Acreedor pignoraticio - ¿Sabes el significado?

El acreedor pignoraticio o acreedor prendario es el que solicita al deudor la entrega de un bien a modo de prenda, cuando le entrega un préstamo. Este bien que se conoce como prenda y representa una garantía, el cual será devuelto cuando se realice el pago. 

Cuando exigen una garantía para recibir un aval quien lo exige es un acreedor pignoraticio. Al cual el pignorante o deudor le entrega un derecho de prenda como garantía de la deuda.

Significado de pignoraticio

Es un adjetivo que etimológicamente proviene del latín pignus, cuyo significado es prenda. Este término se refiere al crédito o préstamo que se otorga con garantía de una prenda o un objeto mueble de valor.

Esta prenda u objeto queda depositado en poder del acreedor, prestamista o de una institución crediticia.  Para asegurar el cumplimiento de la obligación principal que es el crédito o préstamo que recibe el prestatario, pignorante o deudor.

Al hecho de recibir dinero en préstamo o crédito con garantía de prenda se le llama empeño o pignoración. La prenda es un derecho real de garantía que otorga al prestamista o institución crediticia la posesión de un bien mueble que queda en su poder.

Esto con el propósito que si el deudor incumple su obligación de pago del crédito o préstamo a su vencimiento con sus intereses. Se pueda subastar o vender el bien pignorado y cancelar la deuda.

Origen del crédito pignoraticio

Este tipo de crédito surgió en el siglo XV en el Norte de Italia, exactamente en los Montes de piedad. Los créditos pignoraticios fueron creados por los Franciscanos debido a la necesidad de personas que recurrían a pedir préstamos y terminaban pagando intereses entre el 30% y 200%.

Esto perjudicaba enormemente a los artesanos, campesinos y pequeños comerciantes. Por lo que los franciscanos decidieron crear los Montes de piedad, que consistía en otorgar préstamos de dinero en forma de crédito, sin intereses, pero con la condición de dejar en garantía una prenda.

El crédito pignoraticio o prendario es un préstamo que se otorga contra una garantía que es un objeto de valor o una prenda. Este bien queda en depósito de la institución financiera, del prestamista, acreedor o de quien otorgó el préstamo.

Esta acción es una forma de asegurar que la persona que recibe el crédito lo devolverá el en tiempo y forma establecida. Cuando el deudor cancela la deuda y los intereses, recupera la prenda, en caso de incumpla con el pago, el acreedor está facultado para subastar o vender la prenda.

El procedimiento para solicitar este tipo de crédito por lo general es muy sencillo, sólo hay que presentar el bien para su valoración. Para lo cual se hace una tasación por un experto designado por el ente.

Después la entidad notifica al cliente las condiciones del préstamo, el importe de las cuotas, el plazo de amortización y las fechas de pago.  El tipo de interés que será aplicado y cuáles son las razones por las que perderá el bien definitivamente.

En caso de que el cliente acepte las condiciones, se procede a formalizar el contrato y se le hace entrega de la cantidad otorgada del préstamo. Este procedimiento permite obtener dinero rápidamente cuando se dispone de un bien que puede dejar en prenda.

El contrato de crédito pignoraticio

Las cláusulas obligatorias que deben estar presentes en todos los contratos de crédito pignoraticio son:

El contrato debe llevar claramente los datos de identidad del deudor y del acreedor pignoraticio. Además se debe indicar cuál es el bien que se da en prenda y cuyo uso y disfrute queda en poder del prestatario.

Una de las cláusulas se debe definir las obligaciones y los derechos del deudor y del prestatario. Entre una de las obligaciones está que el acreedor pignoraticio tiene que mantener el bien dado en prenda en buenas condiciones sin hacerle ningún cambio.

El deudor no puede disponer del bien hasta que no haya cancelado la totalidad del préstamo y los interese.

En el contrato se detallan las condiciones por las cuales se realizará la enajenación de la prenda. Como es la pérdida de la titularidad del bien por parte del deudor y el paso a manos del prestatario.

El acreedor pignoraticio en el derecho romano

El derecho romano establece que el acreedor pignoraticio tiene la posesión de la cosa pignorada. En caso de que de que el objeto pignorado no se fructífero no puede ser utilizado sin autorización del deudor.

