Somos abogados de extranjería especializados en la obtener la tarjeta comunitaria o de tarjeta de residencia para familiares de ciudadanos de la Unión Europea.
Realizamos todos los trámites para que la obtengas en el mínimo tiempo posible.
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Tabla de contenido
Normativa sobre familia extensa de la tarjeta comunitaria
El Real Decreto 987/2015 de 30 de octubre, reformó el Real Decreto 240/2007, del 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia de ciudadanos de Estados de la UE y EEE, que modifica el concepto de “FAMILIA EXTENSA”.
Este término introducido en la legislación española, hace referencia a “OTROS MIEMBROS DE LA FAMILIA”, consistente en cualquier otro miembro de la familia del ciudadano español o de la UE, que en el país de origen, esté a cargo o conviva con el ciudadano comunitario.
¿Qué significa estar a cargo?
Es importante tener en cuenta lo que significa “estar a cargo”, ya que se trata de un concepto jurídico indeterminado, si bien es cierto que ha sido delimitado por sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Viene a ser aquella circunstancia en virtud de la cual el ciudadano de la Unión Europea garantiza la disponibilidad de los recursos económicos suficientes para mantener al “familiar que se encuentra a cargo”
¿Quiénes son los familiares que podrían ser reagrupados?
Los familiares que podrían ser reagrupados bajo el concepto de familia extensa son los siguientes:
1.- Cónyuge o Pareja de Hecho.
Pareja de Hecho registrada en un registro de cualquier Registro de Uniones de Hecho Público.
También cabe la posibilidad de reagrupar a un miembro de la Pareja de Hecho no registrada, con el que se mantenga una relación estable y que debidamente sea probada tal circunstancia por cualquier medio en Derecho.
2.- Descendientes.
Hijos mayores de 21 años o más que vivan a cargo del ciudadano comunitario en el país de origen.
3.- Ascendientes.
Padres que vivan a cargo del ciudadano comunitario en el país de origen.
4.- Otros familiares.
Conforme al artículo 2.bis del RD. 240/2007, cualquier familiar que se encuentre a cargo o vivan con el ciudadano comunitario, o que por motivos graves de salud.
Con la tarjeta comuitaria tiene casi los mismos derechos que en un español: le da derecho a trabajar (a diferencia de la reagrupación familiar en la que a veces no te da derecho a trabajar). La tarjeta comunitaria temporal se concede por un periodo de 5 años.
Con las últimas reformas se puede admitir a familiares, incluso sobrinos, si se acredita que ha acreditado que ha estado a su cargo durante los últimos años, por ejemplo, con ENVIOS DE DINERO todos los meses.
También se puede por ejemplo: si un español TIENE UN HIJO con un extranjero, el hijo español puede solicitar la tarjeta comunitaria a nombre de su padre extranjero, si se acreditan ENVIOS de dinero de la madre española al padre extranjero.
Documentos necesarios para solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la únión Europea
1. Modelo de solicitud EX 19
Marcar en la casilla la opción tarjeta comunitaria y firmado por ambas partes.
2. Documento vínculo de parentesco
- Apostillar o Legalizar el Certificado de matrimonio extranjero y posteriormente inscribirlo en el Registro Civil del domicilio. Se suele llamar también Proceso de Inscripción en el RC de España o Transcripción de certificación de extranjería. Debe estar debidamente legalizado y/o apostillado y traducido.
- En su defecto, certificado de nacimiento de los hijos para acreditar dicho vínculo.
- Libro de familia.
- Certificado de convivencia o Certificado de empadronamiento familiar.
3. Seguro médico público o privado del extranjero
El seguro privado suele costar 50 euros al mes (sin copagos y con total cobertura), para acreditar cualquier tipo de contingencia que se pudiera ocasionar durante nuestro tiempo de residencia en España. O Tarjeta de la Seguridad Social.
4. Acreditación de medios económicos del ciudadano español o comunitario
- Si el español tiene actividad por cuenta Ajena, aportar contrato, Declaración de la renta y afiliación a la Seguridad Social.
- Si el español es trabajador por cuenta Propia: toda la documentación que consideremos válida para acreditar esa disponibilidad de medios económicos: Certificado cuenta bancaria, nóminas, ingresos de alquileres, certificados de pensiones, títulos de propiedad.
5. Acta de nacimiento del cónyuge español
6. Fotocopia del D.N.I español
Una vez esté en regla toda la documentación en regla solicitar cita previa en las Oficinas de extranjería.
En nuestro despacho de abogados somos expertos en derecho de extranjería e inmigración y tenemos una dilatada experiencia en la obtención de la tarjeta comunitaria.
Fuentes
- https://sede.policia.gob.es/portalCiudadano/_es/tramites_extranjeria_tramite_tarjetaresidencia_defamiliardeciudadano.php
- https://www.inclusion.gob.es/web/migraciones/w/tarjeta-de-residencia-de-familiar-de-ciudadano-de-la-union-europe-hi-102-
- Cómo obtener el arraigo laboral.
- Requisitos del arraigo social.
- Características de la residencia de larga duración.
- Reagrupación familiar.
- Nacionalidad española.
- Requisitos de la solicitud de asilo.