Obtener la nacionalidad española

En este artículo les explicamos cómo obtener la nacionalidad española, los documentos y requisitos para ser ciudadano español. Contacte ahora con nuestros abogados de extranjería en Madrid para solucionar todas sus consultas.

Formas de obtener la nacionalidad española

Existen diferentes de adquirir la nacionalidad española:

1. La nacionalidad española por opción

  • Todos los extranjeros que han nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela que han sido españoles de origen, pueden solicitar la nacionalidad española con un año de residencia legal:
  • Sujetos a la patria potestad de un español (existe esta variante en arraigo social, con hijo menor hijo de comunitario), padre o madre hubiera sido español y hubiera nacido en España.
  • Se solicita en el Registro Civil del interesado.
  • Se extingue a los 2 años de cumplir la mayoría de edad. No obstante, y en virtud del artículo 20.3 del Código Civil, quedan exentos a dicha caducidad las personas cuyo padre o madre hubiera sido originariamente español y nacido en España.
  • Documentación: Identificación del solicitante y de los padres (DNI, Pasaporte, etc.)
  • Certificado de empadronamiento.
  • Certificado o partida de nacimiento del solicitante extranjero con el sello de la Apostilla de la Haya o Legalización ante el Consulado español
  • Certificado o partida de nacimiento español de los padres: Registro Civil en España (padre o madre originariamente español) o Registro Civil o Central o Consular (padre o madre nacionalizados español)
  • Autorización notarial de los padres en caso de no estar presente en el momento de presentar la solicitud.

2. Nacionalidad por posesión de estado

  • Si ha residido legalmente en España durante diez años y de forma continuada, es decir con una autorización de residencia tendrá derecho a adquirir la nacionalidad española.

El tiempo exigido será menor si te encuentras dentro de estos requisitos:

  1. Todas aquellas personas que han NACIDO EN ESPAÑA pueden solicitar la nacionalidad española al cumplir un año de residencia.
  2. Los extranjeros CASADOS CON UN ESPAÑOL, siempre y cuando no estén separados de hecho o legalmente, pueden solicitar la nacionalidad española cumplido un año de residencia legal y continuada.
  3. Los REFUGIADOS POLÍTICOS o aquellos que han obtenido asilo, pueden solicitar la nacionalidad española habiendo residido legalmente y de forma continuada durante 5 años.

Si es usted natural de algún país latinoamericano, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o Sefardíes, tendrá que tener dos años de residencia legal en España para solicitar la nacionalidad española.

3. Nacionalidad española por residencia

Los extranjeros casados con un nacional español podrán solicitar la nacionalidad española por matrimonio después de un año de residencia legal en España.

La residencia ha de ser de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud, que deberá presentarse en el Registro Civil de su domicilio en España.

* Los 2 procedimientos anteriores son igualmente válidos, siempre hay que aportar el Certificado literal del matrimonio a los efectos de acreditar el estado civil.

4. Nacionalidad por matrimonio con extranjero irregular

Estas son las condiciones o requisitos:

  • Para que este matrimonio se considere válido y legal es imprescindible que, al menos, uno de los contrayentes tenga domicilio en España. Es decir, que tenga un certificado de empadronamiento en algún ayuntamiento del Estado.
  • Ambos contrayentes deberán pasar por una Audiencia Reservada por separado. Esta audiencia, o entrevista personal, la llevará a cabo un Instructor asignado por la Dirección General de los Registros y del Notariado. El objetivo es asegurarse que no existe ningún obstáculo ni impedimento legal para la celebración de la boda. También se verificará que ambos miembros están en plena capacidad de asumir un compromiso matrimonial.
  • El matrimonio será válido siempre y cuando se celebre ante un juez, alcalde o funcionario habilitado por el Código Civil o ante cualquier Notario de España elegido por los cónyuges.

Requisitos para obtener la nacionalidad española

  • Permancer más de 10 años de residencia legal en España, excepto refugiados que son 5 años y 2 años para ciudadanos iberoamericanos (lengua oficial español y portugués) y artículo 22 de CC (1 año quien haya nacido en territorio español).
  • Modelo de solicitud normalizado.
  • Tarjeta de identidad de extranjero.
  • Pasaporte completo (todas las hojas).
  • Certificación de nacimiento del cónyuge español.
  • Certificado de matrimonio legalizado traducido y apostillado.
  • Certificación de antecedentes penales de su país de origen traducido y legalizado para acreditar la buena conducta cívica (si no habrá que cancelarlos).
  • Justificante pago de la tasa.
  • Certificado de empadronamiento.
  • Diplomas del Instituto cervantes (CCSE coste 85 euros y dele, las inscripciones se hacen en línea y DELE en el Instituto Cervantes 142 euros). Tasa 101 euros. Estas dispensados de hacer estos exámenes los que posean la Educación secundaria obligatoria, los que tengan dificultad de aprendizaje y los que no sepan ni leer ni escribir.
  • Empadronamiento conjunto para acreditar al convivencia con el ciudadano español.
  • No pasar mucho tiempo fuera de España(no + de 3 meses), y si no justificarlo.

En nuestro despacho de abogados somos expertos en todo tipo de tramitaciones de extranjería. Solicitamos la nacionalidad y agilizamos los expedientes de nacionalidad.

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