Si no hubiese bienes en el patrimonio deudor para hacer efectivo el derecho de participación en ganancias, el cónyuge acreedor podrá impugnar las enajenaciones que hubieren sido hechas a título gratuito sin su consentimiento y aquellas que hubieren sido realizadas en fraude de sus derechos.

Artículo 1433 Código Civil

Compartir:

¿Te ha gustado el artículo?

Puntúa este artículo

Sobre el autor

Scroll al inicio