negociar con los participantes. En algunos casos puede requerir para la evaluación de las ofertas el apoyo de un organismo técnico especializado o de un comité de expertos.
La otra parte que participa es el contratista puede ser una persona jurídica o físicas, de nacionalidad española o extranjera. Esta persona debe tener la plena capacidad de obrar, debe acreditar su solvencia financiera, económica, profesional o técnica. Además no puede estar incursa en prohibiciones para contratar.
¿Cómo se originan los contratos del sector público?
Los contratos del sector público se originan por medio de un proceso de licitación o selección que organiza una administración. El proceso finaliza con la etapa de adjudicación donde se determina cuál es la empresa adjudicataria que será la encargada de realizar la prestación solicitada.
La redacción del contrato la hace el organismo que realiza la contratación, de acuerdo con las normas que establece la Ley de Contratos del Sector Público. En él se especifican las condiciones técnicas yeconómicas del proyecto.
Los contratos de proyectos licitados con un presupuesto establecido, se hacen con la propuesta económica que haya presentado la empresa adjudicataria. La adjudicación tendrá efecto cuando se firme el documento contractual por las partes involucradas.
Regulación jurídica de los contratos públicos
Los contratos del sector público pueden ser regulados por derecho privado o por el derecho administrativo. Los contratos con carácter de contrato administrativo serán: los de suministros, servicios, de obra, concesión de servicios y de concesión de obra, cuando se celebren por una Administración Pública.
Esta consideración también aplica para los contratos declarados como tales expresamente por una ley. Los contratos pertenecientes al derecho privado serán los que no tengan carácter administrativo y los que sean celebrados por entidades del sector público. Pero que no tengan poder adjudicador o que no cumplan con la condición de Administración Pública.
Tipos contratos del sector público
La clasificación de los contratos del sector público están clasificados en el Capítulo II de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de contratos del sector público. Los tipos de contrato se determinan de acuerdo al objeto de la contratación, ellos son los siguientes:
Contrato de concesión de servicios
El organismo público con este contrato adjudica a título oneroso o por un beneficio económico la gestión de un servicio que es de su competencia. Este contrato puede ser otorgado a una o varias personas bien sean físicas o jurídicas.
La contraprestación al igual que en la concesión de obra es por el derecho a explotar el servicio. En caso de que se establezca en el contrato la contraprestación estará acompañada por el derecho a percibir por la prestación una determinada cantidad.
Contrato de suministro
El contrato de suministro se formaliza para la provisión de bienes muebles o de productos, este contrato se puede hacer de varias formas. Ellas son en forma de arrendamiento financiero, en forma de adquisición o en forma de arrendamiento con o sin opción de compra.
Contrato de obras públicas
Este tipo de contrato es utilizado para la contratación de una obra, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Administración que hace la solicitud. Las obras son los trabajos de ingeniería civil o de construcción, las mejoras del medio natural o físico o las modificaciones sobre un terreno.
Los contratos de obras públicas por lo general se hacen por la totalidad de la misma. Las certificaciones y condiciones se establecen de acuerdo al volumen y al tiempo de ejecución. Lo cual se hace con mediciones parciales para que la empresa adjudicataria pueda facturar de manera periódica.
Para una empresa participar en el proceso de adjudicación cuando la obra a ejecutar tiene un importe estimado mayor a 500.000 euros. Tiene que estar inscrita en el “Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas”.
Contrato de concesión de obras públicas
El objeto de este tipo de contrato es realizar determinadas obras o efectuar la conservación o la reparación de construcciones existentes. La contraprestación en beneficio de la empresa adjudicataria se origina otorgándole el derecho, según sea el caso, a cobrar un precio y la explotación de la obra.
Contrato de servicios
Este tipo de contrato se adjudica para el desarrollo de una determinada actividad o para darle una utilidad diferente a un suministro o a una obra. El contrato de servicios le da la opción al adjudicatario del servicio para ejecutarlo por precio unitario y de forma sucesiva.
Contrato mixto
Estos contratos son los que tienen por objeto una o varias prestaciones de diferentes tipos. Las prestaciones tienen que estar relacionadas y ser complementarias. Esto con la finalidad de que sean consideradas como una unidad funcional.
Cuando este tipo de contrato mixto incluye prestaciones por dos o más servicios, obras o suministros se regirá por lo que establezca la norma de prestación principal. En los casos que contenga concesiones de servicios u obras va a depender de la variedad de prestaciones se puede o no separar.
En caso de no ser separables predominará el carácter de la prestación principal.
Cuando es posible separarlas, pero se adjudican en un mismo contrato se aplica la legislación de servicios, obras y suministros. Cuando las prestaciones sean mayores a un determinado importe.
Muchos son los que piensan que las administraciones trabajan de forma pública en todo momento, sin embargo son muchos los contratos que se crean para la realización de proyectos. Como se puede ver, siempre son para realizar una acción o un servicio. Muchas gracias por dar esta información.