Abogados especialistas en desahucios en Madrid
Si has llegado a este artículo es porque necesitas abogados desahucios Madrid para reclamar el dinero que te deben por el impago del alquiler Nuestros abogados expertos en Derecho inmobiliario en Madrid te explican con detalle toda la información que necesitas para recuperar tu vivienda.
Seguramente te encuentras en alguna de estas tres situaciones:
- Quieres interponer una demanda de desahucio a tu inquilino por impago de rentas u otras cantidades (suministros, gastos comunitarios, IBI, tasas de basuras): es decir, el inquilino ha dejado de abonar la mensualidad en las fecha fijadas en el contrato de arrendamiento y no le queda otra salida que reclamar tu dinero.
- Quieres recuperar tu casa, ya que hay determinados ocupas viviendo en tu propiedad sin contrato de arrendamiento. Tienes el derecho a solicitar el lanzamiento y desalojo de la vivienda o local a estas personas.
- Quieres evitar un desahucio en Madrid de un inmueble hipotecado, de la que no puede seguir encargándose de las mensualidades y por eso el banco quiere ejecutar la hipoteca. Negociamos por ti con el banco para evitar la subasta judicial.
En cualquiera de los tres casos, has llegado al lugar adecuado, porque desde el despacho de abogados inmobiliarios en Madrid te podemos ayudar.


¿Quieres interponer una demanda de desahucio de precario en Madrid?
Las demandas de desahucio por reclamación de cantidad o precario son procedimientos que puedes iniciar para resolver un contrato de arrendamiento y recuperar la vivienda que el inquilino te ha dejado de pagar. Es decir:
- Puedes pedir el abono de la paga mensual desde el primer mes del incumplimiento, así como el reintegro de la fianza.
- Y los inquilinos tienen que dar la posesión de la propiedad en unos días. Si siguen negándose a abandonarlo, serán expulsados por la fuerza del inmueble por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
En cualquiera de los dos casos, necesitarás el asesoramiento legal de un experto en desahucios en Madrid.
¿Buscas un abogado de desahucios en Madrid?
Ponte ahora en contacto con el bufete y solicita presupuesto sin compromiso.
Es la forma más rápida, efectiva y segura de recuperar tu propiedad y el dinero correspondiente al pago de las mensualidades que no te han abonado.
Puedes tramitar la demanda conjunta para ambas cosas:
- Reclamar el desahucio del inquilino y los pagos pendientes por parte del arrendatario. De esta manera, se agiliza el procedimiento legal para que no tenga que esperar meses o años en recuperar tu vivienda y su dinero.
- Pero aún existe otro procedimiento más rápido. Se trata del conocido como ENERVACION DEL DESAHUCIO. Esta acción permite recuperar su vivienda en un plazo máximo de 5 o 6 meses.
- Si pasa un mes desde el envio del burofax y el inquilino no ha realizado el pago, perderás tu derecho a “enervar “la acción y no podrás paralizar el desahucio pagando las rentas.
Se trata de un acuerdo en el que el propietario perdona la deuda contraída por el inquilino ante el impago de las mensualidades acordadas a cambio de un desalojo voluntario. Así finaliza el proceso legal.
Asimismo, nosotros contratamos y nos encargamos de realizar un seguro de cobertura de cobro de la renta.
¿Es este su caso o te encuentras en el “otro lado” del desahucio?
¿Eres la persona contra la que se va a ejecutar un desahucio? Entonces, sigue leyendo.
Descubre cómo evitar un desahucio del Banco
Si has dejado de pagar varios recibos de tu préstamo hipotecario, el banco puede decidir negociar (si consideras que puedes pagar lo que debes) o iniciar el procedimiento de ejecución hipotecaria, por lo que pondrás en marcha los trámites para subastar tu inmueble, que es para el banco la garantía de la devolución del dinero que te prestaron y que ahora no puedes devolver.
Y es que en eso consiste la financiación hipotecaria: la vivienda es como el seguro o garantía de que dispone el banco ante los impagos. La mejor solución es intentar una negociación con el Director del Banco para entregar la vivienda a cambio de la cancelación de la deuda.
¿Qué ocurre si no hay acuerdo?
Éste sería el peor de los supuestos. Si el banco considera que no va a poder devolverte el dinero podrá ejecutar su hipoteca y subastará la vivienda.
En el caso en que nadie pujase por ella, el procedimiento quedará desierto y se la adjudicará la entidad financiera por un 70% de su valor. Si este porcentaje no cubre toda la deuda que tiene pendiente (incluidos los gastos), su deuda se mantendrá de por vida y se le embargará parte de sus ingresos futuros y su bienes.
Pero no se preocupe que no está todo perdido. Desde Rodenas Abogados trabajamos para que nuestros clientes consigan negociar la solución más beneficiosa para no perder su hogar y evitar desahucios en Madrid.


¿Puedes negociar con el banco?
La respuesta es si. Cuando no puede hacer frente a los pagos de tu hipoteca, lo primero que debe hacer es acudir a su entidad bancaria, hablar con el director y exponerle tu situación y sus motivos. Esto no hará que el banco se apiade y le condone la deuda, pero si os permitirá negociar y buscar soluciones con tiempo:
- Negociar una carencia de capital de manera que sólo pagarían los intereses del préstamo durante una temporada. El capital no pagado se acumularía para cuando se restableciese una mejora en su situación económica.
- Si es imposible negociar con el banco una solución que nos permita hacer frente a los pagos, una opción es vender la vivienda a tiempo por el mejor precio posible, por lo menos, por el importe que nos permita saldar la deuda con el banco y no deberle dinero de por vida.
- Pactar una dación en pago con el banco: entregar la vivienda voluntariamente a cambio de la cancelación de la deuda. Incluso puede pactar un alquiler futuro, así el banco se evita el proceso judicial y se beneficia del mantenimiento de la vivienda.
¿Cuándo se puede aplicar la dación en pago?
La dación en pago es una cláusula del ordenamiento jurídico español que contempla la cancelación de la deuda hipotecaria pendiente a cambio de la entrega del inmueble puesto en garantía.
Pese a que la Ley Hipotecaria recoge la responsabilidad del hipotecado con todos sus bienes presentes y futuros y no solo con el bien inmueble endeudado, si es posible limitar su responsabilidad en base al artículo 140 de la misma ley:
“No obstante lo dispuesto en el artículo 105, podrá válidamente pactarse en la escritura de constitución de la hipoteca voluntaria que la obligación garantizada se haga solamente efectiva sobre los bienes hipotecados”.
No siempre es posible saldar definitivamente la deuda con el banco tras la entrega de la vivienda. La posibilidad de acogerse a la dación en pago se limita a una serie de requisitos. Los principales:
- Que el hipotecado o su unidad familiar se encuentre en una situación económica muy precaria, definida como umbral de exclusión.
- Todos los miembros de la unidad familiar deben carecer de rentas derivadas del trabajo u otros bienes que pudiesen saldar la deuda.
- Que la mensualidad hipotecaria sea superior al 60% de los ingresos de la familia.
Pide cita al Bufete de abogados especialistas en desahucios en Madrid
Como has podido ver somos un bufete de abogados en Madrid con profesionales especialistas en desahucios y representación judicial haciendo valer tus intereses. Contamos con gran número de sentencias ganadas en los tribunales.
Si necesitas un abogado experto en desahucios, puedes contactar con nosotros, a través de la web.
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