El certificado de registro ciudadano de la Unión europea

En este post trataremos de manera informativa los aspectos inherentes a los certificados de registros de ciudadanos de la Unión Europea. Este documento ha de expedirse por las autoridades competentes y debe ser solicitado de manera formal y obligatoria por los interesados.

Aquellas personas que tengan pretensiones de permanecer en el territorio español se ven obligadas a realizar dicha solicitud.

Si usted pertenece a este grupo de ciudadanos y requiere asesoría o representación en dicha gestión no dude en comunicarse con el grupo de profesionales del bufete de abogados de extranjería en Madrid estamos a su plena disposición y servicio para agilizar su trámite.

Registro y certificación de ciudadanos de la UE

Este registro conducente a certificación se expide para aquellos ciudadanos de un estado perteneciente a la unión europea y que presente su necesidad o deseo de residir por un periodo mayor a tres meses en España.

Este trámite forma parte de los acuerdos correspondientes al Espacio Económico Europeo o por su acrónimo “EEE” o la Confederación Suiza. Con esta tramitación aquellos extranjeros que necesiten fijar su residencia o permanecer por este periodo deberán hacer la comparecencia y solicitud.

Número de Identidad de Extranjero- NIE

Aquellas personas extranjeras que teniendo o demostrando su interés o necesidad con fines profesionales, económicos o sociales, podrán gozar de un número de identidad de extranjero que se le asignará por el registro.

El Número de identidad de extranjero- NIE es un número de registro único, bajo toda circunstancia. Se trata de una concesión personal, única, irrepetible e intransferible con carácter secuencial.

Dicho número será en lo sucesivo la identificación de la persona extranjera durante su estadía en territorio español. Este número de registro además deberá acompañar y figurar en todos los documentos expedidos a este, e inclusive su pasaporte personal.

Solicitudes admitidas para tramitación del NIE

En virtud de aquellos intereses reflejados anteriormente tales como profesionales, económicos se atienden las solicitudes admitidas para tramitación del NIE de las siguientes características:

Las realizadas directa y personalmente por el interesado.

Aquellas realizadas en España a través de un representante.

Aquellas presentadas en España a través de sus Representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares ubicadas en el país de origen del solicitante y correspondientes a su circunscripción residencial.

Documentación a consignar en virtud de la solicitud del NIE

Para la concesión de dicho número se deberá consignar los siguientes documentos:

  • Solicitud-Impresa debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero.
  • Original y copia del pasaporte personal de origen, título de viaje, documento de identidad, o cédula de inscripción en vigor.
  • Comunicado expositivo de la finalidad que persiguen la solicitud y proceden a justificarla: económicas, profesionales o sociales.
  • Cuando se requiera un representante de la acción, se acreditará con un poder apto, en el que conste de forma expresa que se le faculta para representar dicha solicitud.

En nuestro Bufete de abogados tenemos la facultad de prestar dicha representación requerida en determinado momento. Si usted se comunica con nosotros estaremos a su entera disposición de ayudarle en su gestión de la manera más expedita posible.

Certificación de registro como ciudadano de la UE

Esta certificación como ciudadano de la UE lo acredita como ciudadano para el registro central de Extranjeros. Este periodo de validación puede variar según su intención a un periodo de 5 años o uno permanente.

Esta gestión debe realizarse de manera personal y en el periodo de tres meses desde el arribo a tierras españolas. Y la gestión debe hacerse bajo documentación y ante la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil o a través de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras de la Policía Nacional.

Cuando se despacha por la Autoridades competentes dicho trámite, tiene lugar de forma paralela la inscripción de dicha persona en el Registro Central de Extranjeros. Actualmente se expide un documento de dimensiones más apropiadas para portarlo y conservarlo mejor.

Parámetros para optar a la acreditación como ciudadano de la Unión Europea.

Esta calidad de documento ha sido creada para fomentar la cooperación y ayuda de los países de la Unión Europea y la confederación suiza y coadyuvar en tratados sobre el Espacio económico europeo.

Sin embargo, es evidente que deben existir ciertos parámetros y regulaciones para optar a esta ciudadanía de extranjero tan peculiar. En tal sentido para aplicar a ella se deberán cumplir con ciertos pasos y consignar documentos para que se evalúe la expedición de la ciudadanía.

