En este artículo podrá conocer cómo valorar los daños y perjuicios estéticos a través de lo establecido conforme el Baremo de Accidentes de tráfico, así como las indemnizaciones por los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de tráfico.
Los daños o perjuicios estéticos son cualquier tipo de defecto físico que afecte de forma negativa la apariencia externa de una persona. Esto puede ocasionar modificaciones que agraven la imagen de la persona de forma permanente y además visible.
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Tabla de contenido
- 1 ¿Cuáles son los daños o perjuicios estéticos?
- 2 ¿Cómo valorar los daños y perjuicios estéticos?
- 3 Perjuicio personal particular
- 4 Perjuicio moral por pérdida de la calidad de vida de los familiares de las personas que han sufrido grandes lesiones
- 5 ¿Cómo se calcula puntuación del Baremo médico por accidentes de tráfico?
- 6 Recomendación
¿Cuáles son los daños o perjuicios estéticos?
Para que sea considerado daños o perjuicio estéticos estos deben ser causado por un accidente de tráfico y debe ser irreversible o tener una larga duración de tiempo.
Los daños o perjuicios estéticos, de acuerdo con lo establecido en la tabla 2.A.1 del Baremo Medico Clasificación y Valoración de las secuelas, en el apartado segundo capítulo especial perjuicio estético pueden ser:
- De carácter moderado, importante, importantísimo, ligero, bastante importante o medio. El nivel lo determinan los puntos asignando en cada escala.
- Los tipos de daños estéticos pueden ser de dimensión estática, que están representado por una cicatriz en cualquier parte del cuerpo. De dimensión dinámica, que puede ser que la persona a causa del accidente quedo coja.
- La realización de la valoración del daño o perjuicio estético, debe hacerse cuando la persona lesionada consiga la sanidad definitiva. Esto debe ser determinado por un médico especializado y con competencia en el tema.
- Cuando la persona haya sanado por completo es cuando se puede establecer la indemnización correspondiente. Esto se hace de acuerdo con los diferentes grados establecidos en el actual Baremo.
- La realización de la valoración no toma en cuenta ni la edad ni el sexo de la persona que ha sufrido las lesiones.
¿Cuáles son los daños o perjuicios estéticos?
Los daños o perjuicios estéticos que pueden valorarse a causa de un accidente son las siguientes:
- Las marcas dejadas por quemaduras, las cicatrices, pérdidas de piezas dentarias, malformaciones que sufra la persona luego de sufrir un accidente, pérdida de pelo, la dificultad para andar, la cojera.
- También se considera la pérdida de la visión en uno o los dos ojos, lo que ocasiona que la persona que lo padece pierda expresividad en el rostro.
- Los daños y perjuicios son todas aquellas lesiones que modifiquen el aspecto físico que tenía la persona antes de sufrir el accidente. Cuando no existe la posibilidad de corregir los daños o los perjuicios estéticos aumentan la intensidad y el grado.
¿Cómo valorar los daños y perjuicios estéticos?
La valoración por los daños o perjuicios estéticos después de sufrir un accidente de tráfico se establecen en la Ley 35/2015 de acuerdo con las normas del apartado segundo del capítulo especial de la tabla 2.A, del baremo actual de accidentes de tráfico.
La clasificación para la valoración por los daños o perjuicio estético es la siguiente:
- Ligero la valoración que tiene es de 1 a 6 puntos de secuelas.
- Moderado la valoración que tiene es de 7 a 13 puntos de secuelas.
- Medio tiene una valoración que va entre 14 y 21 puntos de secuelas.
- Importante la valoración que tiene esta entre los 22 y 30 puntos de secuelas.
- Muy importante con una valoración que se encuentra entre 31 y 40 puntos de secuelas.
- Importantísimo la valoración que tienes es de 41 a 50 puntos de secuelas.
¿Cómo se determinan los daños o perjuicios estéticos?
Los daños o perjuicios estéticos se determinan de acuerdo con una serie de factores, entre ellos están los siguientes:
- La manera de atraer la mirada de los demás.
- El nivel de visibilidad del daño: a media que el daño sea más visible mayor será el perjuicio en la imagen de la persona.
- La reacción que cause en las personas.
- La posibilidad de que cause un cambio en las relaciones interpersonales de la persona lesionada.
Clasificación de la valoración de los daños o perjuicios estéticos
Importantísimo
Los daños o perjuicios estéticos son importantísimos cuando tienen una enorme gravedad. Estos pueden ser grandes quemaduras o cambios en la morfología del cuerpo o de la cara.
Muy importante
Los daños o perjuicios estéticos son muy importantes cuando son muy graves, pero con un nivel inferior a los importantísimos. Estos puede ser que la persona se le haya tenido que amputar dos de sus extremidades o que hay quedado tetrapléjico como consecuencia del accidente.
