Sponsorización a deportistas

El contrato de patrocinio es un acuerdo entre dos partes denominadas patrocinado por y un patrocinador quien aporta una contribución económica. El contrato de esponsorización es una publicidad indirecta conocida con el nombre de retorno.

Los contratos de patrocinio y esponsorización se diferencian en que el primero aporta una ayuda económica mientras que el segundo aporta bienes. Estos contratos se encuentran regulados por el Código Civil y por la Ley General de Publicidad 34/1988.

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¿Qué es un contrato de patrocinio?

El contrato de patrocinio se encuentra definido en el artículo 24 de la Ley 34/1998, de fecha 11 de noviembre. Está regulado por las normas que establece el contrato de difusión publicitaria que se encuentran en la Ley General de Publicidad 34/1988 en el artículo 17.

El contrato de patrocinio es un convenio donde participa una persona física o jurídica que es llamada patrocinada, está a cambio de una ayuda que puede ser en especie, en dinero o ambas, acuerda colaborar en la publicidad de un producto o servicio de persona jurídica o física llamada patrocinador.

Este tipo de contrato se hace para patrocinar una actividad deportiva, cultural, benéfica, científica o de cualquier otra índole. La retribución económica, puede ser por una cantidad determinada o por una aportación en especie.

La relación que se establece en este tipo de contrato entre el patrocinador y el patrocinado puede ser de forma duradera, para un determinado evento o de forma esporádica.

Características del contrato de patrocinio

El contrato de patrocinio se caracteriza, por ser bilateral, debido a que origina obligaciones recíprocas para las dos partes firmantes del mismo. Es oneroso porque estipula cierta cantidad de dinero y consensual, porque se mejora con el consentimiento de las partes.

Este contrato es usado como una estrategia publicitaria cuyo objetivo es que los usuarios relacionen la marca del patrocinador con alguna persona o actividad que los atraiga o que represente valores. Estos permiten aumentar el número de usuarios y las ventas.

El patrocinado, por lo general es una persona que tiene repercusión mediática, lo que debe hacer es promover la imagen, el nombre, la marca o actividad que realiza el patrocinador.

Elementos del contrato de patrocinio

Los elementos del contrato de patrocinio son los siguientes:

Patrocinador

El patrocinador puede ser una persona jurídica o física y pertenecer al sector privado o público.

Patrocinado

El patrocinado puede ser instalaciones deportivas, un deportista, eventos o actividades deportivas, actividades culturales, benéficas o científicas.

Ayuda

El patrocinador se compromete a entregar una ayuda en especie, económica o mixta al patrocinado.

La ayuda en especie consiste en la entrega de algún bien, el pago de desplazamiento o de estancias. Cuando es económica consiste en el pago de cierta cantidad de dinero estipulada en el contrato y la ayuda mixta es una combinación de la ayuda en especie y económica.

¿Cuál es el contenido del contrato de patrocinio?

El contenido del contrato de patrocinio está formado por las cláusulas que lleva cualquier contrato de prestación de servicios y específicas que determinan los derechos y obligaciones del patrocinador y del patrocinado.

Las cláusulas que se pueden incluir en el contrato de patrocinio son las siguientes:

Objeto

El contrato debe explicar de forma clara y precisa cual es el objeto del mismo, por lo que debe contener en qué consiste la colaboración publicitaria entre el patrocinador y el patrocinado.

Duración

El contrato debe contener la duración del mismo, si es por un tiempo prolongado o para un determinado evento, también debe explicar si existe la posibilidad o no de una prórroga.

Forma de pago

La forma de pago de este tipo de contrato es consensual y debe ser un acuerdo a que llegan las partes. Lo cual debe quedar plasmado en el contrato de patrocinio.

Exclusividad

La exclusividad puede ser para cualquiera de las dos partes que forman el contrato de patrocinio. Esta consiste en que la persona patrocinada pueda colaborar o no en la publicidad de otras marcas y el patrocinador contratar a otras personas para que promocionen su marca.

Cesión de los derechos de la imagen del patrocinado

La cesión de los derechos de la imagen por el patrocinado se hace con fines publicitarios a beneficio del patrocinador. Cuando este aspecto se quiere regular de una forma más completa, se puede realizar un Contrato de cesión de derechos de imagen.

Licencia para usar la marca del patrocinador

La licencia para usar la marca del patrocinador se hace para el cumplimiento del contrato, el patrocinado por lo general usa la marca o el nombre del patrocinador. Cuando este aspecto se quiere regular de una forma más completa, se puede realizar un Contrato de licencia de uso de marca.