De esta forma se tendrá que garantizar el cumplimiento de las siguientes condiciones:

  • Ejercer como trabajador en España por cuenta ajena.
  • Ejercer como trabajador en España por cuenta propia.
  • Contar con recursos económicos necesarios y suficientes, para mantenerse y asimismo a cada miembro de su núcleo familiar; esta condición prela para no generar cargas a la asistencia social de España durante su permanencia residencial.
  • Deberá ser beneficiario de un seguro médico público o privado, bien de contratación en España o en su defecto que proporcione cobertura en ella, durante su período residencial que equivalga a la suministrada por el Sistema Nacional de Salud.

Si el ciudadano de la Unión se ha desplazado a España como estudiante.

Deberá formar parte de la matrícula como estudiante de un centro público o privado reconocido o financiado por la administración educativa para cursar estudios o formarse profesionalmente.

Aplica la condición descrita anteriormente en relación al seguro médico en su totalidad.

La declaración del peculio suficiente para la manutención también es aplicada de la misma forma.

Documentación inherente al trámite para optar a la certificación para ser un ciudadano extranjero de la Unión Europea.

La documentación inherente al trámite para optar a la certificación para ser un ciudadano extranjero en la Unión Europea será la descrita a continuación:

  1. Impreso de solicitud de la forma y por duplicado, firmado por el ciudadano aspirante.
  2. Pasaporte personal o documento nacional de identidad convalidado y en vigencia. Si estuviese en estado de caducidad, se deberá tener copia del mismo junto al de la solicitud de renovación.

Trabajador por cuenta ajena

En el caso que se tratare de un trabajador por cuenta ajena los documentos a consignar corresponden a:

  • Declaración de contrato emitida por el empleador o certificado de empleo, debe contener los datos del nombre, dirección de la empresa, identificación fiscal y código cuenta de cotización.
  • Registro del contrato de trabajo en el Servicio Público de Empleo.
  • Documento de alta o afín al régimen correspondiente de Seguridad Social o venia de la comprobación de los datos en los ficheros de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Trabajador por cuenta propia

En este caso los documentos a consignar se refieren a:

  • Estar inscrito en el Censo de Actividades Económicas.
  • Estar inscrito en el Registro Mercantil.
  • Aplica lo explicado en el apartado anterior en relación a los ficheros de la tesorería.

Si no se practica actividad laboral

Si se trata de una persona que no practica actividad laboral debe someter la siguiente documentación:

  • Comprobar que posee seguro médico en España según lo explicado en otros apartados.
  • En caso de ser pensionista aportar la certificación de disposición de asistencia sanitaria con cargo al Estado por el que percibe pensión.
  • Acreditación y documentación comprobatoria de disponer de recursos suficientes para la manutención propia y de terceros a su cargo, para el periodo de residencia en España. Estos comprobatorios pueden hacerse a través de títulos de propiedad, certificados, rentas de capital o aquellos que justifiquen el capital disponible.

Desempeño como Estudiante

En el caso de una persona que se desempeñará como estudiante deberá presentar los siguientes documentos:

  • Matrícula del centro de enseñanza público o privado, donde se ha de recibir la educación
  • Acreditación de disponer de seguro de enfermedad o tarjeta sanitaria europea con validez para todo el periodo de estadía y le conceda la recepción de las prestaciones sanitarias necesarias.
  • Declaración responsable de que posee recursos económicos suficientes.
  • La presentación de acreditación de participar en un programa de intercambio educativo es documento suficiente para avalar la estadía en el país.

¿A dónde acudir para la solicitud de la ciudadanía de la UE?

La persona o ciudadano que aspire a esta ciudadanía deberá manifestar de forma personal y ante las autoridades competentes su deseo. Deberá asistir a la Oficina de Extranjería de la provincia donde pretende establecer residencia o en la Comisaría de Policía correspondiente.

Esto debe hacerlo en un plazo de presentación no mayor a tres meses contando la fecha de entrada en España inclusive. Adjunto a la solicitud deberá justificar el pago de una Tasa.

La certificación de registro como ciudadano de la Unión Europea se expedirá posterior al abono de la tasa y luego de la constatación de los requisitos requeridos. En dicho documento de registro como ciudadano extranjero de la UE, se reflejará el nombre, nacionalidad, domicilio, número de identidad de extranjero y fecha de registro.

Ulteriormente es necesario recordar que los documentos expedidos externamente de España deberán gozar del aval de un traductor jurado y debidamente autenticados mediante legalización o apostilla.

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1 comentario en “Certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea”

  1. hola buenos tardes soy soufiane garrami maroqui vevo con mi pareja portugesa en barcelona tengo pareja decho con ella casse 3 aios quiero tramitar noe portuges que paples ncisito tengo trajeta de recidensia comunitaria 5 anios espana pero quiero de portugal para trabajo en portugal

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