Los derechos del acreedor pignoraticio fueron reconocidos en la constitución promulgada por el Emperador Gordiano en el año 239. En esta constitución se establecía que cuando el deudor no cumpliese con la obligación, el acreedor está facultado para vender a terceros la cosa pignorada, pero primero debe informar al deudor.

 Cuando realice la venta y recupere la cantidad adeudada le entregará al deudor la cantidad sobrante. En caso de que la cantidad obtenida por la venta de la prenda no satisfaga la deuda, el crédito subsiste por la diferencia.

El acreedor en caso de no encontrar comprador podía dirigirse al príncipe y para que se le adjudicará la propiedad de la cosa de acuerdo a su valor. Para estos casos el deudor mantenía durante dos años la posibilidad de rescatar el bien pagando la deuda al acreedor.

La prenda en el derecho romano es una garantía real y es todo objeto otorgado como garantía de préstamo o crédito.  Que aun así se mantuviera en el patrimonio del deudor, formaba parte de garantía de un crédito. Esto podía ocurrir por iniciativa del acreedor, por declaración legal, por resolución del magistrado o por convención.

¿Qué es un acreedor pignoraticio?

El acreedor pignoraticio, puede ser una persona física o jurídica que por lo general es una institución bancaria. Esta persona recibe esta denominación porque exige a su deudor un bien entregado como garantía o aval de la obligación de pago.

Esta es una figura jurídica que tiene garantizado su crédito o préstamo a través de una prenda. En caso de que el deudor no cumpla con sus obligaciones cuando se venza el contrato, no podrá recuperar la posesión de su bien.

Este tipo de acreedores aceptan como prenda objetos de valor, como joyas, arte, lujo, tecnológicos o inmuebles. El acreedor pignoraticio custodia el bien otorgado como prenda para garantizar la recuperación del préstamo.

El acreedor en casos de vencimiento del plazo estipulado o de impago, dispone totalmente de la propiedad del bien y podrá venderlo o subastarlo. La actividad que realiza el acreedor pignoraticio se encuentra regulada por la ley. Esto con el propósito de evitar situaciones de abusos de carácter financiero y económico.

Derechos y obligaciones del acreedor pignoraticio

La regulación de los derechos y obligaciones del acreedor pignoraticio se encuentran regulados en el Código Civil español. El acreedor pignoraticio mientras esté en posesión de bien dado en prenda tiene derecho a:

  • Según el artículo 1866 del Código Civil a retener en su poder bien dado en prenda hasta que el deudor pague el crédito.
  • El artículo 1869 del Código Civil dispone que puede ejercer acciones reales sobre la cosa pignorada.
  • En los artículos 1867 y 1868 del Código Civil se establece que el acreedor pignoraticio tiene derecho a abonar los gastos surgidos para la conservación de la cosa.
  • El artículo 1872 del Código Civil dispone que puede enajenar la cosa pignorada en caso de que el deudor no cumpla con la obligación de pago de la deuda y los intereses.
  • El acreedor pignoraticio tiene derecho a cobrar de forma preferente en relación con otros acreedores del deudor, el importe obtenido en la enajenación de la prenda. Esto de acuerdo a lo establecido en los artículos 1926 y 1922 del Código Civil).

Pero el acreedor pignoraticio también tiene obligaciones, entre ellas están las siguientes:

La principal obligación es restituir el bien dado en prenda cuando haya pagado la deuda y los intereses generados.

El acreedor pignoraticio no puede usar ni disponer del bien dado sin la autorización del deudor. El acreedor pignoraticio puede usar la cosa sólo con la autorización del propietario, de acuerdo con los artículos 1870 y 1859 del Código Civil.

El artículo 1867 del Código Civil establece que el acreedor pignoraticio debe cuidar del bien dado en prenda y está obligado a responder en caso de deterioro o pérdida.

¿Es posible la cancelación del bien que se pignora?

Sí, es posible y no se aplican comisiones por cancelación ni amortización de prenda anticipada, lo que permite que el deudor pueda recuperar la posesión del bien.

Los créditos pignoraticios son una forma alternativa de acceder a financiación para cualquier nivel económico.

Esto también es una forma ventajosa de disponer de financiación cuando se dispone de bienes para pignorar.

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