Propiedad del contenido

La propiedad del contenido son las licencias, copyrights y las autorizaciones para el uso del contenido de terceros.

Sanciones

El contrato de patrocinio debe establecer las sanciones, debido al incumplimiento contractual. El patrocinador también puede establecer el derecho a reclamar la indemnización por daños y perjuicios causados.

Cuando el contenido del documento se ha completado con la información necesaria, el contrato tiene que ser firmado por las partes o por el representante legal, el cual debe tener un poder notarial, que lo habilita para la firma.

Lo que se recomienda para una mayor seguridad, es que cada una de las partes tenga una copia del documento y que las firmas aparezcan en la parte final del mismo, además del lado izquierdo de cada una de las páginas que lo conforma, hasta en las páginas de los anexos que son parte del contrato.

¿Qué es un contrato de esponsorización?

La esponsorización es una estrategia publicitaria relacionada con el ámbito deportivo en las que una empresa proporciona ayuda económica a un organismo deportivo o personaje a cambio de que la marca se encuentre presente en el evento.

El contrato de esponsorización fue creado por empresas multinacionales y transnacionales, con un solo objetivo de incluir su marca o nombre en eventos diferentes a su actividad económica.

El contrato de esponsorización está considerado como una forma de publicidad indirecta que es llamada publicidad de retorno. Esto quiere decir que el producto o servicio no es publicitado de forma abierta.

La publicidad del producto o servicio se hace de una forma ingeniosa en eventos deportivos, en una fiesta o festival tradicional, un desfile o una ceremonia, donde al finalizar se agradece a la empresa por haber hecho posible el evento.

Cuando finaliza el evento se invita a los asistentes a que adquiera los productos o servicios que ofrece el sponsor, lo que mejora notablemente las ventas. Pero para utilizar este tipo de publicidad se debe tener presente a qué público está dirigido el evento.

El contrato de esponsorización se encuentra definido en la Ley General de Publicidad 34/1988, con fecha 11 noviembre y regulado por el Código Civil como un contrato atípico, se basa en la libertad contractual y en el principio de la autonomía.

Características del contrato de esponsorización

El contrato de esponsorización es atípico y consensual debido a que se hace a través de un acuerdo entre las partes. Este tipo de contrato tiene una contraprestación recíproca donde el esponsorizado y el sponsor son al mismo tiempo deudor y acreedor.

Este tipo de contrato es oneroso, debido a que existe una inversión económica, que se compensa con el beneficio que se adquiere. También es bilateral, porque la prestación de una de las partes produce un efecto en la otra parte.

El contrato de esponsorización es conmutativo, porque el esponsorizado y el sponsor reconocen que tienen derechos y obligaciones.

El contrato de esponsorización puede ser de varios tipos, entre ellos está el social, deportivo, el radiotelevisivo o el cultural. El que se utilice debe tener presente en el evento el logotipo, el nombre y la marca de quien hace el financiamiento.

La presencia de la marca en un evento hace que sea identificada y reconocida por el consumidor

Elementos del contrato de esponsorización

Los elementos que participan en el contrato de esponsorización son los siguientes:

Auspiciador o sponsor

El auspiciador o sponsor es un empresario o empresa que tiene como objetivo aumentar el número de consumidores de los servicios o bienes que produce a través de un contrato de esponsorización.

Auspiciado

El auspiciado puede ser una organización, un grupo de personas o una persona que habitualmente realiza una actividad que llega un gran número de público y a través de ella se hace posible el retorno publicitario en beneficio del auspiciador.

El auspiciado lo que hace es exhibir la marca, el nombre o cualquier símbolo que identifique el producto del sponsor.

Ayuda económica

La ayuda económica será lo que reciba el auspiciado por comprometerse a realizar la publicidad de los bienes o servicios que produce el auspiciador.

Colaboración publicitaria

La colaboración publicitaria es un plan estratégico de anuncios, cuyo objetivo es motivar e incentivar al consumidor para que adquiera un producto.

Recomendación

La recomendación es que para realizar cualquiera de estos contratos lo mejor es solicitar el asesoramiento de un abogado. Este puede aclarar sus dudas, participar en la negociación, realizar los trámites y redactar el contrato de esponsorización.

El abogado velará por los derechos e intereses de las partes que participan en la negociación. También ayudará a que sea beneficioso para ambos.

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