Importante
Los daños o perjuicios estéticos son importantes, cuando la persona ha quedado parapléjica o se le ha amputado una sola de sus extremidades.
Medios
Los daños o perjuicios estéticos son medios, cuando a la persona le queda una cicatriz muy visible en alguna parte de la cara, se le han amputado varios dedos de los pies o de las manos o tiene una cojera bastante significativa, entre muchas otras lesiones.
Moderados
Los daños o perjuicios estéticos moderados, son de poca relevancia y que pueden consistir en cicatrices en el cuerpo o en la cara, pero no son muy visibles, la amputación de solo un dedo del pie o de la mano, una cojera leve, entre muchos otros tipos de lesiones.
Ligeros
Los daños o perjuicios estéticos ligeros son de menor relevancia, estos pueden ser pequeñas cicatrices que no se encuentren en la zona de la cara.
Perjuicio personal particular
La valoración del perjuicio personal particular está establecido en la Tabla 2.B del baremo. Este perjuicio es el ocasionado a la persona lesionada simplemente por padecer una secuela e incluye los siguientes subtipos de perjuicio personal particular:
Los daños morales complementarios
Los daños morales complementarios abarcan las secuelas por perjuicio estético y las secuelas funcionales. Para que esto ocurra en el perjuicio estético, este debe tener al menos 36 puntos.
Perjuicio moral por pérdida de la calidad de vida causada por las secuelas
El perjuicio moral por pérdida de la calidad de vida causada por las secuelas, busca indemnizar los daños que padece la persona lesionada a causa de las secuelas. Estas limitan o evitan la independencia de la persona para el cumplimiento de sus actividades básicas.
Este tipo de perjuicio incluye los siguientes aspectos:
Pérdida de autonomía personal, es el deterioro tanto psíquico como físico que no permite o limita a una persona a realizar las tareas primarias de la vida diaria, como es levantarse, comer, asearse o beber.
Pérdida de desarrollo personal, a causa del deterioro tanto psíquico como físico que limita o no permite el cumplimiento de actividades específicas de una persona.
Perjuicio moral por los daños ocasionados que afecta a la persona en el desempeño de su profesión o trabajo.
Perjuicio moral por pérdida de la calidad de vida de los familiares de las personas que han sufrido grandes lesiones
Este tipo de perjuicio ocurre cuando la valoración alcanza los 80 puntos. Busca indemnizar los cambios que originan los cuidados y la atención que requiere la persona que ha sufrido las lesiones.
Pérdida del feto a causa del accidente
La indemnización por la pérdida del feto a causa del accidente varía de acuerdo al momento en que se produce la pérdida:
- Cuando la pérdida del feto es provocada en las primeras 12 semanas de la gestación la indemnización establecida en el Baremo es 15.000€.
- Cuando la pérdida feto ocurre después de las 12 semanas de gestación la indemnización establecida en el Baremos es de 30.000€.
Perjuicio excepcional
El perjuicio excepcional es valorado de acuerdo con los criterios de proporción con un límite máximo del 25% para la indemnización por perjuicio personal básico.
¿Cómo se calcula puntuación del Baremo médico por accidentes de tráfico?
La puntuación del baremo médico por accidentes de tráfico, se calcula con la Tabla de Graduación. Esta es la que se utiliza para realizar el cálculo de la indemnización que corresponda por daños estéticos.
La tabla está dividida en seis grado de daños o perjuicios estético y le da cada uno una puntuación. Esta comienza en el mínimo, que es un punto, hasta que llega al máximo que son 50 puntos, esta puntuación se le asigna el perjuicio estético más grave.
Los puntos que se obtienen en la tabla de graduación deben ser valorados de manera económica de acuerdo con otra tabla establecida en el baremo. Esta toma en cuenta varios factores, entre ellos está la edad de la víctima, la intensidad, extensión y duración del daño.
La aplicación de estas tablas permite obtener la cantidad de la indemnización a que tiene derecho la persona que ha sido lesionada en un accidente de tráfico.
La indemnización en algunos casos consiste en costear los gastos quirúrgicos de cirugías estéticas que se requiera para la corrección de los daños, siempre que esto sea posible.
Recomendación
Cuando una persona ha sufrido un accidente de tráfico y este le ha ocasionado daños o perjuicios estéticos, debe solicitar asesoría especializada para iniciar una reclamación. Estos deben ser abogados especialistas en accidentes de tráfico.
Los tramites para iniciar reclamación por daños o perjuicios estéticos requieren de todos los informes médicos y la evolución de los daños, desde que estos se iniciaron. Estos debe estar avalados por médicos especialistas.