Cuando las conductas definidas en este Título afecten a algún espacio natural protegido, se impondrán las penas superiores en grado a las respectivamente previstas.
Artículo 338 Código Penal
- Código Penal
- LIBRO II: Delitos y sus penas
- Título XVI: De los delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo, la protección del patrimonio histórico y el medio ambiente
- Capítulo V: Disposiciones comunes
- Artículo 338
- Artículo 339
- Artículo 340
- Capítulo V: Disposiciones comunes
- Título XVI: De los delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo, la protección del patrimonio histórico y el medio ambiente
- LIBRO II: Delitos y sus penas